NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (05/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 188
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 57
57 NORMAS LEGALES Sábado 5 de setiembre de 2026 El Peruano / conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación. Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial, solicite en la vía judicial la consignación del valor de la Tasación a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, la cual se mantiene hasta que se establezca de modo de fi nitivo la propiedad del área expropiada de los inmuebles para la ejecución de la obra en la vía judicial, arbitral o en otro mecanismo de solución de controversias, y se encuentra sometida a las reglas establecidas en el numeral 29.4 del artículo 29 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área expropiada de los bienes inmuebles a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contengan las partidas registrales. 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada de los bienes inmuebles a favor del Bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales respecto al área expropiada de los bienes inmuebles. Artículo 4.- Inscripción Registral del área expropiada de los bienes inmuebles a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada de los bienes inmuebles, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada de los bienes inmuebles dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área expropiada de los inmuebles desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL AREA AFECTADA DE LOS INMUEBLES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA: “AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO - CHICLAYO - PIURA - SULLANA)”. N° SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOS IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RUPERTO JULIO CORDERO FERNANDEZ MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO CÓDIGO: PAS-TC01-SAN-002ÁREA AFECTADA : 67.14 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 15 039,36 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:NORTE: Colinda con propiedad de terceros, en línea recta del tramo: A-B. Longitud: 7.75 m.ESTE: Colinda con la carretera Panamericana Norte, en línea recta del tramo: B-C. Longitud: 21.04 m.OESTE: Colinda con el área remanente del predio matriz (Partida N° 11295516), en línea curva del tramo: C-A. Longitud: 23.76 m.ÁREA AFECTADA COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 - ZONA17 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 7.75 705241.8358 9130248.7298 B B-C 21.04 705248.9429 9130251.8269 C C-D 23.76 705260.8521 9130234.4861 PARTIDA REGISTRAL N° : 11295516 de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo.PARTIDA REGISTRAL N° 04002132 de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL de fecha 24 de febrero de 2026 de acuerdo al Informe Técnico N° 002095-2026-Z.R. N° V/UREG/CAT.INFORME DE VERIFICADOR CATASTRAL N° 05121-2026-DDP/CGV1 de fecha 25 de junio de 2026, suscrito por el verificador catastral, Geog. Juan Paucarima Cerón. 2551277-1