MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE NAVA
DATOS DE LA EMPRESA
RUC
20407784465
Tipo Contribuyente
GOBIERNO REGIONAL, LOCAL
Estado Contribuyente
ACTIVO
Condición Contribuyente
HABIDO
Fecha Inscripción
28 de setiembre de 2008
Fecha Inicio Actividades
28 de setiembre de 2008
Sistema Emisión Comprobantes
MANUAL
Sistema Contabilidad
MANUAL
Actividad Comercio Exterior
SIN ACTIVIDAD
Comprobantes de Pago Autorizados
Domicilio Fiscal
CAL.SANTA ROSA NRO. SN C.P.MENOR DE NAVA (PLAZA DE ARMAS)
PACHANGARA - OYON - LIMA
REACTIVA PERÚ
¿Tiene deuda en cobranza coactiva mayor a una (1) UIT?
NO
Base legal: Decreto Legislativo N° 1455
Fecha de información: 3 de enero de 2026
PROGRAMA DE GARANTÍAS COVID-19
¿Tiene deuda en cobranza coactiva mayor a una (1) UIT?
NO
Base legal: Ley N° 31050
Fecha de información: 3 de enero de 2026
Actividades Económicas
ALGUNOS DE LOS PRINCIPALES EJECUTIVOS, REPRESENTANTES O DIRECTORES
| Nombre | Cargo | Desde |
|---|---|---|
| OBREGON ORTEGA EUSEBIO 2 empresas | ALCALDE | 8 DE MAYO DE 2019 |
DEUDAS COACTIVAS
| Entidad | Periodo | Monto | Fecha Cobranza | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Tesoro Público | 2015 - 07 | S/ 4,136.00 | 1/7/2021 | PENDIENTE |
HISTORIAL BAJAS
| Condición | Fecha de Baja |
|---|---|
| MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO MENOR DE SANTO DOMINGO DE NAVA | 29 DE NOVIEMBRE DE 2021 |
HISTORIAL CONDICION CONTRIBUYENTE
| Condición | Fecha Desde | Fecha Hasta |
|---|---|---|
| PENDIENTE | 10 DE DICIEMBRE DE 2008 | |
| HABIDO | 11 DE DICIEMBRE DE 2008 | 24 DE SETIEMBRE DE 2009 |
| NO HALLADO | 25 DE SETIEMBRE DE 2009 | 1 DE NOVIEMBRE DE 2009 |
| NO HABIDO | 2 DE NOVIEMBRE DE 2009 | 29 DE ABRIL DE 2015 |
HISTORIAL DOMICILIOS
| Dirección | Fecha de Baja |
|---|---|
| ----PLAZA DE ARMAS NRO. S/N CP MENOR ST DOMGO DE NAVA LIMA-OYON-OYON | 23 DE MARZO DE 2015 |
NORMAS LEGALES
15 resultadosla Municipalidad del Centro Poblado de Nava, provincia de Oyón, departamento de Lima, desde el 1 de enero de 2023 hasta la fecha. b) Para el cumplimiento de sus funciones, la Municipalidad del Centro
del Centro Poblado de Nava, correspondiente a enero, febrero, marzo y abril de 2023. g) Respecto a las fechas de rendición de cuentas, la Municipalidad del Centro Poblado de Nava no cumplió con informar
la Municipalidad del Centro Poblado de Nava correspondiente a diciembre de 2022, y enero, febrero, marzo y abril de 2023. 2.12.
del Centro Poblado de Nava. 2.13.
del Centro Poblado de Nava, correspondientes a enero, febrero, marzo y abril de 2023. g) Respecto a las fechas de rendición de cuentas, la Municipalidad del Centro Poblado de Nava no cumplió con informar
del Centro Poblado de Nava. f.
del Centro Poblado de Nava, correspondientes a enero, febrero, marzo y abril de 2023. g) Respecto a las fechas de rendición de cuentas, la Municipalidad del Centro Poblado de Nava no cumplió con informar
la Municipalidad del Centro Poblado de Nava; no obstante, cabe señalar que el supuesto de “no transferencia de dietas” no constituye causa de suspensión. i) Sin perjuicio de ello, la Municipalidad
En el asunto concreto, sobre la transferencia de recursos correspondiente a enero de 2023, se constata que el alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de Nava presentó el informe mensual –correspondiente
En consecuencia, se evidencia que, a pesar de que el alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de Nava cumplió con informar mensualmente la rendición de cuentas de los recursos a los que se re fi
Para ello, argumentó esencialmente lo siguiente: a) El suscrito ejerce el cargo de alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de Nava, provincia de Oyón, departamento de Lima, desde el 1 de enero
de 2023. b) Para el cumplimiento de sus funciones, la Municipalidad del Centro Poblado de Nava debe acceder a recursos que deben ser transferidos por la Municipalidad Provincial de Oyón, conforme lo prevé
del Centro Poblado de Nava, en concordancia con lo previsto en el citado artículo de la LOM. 2.6.
la Municipalidad del Centro Poblado de Nava.
del Centro Poblado de Nava, invocando los artículos 25, 131 y 133 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).
Para ello, argumentó esencialmente lo siguiente: a) Para el cumplimiento de sus funciones, la Municipalidad del Centro Poblado de Nava debe acceder a recursos que deben ser transferidos por la Municipalidad
la Municipalidad del Centro Poblado de Nava”, en la cual también se dispone la asignación de recursos provenientes del Foncomun, para el citado centro poblado (ver SN 1.6.). 2.10.
del Centro Poblado de Nava.
del Centro Poblado de Nava, lo cual los ha afectado en el desarrollo normal y oportuno de sus funciones delegadas. d) Durante el periodo de pagos retrasados, el suscrito ha presentado solicitudes a
del Centro Poblado de Nava no habría cumplido con lo que estipula la ley; sin embargo, nunca se suspendió la transferencia de recursos mediante una resolución debidamente motivada, sino que simplemente
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