Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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87 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2026 El Peruano / Leyes Nros. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el literal o), del artículo 09º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional Nro. 004-2025-GRL-CR de fecha 10 de abril de 2025. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE RENÉ CHÁVEZ SILVANO Gobernador RegionalGobierno Regional de Loreto * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2564829-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Acreditan en el cargo a Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de Ancón RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 339-2026-GM/MDA Ancón, 12 de octubre de 2026EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: El Informe N° 1523-2026-ORH-OGAFYTI/MDA de fecha 12 de octubre de 2026 de la O fi cina de Recursos Humanos, el Proveído N° 3641-2026 de fecha 12 de octubre de 2026 de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 6° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa, asimismo el inciso 6) del artículo 20° del marco legal precitado, contempla que es atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; siendo que, el artículo 43° de la misma Ley señala que las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven asuntos de carácter administrativo; Que, el artículo 1° de la Ley N° 27204, Ley que precisa que los cargos de ejecutor y de auxiliar coactivo no son cargos de con fi anza, establece que los ejecutores y auxiliares coactivos son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan y su designación, en los términos señalados en el artículo 7° de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, conforme a lo señalado por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala en su numeral 17.1 del artículo 17°, señala textualmente lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”; Que, mediante Informe N° 1523-2026-ORH- OGAFYTI/MDA de fecha 12 de octubre de 2026, la O fi cina de Recursos Humanos informa sobre la Adenda N° 006 al Contrato Administrativo de Servicios N° 005-2025-ORH-OGAFYTI/MDA, mediante la cual se acordó prorrogar la contratación de la Sra. Sheylla Miluska Alberca Valenzuela. Dicha adenda establece la prórroga por un periodo de tres (3) meses, con e fi cacia desde el 01 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. Que, en ese sentido, el Jefe (e) de la O fi cina de Recursos Humanos solicita la acreditación correspondiente mediante acto administrativo con efi cacia anticipada, respecto a las funciones como Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de Ancón. Por tanto, estando a los considerandos precedentes y en uso de la facultad conferida por el inciso 6) del artículo 20° y 43° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACREDITAR con e fi cacia anticipada al 01 de octubre de 2026 a la Srta. SHEYLLA MILUSKA ALBERCA VALENZUELA, identi fi cada con DNI N° 47034432, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de Ancón. Esta acreditación rige por el periodo del 01 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, de conformidad con lo establecido en la Adenda N° 006 al Contrato Administrativo de Servicios N° 005-2025-ORH-OGAFYTI/MDA. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina de Recursos Humanos y demás áreas competentes el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la unidad competente en materia de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ancón. Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.JOHANN MARTÍN GRADOS BAZALAR Gerente Municipal 2564216-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza que prorroga para el ejercicio fiscal 2027 la vigencia de la Ordenanza N° 0773-2025-MDEA que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de El Agustino ORDENANZA N° 0783-2026- MDEA El Agustino, 24 de setiembre de 2026