Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (08/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Jueves 8 de octubre de 2026 El Peruano / e) Construcción de reservorio de agua potable en un espacio con evidencia cultural del sitio arqueológico. Que, mediante Memorando N° 000940-2026/DDC JUN/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico Japata, recaída en el Informe de Inspección N° 011-2026-SDPCICI JUN/WJOB/MC de fecha 05 de agosto de 2026, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 001055-2026/DSFL- DGPA-VMPCIC/MC de fecha 07 de agosto de 2026, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico Japata la cual se sustenta en el Informe de Inspección N° 011-2026-SDPCICI JUN/WJOB/MC que formula la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín; Que, mediante Informe N° 000288-2026-DGPA- VMPCIC-ARD/MC de fecha 28 de setiembre de 2026, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico Japata; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000318-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Japata, ubicado en el distrito de San José de Quero, provincia de Concepción, departamento de Junín, por el plazo de dos años, salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el periodo que corresponda previo sustento. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 011-2026-SDPCICI JUN/WJOB/MC del 05 de agosto de 2026, así como en los Informes N° 001055-2026/ DSFL-DGPA-VMPCIC/MC y 000143-2026-DSFL- DGPA-VMPCIC-NGC/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el plano perimétrico con código N° PP-06-MC-2026 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Junín, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectaciónxCese con la expansión de terrenos agrícolas con uso de maquinaria (tractor) próximo a las áreas con evidencia cultural prehispánica. Cese de las excavaciones clandestinas.MEDIDA REFERENCIA Señalización xSe sugiere realizar la monumentacion con hitos en los vértices del polígono de delimitación y colocar panel de señalización. Otros xComunicar a la Municipalidad provincial de Concepción para tomar acciones preventivas contra los hechos sucedidos, según Ley N° 27972 en materia de protección del Patrimonio cultural de la Nación dentro de su jurisdicción.Comunicar a la Municipalidad Distrital de San José de Quero para tomar acciones preventivas contra los hechos sucedidos, según Ley N° 27972 en materia de protección del Patrimonio Cultural de la Nación dentro de su jurisdicción.Comunicar al Juez de paz del Distrito de San José de Quero para conocimiento de las afectaciones sucedidos y cese de las afectaciones.Comunicar al Subprefecto del Distrito de San José de Quero para conocimiento de las afectaciones sucedidos y el cese de las afectaciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín, la ejecución de las medidas preventivas dispuestas en el artículo segundo de la presente Resolución Directoral, las cuales deberán materializarse empleando los recursos humanos, logísticos y operativos de los que dispongan, así como la realización de las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para su cumplimiento. Artículo Cuarto.- COMUNICAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal la emisión de la determinación de la protección provisional para el inicio de las acciones de identi fi cación, declaración y delimitación de fi nitiva de los bienes inmuebles prehispánicos comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura. (https://www.gob.pe/cultura ). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de San José de Quero, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a la a los administrados señalados en el artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 011-2026-SDPCICI JUN/WJOB/MC del 05 de agosto de 2026, el Informe N° 001055-2026/DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000143-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC, Informe N° 000288-2026-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el plano perimétrico con código N° PP-06-MC-2026 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDWIN RAUL GREENWICH CENTENO Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2562336-1