Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 1998 (24/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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MORDAZA, sabado 24 de enero de 1998

Declaran infundadas e inadmisibles impugnaciones contra resoluciones ue sancionaron con suspension y iIestitucion a servidores del INPE
RESOLUCION MINISTERIAL N" OlO-99-JUs MORDAZA, 21 de enero de 1998 Visto el recurso de apelacion inte uestc por MORDAZA Antcnio MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion (Pe la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 375-97-INPE-CR-P, de fecha 2 de MORDAZA de 1997; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora N" 375-97-INPE-CR-P, se impuso sancion disciplinaria de suspension de diez dias sin goce de remuneraciones al Agente Penitenciario MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mayta; Que contra la citada Resolucion el recurrente interpone oportunamente recurso de apelacion argumentando que para inasistir al trabajo del 2 al 5 de junio de 1996 MORDAZA con el permiso correspondiente del Director del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Pucallpa, como esta acreditado con la correspondiente papeleta de permiso; Que de autos se aprecia que lo expuesto por el recurrente fue tomado en cuenta en su oportunidad como consta del Informe N" 067-97-INPWCPPAD de fecha 26 de MORDAZA de 1997 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, asi como de la Resolucion impugnada que consider6 desvirtuadas las inasistencias del 2 al 5 de junio de :zW& subsistiendo las incurridas los dias 23 y 24 de MORDAZA de Que el recurso de apelacion interpuesto no se sustenta en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuestiones de uro derecho como lo senala el Articulo 99" del Texto Unico 8 rdenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N" 02-94-Jus; Estando a lo o inado por la Oficina General de Asesoria arme N" 006-98JUWOGAJ; Juridica en su 1l-J De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37" del Decreto Legislativo W 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2" y 8' del Decreto Ley N" 25993 - Le Organica del Sector ruco Justicia, y Articulos 84"~ 99" del Texto 6. Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N" 0%94-JUS; SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar infundado el recurso de apelacion inte uesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucioncpe la Presidencia de la Comisi6n Reorganizadora No 375 97-INPE-CR-P, de fecha 2 de MORDAZA de 1997, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Reso. lucion. Articulo 2".- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Instituto Nacional Penitenciario y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 0794 RESOLUCION MINISTERIAL N" Oll-99-JUS MORDAZA, 21 de enero de 1998 Visto el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario N" 719~95INPE-CNP-P, de fecha 9 de octubre de 1995; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario N" 71%95-INPWCNP-P, de fecha 9 de octubre de 1995, se impuso sancion disciplinaria de destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ez Jefe de Abas-

tecimiento de la Direccion Regional Norte - Chiclayo del Instituto Nacional Penitenciario; Que contra la citada Resolucion, el recurrente interpone recurso de apelacion, al considerar denegado su recurso de reconsideracion interpuesto con anterioridad, que no fue resuelto por el Instituto Nacional Penitenciario no obstante transcurrido el plazo de treinta dfas; Que el impugnante argumenta que durante su stion como Jefe de Abastecimiento, del 24 de setiembre ar31 de diciembre de 1993 cumplio las disposiciones del Reglamento Unico de Adquisiciones (RUA) y que el Comprobante de Pago WOO593defecha 16dejuniode 1993,nofueemitidodurante su gestion; agregando que la resolucion deviene en nula al haberse dictado excediendo el plazo de treinta dias de duracion del MORDAZA administrativo disci linario; Que de autos se aprecia que en efecto eP Comprobante de Pago W 005 fue emitido el 16 de junio de 1993, fecha anterior a la gestion del recurrente lo que le exime de responsabilidad por su emision; sin embargo, subsisten los cargos r la o ad uisicion con precios sobrevaluados de colchones, ro E" s de cabe y candados, relacionados con los Comprobantes de P Pago Nos. 727? 846 y 864; Que la nulidad de la resolucion impugnada no se sustenta validamente porque el incumplimiento del plazo de 30 dias senalado en el Artfculo 163" del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo W 005~SS-PCM, no acarrea nulidad, sino configura falta de caracter disciplinario de los miembros de la Comision a cargo del receso administrativo disci linaria; E stando a lo op inado por la 8. General de Asesoria ficma Juridica en su In orme W 993~S&JUS/OGAJ; De conformidad con lo dispuesta en el Articulo 37" del Decreto Legislativo No 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Artfculos 2" y 8" del Decreto Ley W 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, y Articulos 84" 99" del Texto Unico Ordenado de la es Ley de Normas Gener J de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N" 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar infundado el recurso de a lacion a interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contrap" Besolucion de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario No 719-95-INPEKNP-P, de fecha 9 de octubre de 1995 or los a fundamentos expuestos en la parte considerativa deIP presente Resolucion. Articulo 20.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Instituto Nacional Penitenciario y al interesalo. para los fines pertinentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 0795 RESOLU$X~I; hfM;TERIAL 0 . MORDAZA, 21 de enero de 1998 Vistos los recursos de a lacion interpuestos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ellegas MORDAZA, contra la Besolucion de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario N" 99%95INPECNP-P, de fecha 26 de diciembre de 1995; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario N" 998~95-INPWCNP-P, de fecha 26 de diciembre de 1995 publicada el 31 del mismo mes y ano, se impuso sancion de destituci6n a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en falta administrativa disci linaria tipificada en los incisos a), df y h) del Articulo 28" el Decreto Legislativo W 276, Ley de x Bases de la MORDAZA Administrativa y de Bemuneraciones del Sector Publico; Que contra la citada Resolucion, los recurrentes interponen recursos de apelacion, los mismos que guardan conexion entre si, procediendo su acumulacion de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 67" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo W 02-94-JUS; Que de la revision de los actuados se establece que Lsonel MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpusieron sus recursos de apelacion con fechas 24 de noviembre y 10 de diciembre de 1997, respectivamente, los mismos que resultan extemporaneos porque se formularon cuando la apelada

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