Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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70 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2026 El Peruano / INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a la República Oriental del Uruguay, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 213-2026- UNTELS-R Villa El Salvador, 20 de octubre de 2026 VISTO: El Expediente Nº 3061; el Proveído Nº 01480-2026- UNTELS-R, de fecha 14 de octubre de 2026; el O fi cio Nº 1899-2026-UNTELS-R-DGA, de fecha 14 de octubre de 2026; el Informe Nº 002-2026-UNTELS-R- D-FCAF, de fecha 7 de octubre de 2026; el O fi cio Nº 1489-2026-UNTELS-R-OPP, de fecha 18 de setiembre de 2026; el Informe Nº 0491-2026-UNTELS-R-DGA-URRHH, de fecha 9 de setiembre de 2026; el Informe Nº 024-2026-UNTELS-R-D-FCAF-DAA, de fecha 8 de setiembre de 2026; la Resolución de Comisión de Gobierno Nº 027-2026-UNTELS-CG-FCAF, de fecha 23 de setiembre de 2026; y demás documentos que obran en el expediente; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 18 de la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía universitaria en los ámbitos normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, autonomía que se ejerce conforme a la Constitución, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y demás normativa aplicable; Que, el artículo 62 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que el Rector es la autoridad que dirige la actividad académica y la gestión administrativa, económica y fi nanciera de la universidad; asimismo, el segundo párrafo del artículo 63 de la citada Ley dispone que los Vicerrectores apoyan al Rector en la gestión de las áreas de su competencia, siendo el Rector su jefe inmediato; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece las condiciones aplicables a dichas autorizaciones, su publicación en el Diario O fi cial El Peruano con anterioridad al viaje y la obligación de presentar un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos; Que, mediante Resolución de Consejo Universitario Nº 051-2023-UNTELS-CU se aprobó la Directiva para la Autorización y Rendición de Viáticos por Comisión de Servicios del Personal de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, que regula, entre otros aspectos, la tramitación de los viajes al exterior y las obligaciones de los comisionados; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 019-2018-UNTELS se aprobó el Reglamento de Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento del Personal Docente de la UNTELS, cuyo artículo 13 regula el apoyo económico a docentes que participan como facilitadores o ponentes en eventos académicos y cientí fi cos en representación de la Universidad; asimismo, su artículo 25 precisa que el otorgamiento de licencia por capacitación no implica el reconocimiento automático de los costos de pasajes, viáticos o derechos de estudios;Que, la Dra. Elizabeth Emperatriz García Salirrosas, docente de la Facultad de Ciencias Administrativas y Financieras, ha solicitado autorización para participar como ponente en el 61.º Congreso Internacional CLADEA 2026, a realizarse del 26 al 28 de octubre de 2026, en la Universidad Católica del Uruguay, ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, con la investigación titulada “Capacidades empresariales y transformación digital en emprendimientos femeninos: efectos de la capacitación sobre la digitalización y el uso del marketing”; Que, mediante Informe Nº 024-2026-UNTELS-R- D-FCAF-DAA, de fecha 8 de setiembre de 2026, el Departamento Académico sustenta la pertinencia de la participación de la docente y considera las medidas de recuperación de las actividades académicas que pudieran verse afectadas, a fi n de garantizar la continuidad del servicio educativo; Que, mediante Informe Nº 0491-2026-UNTELS- R-DGA-URRHH, de fecha 9 de setiembre de 2026, la Unidad de Recursos Humanos concluye que la solicitud de licencia con goce de haber por capacitación ofi cializada resulta técnicamente viable en lo relativo a la gestión del desplazamiento docente, precisando que su pronunciamiento no comprende la disponibilidad presupuestal ni el fi nanciamiento de gastos; Que, mediante Resolución de Comisión de Gobierno Nº 027-2026-UNTELS-CG-FCAF, de fecha 23 de setiembre de 2026, se aprobó la solicitud de licencia con goce de haber y reserva de plaza de la docente para el período del 26 al 28 de octubre de 2026, disponiéndose su remisión al Consejo Universitario para rati fi cación; Que, mediante O fi cio Nº 1489-2026-UNTELS-R-OPP, de fecha 18 de setiembre de 2026, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto comunica disponibilidad presupuestal hasta por S/ 2,700.00 para atender el costo de inscripción de la docente al citado evento, con cargo a la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, Rubro 09, Meta Presupuestaria 18 y centro de costo del Departamento Académico de Administración, precisando que dicha disponibilidad no sustituye las autorizaciones y verifi caciones administrativas que correspondan; Que, la participación de la docente permitirá difundir resultados de investigación, intercambiar experiencias académicas y promover vínculos de cooperación cientí fi ca, contribuyendo al fortalecimiento de la investigación e internacionalización de la Universidad, conforme al sustento desarrollado por la Facultad de Ciencias Administrativas y Financieras en el Informe Nº 002-2026-UNTELS-R-D-FCAF; Que, mediante O fi cio Nº 1899-2026-UNTELS-R-DGA, de fecha 14 de octubre de 2026, la Dirección General de Administración solicita la emisión del acto resolutivo que autorice la comisión de servicios al extranjero del 26 al 28 de octubre de 2026 y la atención del gasto de inscripción por S/ 2,700.00; Que, el fi nanciamiento de la inscripción debe sujetarse a las condiciones y límites del Reglamento de Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento del Personal Docente, sin que el importe de disponibilidad presupuestal constituya, por sí mismo, autorización para excederlos; asimismo, la presente autorización no comprende la asignación de pasajes ni viáticos con cargo al presupuesto institucional; Que, mediante Proveído Nº 01480-2026-UNTELS-R, de fecha 14 de octubre de 2026, el Rectorado dispone la atención y emisión del acto resolutivo correspondiente; De conformidad con la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Estatuto de la UNTELS; la Resolución de Consejo Universitario Nº 051-2023-UNTELS-CU; y la Resolución de Comisión Organizadora Nº 019-2018-UNTELS; RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la Dra. Elizabeth Emperatriz