Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 1998 (24/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, s&ado 24 de enero de 1998 VISTO: El Exp. W 2182-97, presentado por los pobladores de Tulfn, jurisdiccion del distrito de El Ingenio, provincia de Nasca, solieitando la creacion de la Municipahdad Delegada de Tulin; y, CONSIDERANDO:

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contar eon servicios esenciales como: centro educativo, MORDAZA verdes, MORDAZA, molinos para el procesamiento del mmeral, agencia municipal, salon comunal, carretera de acceso, jirones, avenidas, &rm MORDAZA los requisitos establecidos en el Iuc. 5) del Art. 70" xe la Lev W 23853: Que! es necesario reforkr la inte&dad territorial de la provincia de Nasca, y tambien de su distrito para una buena administraci6n de los servicios ue prestan en su jurisdiccion y no MORDAZA afectadas por otraskunicipalidades ajenas a la provincia de Nasca; Que, lo solicitado por los recurrentes se ha puesto en cenocimiento del Conceio Distrital de El Ineenio. mediante Oficio W 014-97-AI!AT¡JD de fecha 28 de-abril de 1997, cum MORDAZA asi con lo establecido en el Art. 5" Inc. 6) de la Ley de knicipalidades; Que, la Municipalidad Provincml de Nasca, en sesion ordinaria de fecha 21 de junio de 1997. se acordo la creaci6n de la Municipalidad delegada de Tulin, ubicada en el distrito de El Ingenio, provincia de Nasca, departamento de Ica; De conformidad con lo establecido en el Art. 191' de la Constitucion Polftica del Per6 de 1993, concordante con los Ar&5', S", 2Oq 470 y 109" de la Ley Orgkuca de MumcipahSE RESUELVE: Articulo primero.- Crear la Municipalidad Delegada de Tulin, jurisdiccional del distrito de El Ingenio, provincia de Nasca, departamento de Ica. Articulo Segundo.- Establecer el ambito de la jurisdicci6n de la Municipalidad Delegada de Tulin, donde ejercera sus funciones: POR EL NORTE POR EL SUR POR EL ESTE : Limita con el Fundo Bogotalla - MORDAZA de propiedad del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA mide 184 m. . Limita con e iFundo Macamaca Alta de ro iedad de la testamentaria FAUS- tA%AMIREZ MORDAZA DE CISNEROS. : Limita con los Fundos Tulin Alto de groredad de la testamentaria MORDAZA TO MORDAZA y BALDOMERAVILCA y fundo Bogotalla MORDAZA de propiedad del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en una linea quebrada de 13 tramos de Sur a Norte, totalizando 820.00 m. : Limita con ro iedad de la testamentaria PE&RBA. MORDAZA MORDAZA y con el Fundo MORDAZA de Propiedad del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en una linea quebrada de diez tramos de Sur a Norte; totalizando 752.99 m.
: 220.000.00 m2 - 22.00 ha.

Disponen el empadronamiento de las personas que se dediquen a transacciones comerciales de compraventa de moneda extranjera
DECRETO DE ALCALDIA w 00188

Pueblo Libre, 9 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, es Jersona juridica de Derecho Publico Interno, con autonomfa economica y administrativa. Sus autoridades de Gobierno, ron elegidas mediante sufragio popular del distrito; Que, siendo una de las funciones del Gobierno Local velar por la seguridad de los vecinos que realizan transacciones :omerciales de compraventa de moneda extranjera, en espe:ial dolares americanos efectuadas a traves de los denominalos "cambistas informales". Que, por las razones expuestas en el considerando anterior y a fin de evitar que en las citadas actividades de :omercio informal se intercambien y/o introduzcan billetes falsificados o adulterados por terceros, pejudicando de esta forma al ciudadano, que actua de buena fe y confianza; En uso de las facultades conferidas por los Articulos 47" inciso 6), y Articulo 109" de la Ley N" 23853 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA Articulo Primero.- Dispongase el empadronamiento de las personas de la jurisdiccion del distrito de Pueblo Libre ue se dediquen a transacciones comerciales de com raventa e 1 e moneda extranjera, otorgandoseles un plazoB veinte (20) dias calendario para el apersonamiento res ctivo contados a partir del dia siguiente de la publicacion r presente el Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Las personas empadronadas usaran un chaleco con el logotipo del Municipio y deberan portar el respectivo carne que se le sera entregado por la Direccion de Rentas, previo pago de cincuenta nuevos soles (s/. 50.001, segun modelo que en anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- Las personas que no se encuentren empadronadas no podran realizar la actividad de cambistas de moneda extranjera en la jurisdiccion del distrito de Pueblo Libre y si se les detecta infraccion que establecen los Articulos 252" al 258" del Codigo Penal, modificado por Ley No 26714, seran denunciados ante el Poder Judicial. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. `YALILE MORDAZA DE MORDAZA Alcaldesa

POR EL OESTE

: 1,914.50 m. : 658.60 m.s.n.m.

De conformidad con los planos aprobados por la Mumcipalidad Provincial de Nasca. Articulo Tercero.- Establecer un plazo de 15 dias habiles a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano para la implementacion de la mencionada Municipalidad Delegada. Articulo Cuarto.- Elegir dentro del plazo establecido en el At-t. 3" a los integrantes de la Municipalidad Delegada, conformada por un MORDAZA y cinco Regidores, conforme al Art. 29" de la Ley N" 23853 Organica de Municipalidades. Articulo Quinto.- Poner en conocimiento del MORDAZA Naeional de Elecciones para los fmes consiguientes Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Alcaldesa Provincial 0837

Establecen Programa Predial en forma automatizada y modalidades de pago para el ejercicio gravable 1998
DECRETO DE ALCALDIA No 002.98

Pueblo Libre, 19 de enero de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N" 776 en su Titulo II, Capitulo 1 determina el Impuesto Predial y la Declaracion Jurada su conceptualizaci6n, alcance, base imponible y metodologia de cumplimiento obligatorio de las municipalida-

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