Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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71 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2026 El Peruano / García Salirrosas, docente de la Facultad de Ciencias Administrativas y Financieras de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 26 al 28 de octubre de 2026, para participar, en representación institucional, como ponente en el 61.º Congreso Internacional CLADEA 2026, a desarrollarse en la Universidad Católica del Uruguay. Artículo Segundo.- AUTORIZAR el apoyo económico para la inscripción de la docente en el evento señalado en el artículo precedente, con cargo a la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, Rubro 09, Meta Presupuestaria 18 y centro de costo del Departamento Académico de Administración. El importe a ejecutar se sujetará al porcentaje previsto en el artículo 13 del Reglamento de Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento del Personal Docente de la UNTELS, sin exceder el techo de disponibilidad presupuestal de S/ 2,700.00 (dos mil setecientos y 00/100 soles) comunicado mediante O fi cio Nº 1489-2026-UNTELS-R-OPP. La Dirección General de Administración veri fi cará, antes de la ejecución del gasto, el costo acreditado de la inscripción, el importe del apoyo que corresponda conforme al citado Reglamento, la certi fi cación de crédito presupuestario y los demás requisitos administrativos aplicables. El techo presupuestal señalado no constituye autorización para fi nanciar un porcentaje superior al permitido. Artículo Tercero.- PRECISAR que la presente resolución no autoriza el otorgamiento de pasajes, viáticos, alojamiento ni otros gastos de permanencia con cargo al presupuesto de la UNTELS, los cuales serán asumidos por la docente conforme a su comunicación incorporada en el expediente. Cualquier solicitud de fi nanciamiento adicional deberá ser evaluada y, de corresponder, autorizada expresamente mediante el procedimiento aplicable, previa disponibilidad y certi fi cación presupuestal, sin que la presente resolución genere su reconocimiento automático. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General verifi car y gestionar, ante el Consejo Universitario, la ratifi cación de la licencia con goce de haber y reserva de plaza aprobada mediante Resolución de Comisión de Gobierno Nº 027-2026-UNTELS-CG-FCAF, de no haberse efectuado. La presente autorización de viaje no sustituye el acto de rati fi cación previsto en la citada resolución. Artículo Quinto.- DISPONER que la docente, en coordinación con el Departamento Académico de Administración de Empresas y la Facultad de Ciencias Administrativas y Financieras, cumpla el plan de recuperación de las actividades académicas afectadas por su participación, incluida la recuperación prevista para el 6 de noviembre de 2026, garantizando el cumplimiento de las horas y contenidos programados y dejando constancia de su ejecución. Artículo Sexto.- DISPONER que, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la docente presente ante el Rectorado, con copia al Decanato y al Departamento Académico correspondiente, un informe detallado de las actividades realizadas, la ponencia presentada, los resultados obtenidos y los bene fi cios para la Universidad, adjuntando la constancia o certi fi cado de participación y la documentación pertinente. Asimismo, deberá presentar ante la Dirección General de Administración la documentación que acredite la aplicación del apoyo económico autorizado para inscripción, conforme a la modalidad de ejecución del gasto. Al no otorgarse viáticos mediante esta resolución, no corresponde exigir una rendición por viáticos no asignados. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Facultad de Ciencias Administrativas y Financieras, en coordinación con el Departamento Académico de Administración de Empresas, organizar la socialización de los conocimientos y resultados obtenidos, con participación de la docente, conforme al Reglamento de Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento del Personal Docente y a los compromisos incorporados en el expediente.Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, a través de las unidades competentes, la ejecución y el control del gasto autorizado, así como la veri fi cación del cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Noveno.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano con anterioridad al inicio del viaje autorizado y en el portal institucional de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur. Artículo Décimo.- NOTIFICAR la presente resolución a la docente interesada, a la Facultad de Ciencias Administrativas y Financieras, al Departamento Académico de Administración de Empresas, a la Dirección General de Administración, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a la Unidad de Recursos Humanos y a las demás dependencias competentes, para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. GLADYS MARCIONILA CRUZ YUPANQUI Rectora JOSÉ LUIS VARGAS TUYA Secretario General 2567465-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Moquegua a Chile, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 695-2026-CU Moquegua, 14 de octubre de 2026 VISTOS:El Informe Nº D0027-2026-MSPEPEHO/DCIII/VRI/ UNAM, del Dr. Nils Leander Huaman Castilla; el Informe Nº D0765-2026-UNAM-VRI-DCII, del Director de Centros e Institutos de Investigación Interfacultativos; el Informe Nº D2428-2026-UNAM-R-OPP-UP, de la Jefa de la Unidad de Presupuesto; el Informe Nº D2350-2026- UNAM-R-OPP, del Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº D1447-2026-UNAM- R-OAJ, del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Ofi cio Nº D0237-2026-UNAM-VRI, del señor Vicerrector de Investigación; el Proveído Nº D5321-2026-UNAM-R, emitido por el señor Rector; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al 4° párrafo del artículo 18 de la Constitución Política del Perú, el artículo 8 de la Ley Nº 30220-Ley Universitaria. Concordante con el artículo 1, de la Ley Nº 31520, así como la Ley Nº 32141, se reconoce la autonomía universitaria, así como el fortalecimiento institucional de las universidades públicas licenciadas; Que, con Resolución de Comisión Organizadora Nº 059-2021-UNAM, de fecha 18 de enero de 2021, se aprobó el Proyecto de Investigación Especial denominado: “MEJORA DE LA SELECTIVIDAD DE POLIFENOLES ESPECÍFICOS PRESENTES EN EXTRACTOS DE HOJAS DE OLIVO CON POTENCIAL DE INHIBICIÓN DE ENZIMAS RELACIONADAS CON LA DIABETES TIPO 2 Y REDUCCIÓN DE LA RESPUESTA GLUCÉMICA POSTPRANDIAL: ROL DE LA POLARIDAD DEL SOLVENTE Y MÉTODO COMBINADO DE EXTRACCIÓN PURIFICACIÓN”, (en adelante el proyecto) presentado por el Docente Dr. Nils Leander Huaman Castilla; Que, el Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria Nº 40-2026-SE-CU-UNAM, de fecha 14 de octubre de 2026, ACORDÓ: POR UNANIMIDAD, AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios al exterior del país del