Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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35 NORMAS LEGALES Jueves 8 de octubre de 2026 El Peruano / PRODUCE Modifican la R.M. N° 00340-2026-PRODUCE, incorporando representantes de gremios empresariales en los grupos de trabajo para la gestión sostenible de la pesquería del recurso calamar gigante o pota y de cerco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00352-2026- PRODUCE Lima, 6 de octubre de 2026 VISTOS: El Memorando Nº 00001606-2026-PRODUCE/ DGPA de la Dirección General de Pesca Artesanal; el Informe Nº 00000737-2026-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Memorando Nº 00000865-2026-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 00001362-2026-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación; y que, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio de la Producción (en adelante, PRODUCE) es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fi scalizados; y es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción; Que, el numeral 5.2 del artículo 5 del precitado Decreto Legislativo Nº 1047, señala como una de las funciones rectoras de PRODUCE, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector; Que, en el marco de las disposiciones previstas en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; mediante la Resolución Ministerial Nº 00340-2026-PRODUCE se dispuso la creación del “Grupo de Trabajo para la gestión sostenible de la pesquería del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas)”, con el objeto de identi fi car y proponer mecanismos y estrategias asociadas al fortalecimiento del ordenamiento y manejo pesquero del recurso calamar gigante o pota para contribuir al aprovechamiento sostenible y generación de valor de la pesquería del citado recurso; así como, del “Grupo de Trabajo para la gestión sostenible de la pesquería de cerco” con el objeto de identi fi car mecanismos y estrategias asociadas al fortalecimiento del ordenamiento y manejo pesquero de la fl ota pesquera de cerco dedicada a la extracción de los recursos, entre otros, bonito, jurel y caballa, para contribuir a su aprovechamiento sostenible; Que, los citados grupos de trabajo están conformados por representantes de unidades de organización de PRODUCE y del Instituto del Mar del Perú, vinculados a la cadena productiva de los citados recursos, así como por los representantes de los principales Gremios u Organizaciones Sociales de Pescadores dedicados a la actividad extractiva de dichos recursos;Que, mediante el Memorando Nº 00001606- 2026- PRODUCE/DGPA, la Dirección General de Pesca Artesanal hace suyo el Informe Nº 00000340-2026-PRODUCE/ DIGPA, mediante el cual da cuenta de las solicitudes de gremios empresariales para integrar los citados grupos de trabajo y solicita evaluar su incorporación como integrantes, en tanto forman parte de la cadena productiva en lo que respecta al procesamiento, comercialización y exportación; Que, a través del Informe Nº 00000737-2026-PRODUCE/ DGPARPA, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura hace suyo el Informe Nº 00001109-2026-PRODUCE/DPO, de la Dirección de Políticas y Ordenamiento, con el cual se emite opinión técnica favorable sobre la modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 00340-2026-PRODUCE, a fi n de incorporar como integrantes de los citados grupos de trabajo a los gremios empresariales vinculados al procesamiento industrial del recurso calamar gigante o pota y a la pesquería de cerco, respectivamente; Que, los gremios empresariales cuyas comunicaciones se detallan en el Informe Nº 00000340-2026-PRODUCE/DIGPA han manifestado su voluntad de integrar los citados grupos de trabajo; y que, respecto de los gremios empresariales que se incorporen, su consentimiento es recabado por la Dirección General de Pesca Artesanal a través del procedimiento de identi fi cación y acreditación, conforme a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial; Que, a través del Memorando Nº 00000865- 2026-PRODUCE/OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº 00000264-2026-PRODUCE/OPM, de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, que valida el sustento técnico para la modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 00340-2026-PRODUCE; Que, mediante Informe Nº 00001362-2026-PRODUCE/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la emisión de la Resolución Ministerial que modi fi ca la Resolución Ministerial Nº 00340-2026-PRODUCE; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Pesca Artesanal, de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación de los artículos 3 y 12 de la Resolución Ministerial Nº 00340-2026-PRODUCE Incorporar el literal j) al numeral 3.1 del artículo 3 y al numeral 12.1 del artículo 12 de la Resolución Ministerial Nº 00340-2026-PRODUCE, en los siguientes términos: “Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo para la gestión sostenible de la pesquería del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) 3.1 El Grupo de Trabajo para la gestión sostenible de la pesquería del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), está integrado por: (…) j) Representantes de los gremios empresariales vinculados a las actividades de procesamiento industrial del recurso pota.”