Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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44 NORMAS LEGALES Domingo 23 de agosto de 2026 El Peruano / Este Procedimiento tiene como objeto normar el uso de dispositivos denominados ELEMENTOS DE SEGURIDAD, en vías locales y a solic itud de las agrupaciones vecinales, en el marco de lo estipulado en la Ordenanza N° 690 - Regulan uso de elementos de seguridad resguardando el derecho a la vida, integridad física, libre tránsito y propiedad privada (16.09.2004) a fin de proporcionar medidas de resguardo y protección del ejercicio de de recho a la vida e integridad física, así como a la libertad de tránsito por la vía pública y a la propiedad privada.Se entiende por elementos de seguridad aquellos dispositivos que proporcionen resguardo a la ciudadanía de las agresiones contr a la persona, la propiedad y cualquier otro tipo de agresión, estos elementos son: -Rejas batientes. -Plumas levadizas. -Casetas de vigilancia. Atención Presencial: Sede Central - Av. Ricardo Elías Aparicio 740, La Molina Atención Virtual: https://portal.munimolina.gob.pe/mesa-de-partes-virtual/ Gratuito 30 días hábiles Evaluación previa- Silencio Administrativo Negativo: Si vencido el plazo de atención, no obtiene respuesta, puede interponer los recursos administrativos. Municipalidad Distrital de La Molina Lunes a Viernes de 08:00 a 17:00. Sábados de 08:00 a 13:00. Oficina de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano : Municipalidad Distrital de La Molina Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial Teléfono: (01) 754 4000 Anexo: - Correo: [email protected] y horarios de atención Denominación del Procedimiento Administrativo "AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN ÁREAS DE DOMINIO PÚBLICO (REJAS BATIENTES, PLUMAS LEVADIZAS Y CASETAS DE VIGILANCIA)" Código: PA146902A3 Descripción del procedimiento Requisitos 1.- Indicar el número Resolución de Reconocimiento de la agrupación vecinal expedida por la Municipalidad de La Molina que acredita la representación del Grupo de Vecinos Organizados por la Municipalidad de La Molina. 2.- Contar con la conformidad de por lo menos el 80% de los propietarios y residentes del área y/o zona en la que se pretende colocar un elemento de seguridad- una firma por predio, ubicados dentro del área afectada con la instalación del elemento de seguridad, par a lo cual deberá adjuntarse el padrón de vecinos que apoyan el pedido debidamente firmado por los mismos a la fecha de la solicitud. 3.- Los detalles y especificaciones técnicas del diseño, tamaño, materiales y características especiales del elemento de seguridad a instalar, de conformidad a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza y las normas complementarias. 4.- Instalar una cámara de vídeo vigilancia por cada elemento de seguridad instalada y que esté interconectada con la Central de Gestión de Seguridad de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial de La Municipalidad Distrital de La Molina. La mencionada cámara de vídeo vigilancia deberá ser compatible con los estándares técnicos regulados por el Decreto Legislativo 1218, Decreto Legislativo que regula el uso de las cámaras de vídeo vigilancia y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2020- IN. 5.- Indicar fecha y número de comprobante de pago correspondiente con el siguiente detalle: - Por derecho de autorización de instalación de elementos de seguridad. - Por inspección ocular. - Servicio de monitoreo de las cámaras en la Central de Seguridad Integral, de la operatividad de las mismas y de la adecuada fluidez del tránsito vehicular y peatonal. Asimismo, en caso de renovación, se realizará el trámite dentro de los (60) días anteriores al vencimiento del pago. Notas: Formularios Canales de atención Pago por derecho de tramitación Modalidad de pagos Plazo de atención Calificación del procedimiento Unidad de organización donde se presenta la documentación Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud Consulta sobre el procedimientoTexto Único de Procedimientos Administrativos "MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA"