Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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80 NORMAS LEGALES Viernes 23 de octubre de 2026 El Peruano / PJFSLIMA, de fecha 28 de septiembre de 2026, e informe Nº 0190-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 21 de octubre de 2026, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, remite la carta de renuncia presentada en fecha 8 de septiembre de 2026, suscrita por el abogado Luis Edgar Farfán Coronado, fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designado en la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales y solicita retornar a su plaza de origen como fi scal adjunto provincial titular penal de Lima, asimismo se advierte que la misma ha sido comunicada a su jefe inmediato. Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1554-2025-MP-FN, de fecha 23 de mayo de 2025, se resolvió nombrar al abogado Luis Edgar Farfán Coronado, como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolo en la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, con retención de su cargo de carrera. La Ley Nº 30944, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 8 de mayo de 2019, dispuso la creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, cuyo Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 0112-2024-ANC- MP-J, de fecha 31 de mayo de 2024, establece en su artículo 10 inciso v) como funciones de la Jefatura Nacional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, lo siguiente: “Requerir a la Fiscalía de la Nación la conclusión de la designación de los fi scales de la Ofi cina Central, así como de los jefes y fi scales de las Autoridades Desconcentradas de Control que renuncien o pongan a disposición su cargo (…)”. El numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, estando a las normas señaladas, a la carta de renuncia del abogado Luis Edgar Farfán Coronado y según el informe n.º 0190-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 21 de octubre de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte su renuncia al cargo de fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y a su designación en la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, en consecuencia designarlo conforme a su cargo de carrera — fi scal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro— en el 1º Despacho Provincial Penal de la Séptima Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima- Breña-Rímac-Jesús María, teniendo en consideración lo expresado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, mediante ofi cio Nº 012571-2026-MP-FN-PJFSLIMA, de fecha 28 de septiembre de 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Luis Edgar Farfán Coronado, como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y a su designación en la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1554-2025-MP-FN, de fecha 23 de mayo de 2025. Artículo Segundo .- Designar al abogado Luis Edgar Farfán Coronado, fi scal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 1º Despacho Provincial Penal de la Séptima Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento al abogado Luis Edgar Farfán Coronado, que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Lima Noroeste, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Integridad Institucional, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación 2567523-6 Dan por concluido el nombramiento de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Pasco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3319-2026-MP-FN Lima, 22 de octubre de 2026VISTOS:El o fi cio N° 001854-2026-MP-FN-PJFSPASCO, de fecha 15 de septiembre de 2026, el o fi cio N° 25-2026-ANC-MP-ADC-UPDPASCO, de fecha 03 de septiembre de 2026, el informe N° 001014-2026-MP- FN-ADMDFPASC, de fecha 25 de septiembre de 2026, el o fi cio N° 06-2026-ANC-MP/ADC-UIP-PASCO, de fecha 03 de septiembre de 2026, el reporte de quejas y denuncias N° 03137-2026-202000500, de fecha 16 de octubre de 2026, y el informe N° 000020-2026-MP-FN- OREF-ARAA, de fecha 21 de octubre de 2026, y; CONSIDERANDO:Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3839-2014-MP-FN, de fecha 17 de septiembre de 2014, se nombró al abogado Francisco Nicanor Castillo Galvez, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Pasco, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Daniel Alcides Carrión; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020 (caso Casa Nina vs. Perú), ha señalado que “la provisionalidad no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Dicha temporalidad es consustancial al nombramiento provisional y habilita al titular del Ministerio Público para gestionar la asignación y permanencia del personal fi scal, en aras de la correcta marcha de la institución. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una