Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 1998 (24/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

MORDAZA, sabado 24 de enero de 1998 Actuando como Magistrado ponente el sefior doctor De MORDAZA Cano; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia al cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Huacaybamba, que viene desempefiando don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber sufrido condena judicial por delito doloso. Articulo Segundo.- Declarar ue don Flaubert MORDAZA MORDAZA MORDAZA, R.e.e!d~; $;;kz;H,d,ecat Lista Independiente Izquierda bamba", asume el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Huacaybamba; en reemplazo del MORDAZA vacado don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bardales; y llamar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la misma lista electoral, para ue asuma el car o de Regidor del Concejo Provincial deR uacaybamba, a fi de completar el m numero de Regidores del Concejo Municipal; para completar el perfodo de gobierno municipal 1996-1998. Articulo Tercero.. Otor ar a don Flaubert MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a don5-r ugo MORDAZA MORDAZA, las respectivas credenciales. Articulo Cuarto.- Las autoridades pohticas y policiales prestaran las garantfas que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. CHOCAN0 MARINA; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO
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RESOLUCION No 036-98.JNE MORDAZA, 22 de enero de 1998 Vistos: El Oficio W 1858-97-AMPI, recibido el 3 de diciembre de 1997, remitido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de Ica, por el cual pone en conocimiento que habiendo convocado a sesion extraordinaria de Concejo con la finalidad de lograr el pronunciamiento por la vacante solicitada por el vecino MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los resultados fueron diecisiete votos por la no vacancia, un MORDAZA por la vacancia y un MORDAZA de abstencion del Regidor MORDAZA MORDAZA Mendoza; y, mediante Oficio N" 1862-97-AMPI, recibido el ll de diciembre de 1997, el referido MORDAZA remite documentos presentados por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a dicho Concejo; La comunicacion del 4 de diciembre de 1997, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informando que el referido Concejo no ha declarado la vacancia conforme lo dispone el Articulo 27" de la Ley N" 23853, Ley Organica de Municipalidades, sino que han analizado la sentencia de la Primera Sala Penal de la Corte Suprema; La comunicacion recibida el 19 de diciembre de 1997 de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Regidor del Concejo ProAncial de Ica, solicitando se declare que el recurrente debe continuar en el ejercicio de sus funciones como Re `dor del citado municipio, dejando vi ente lo acordado por e$Gobierno Local mediante Acuerdo cfe Concejo N"056-97-ACM-MPI, argumentando las razones de su pedido; y solicita se le conceda el uso de la palabra al abogado que designa; CONSIDERANDO: Que, de la revision de los documentes se advierte que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha sido sentenciado por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Ica con fecha 5 de noviembre de 1996 r delito de usurpacion de autoridad, en agravio de los Regi ores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, a la ?a" pena privativa de MORDAZA de dos anos, la misma que se suspende a condicion de seguirse reglas de conducta; habiendose declarado no haber nulidad por resolucion de vista del 1 de MORDAZA de 1997 de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, obrante de fojas 9 a ll; Que, en sesion extraordinaria de Concejo de fecha 1 de diciembre de 1997, ante el Acuerdo de Sesion Privada emitido por este organo electoral, con fecha 19 de noviembre de 1997, el Concejo Provincial de Ica, declara que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA debe continuar en el ejercicio de sus funciones como Regidor de la Municipalidad Provincial de Ica. porque, segun se afirma erroneamente, no ha sufrido

:ondena por delito doloso, expidiendose el Acuerdo de Con:ejo W 056-97-ACM-MPI, del 2 de diciembre del mismo arlo; que obra a fojas 26; Que, en autos se acredita que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra incurso en lo previsto en el numeral 9) del Articulo 23" de la Ley Organica de Municipalidades, segun el cual no pueden desem fiar los cargos de MORDAZA y Regidores quienes hayan sufnr condena por delito doloso; o siendo una causal sobreviniente de vacancia al cargo de Regidor, prevista en el numeral 3) del Articulo 26' de la misma ley; Que. el numeral 2) del Articulo 28" de la Ley W 23853, disp&e que en los casos de vacancia reemplazan a los Regidores, los suplentes de sus respectivas listas, corres pdiendo asumir el cargo a don MORDAZA MORDAZA 0 iva. integrante de la Lista Independiente No 17 - "Movimiento Vecinal 1 ueno", lista a la cual pertenece don MORDAZA Hemandez Men 1oza; Que, ante la claridad y contundencia del fallo judicial expedido contra don MORDAZA Hemandez MORDAZA, deviene inutil e irrelevante el informe oral que se protesta pronunciar toda vez que no existe controversia en el presente caso, por tratarse de la aplicacion del texto expreso de la ley, que un informe oral no puede diferir; Que, este colegiado, como supremo 6r ano electoral, no ouede oermanecer indiferente ante acuerdos adootados nor fos~Co&ejos Municipales en materias que son de¿ompe¿encia del MORDAZA Nacional de Elecciones, cuando los mismos contravienen la legalidad, mas aun cuando su competencia es fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio, dispuesto en el numeral 1) del Articulo 178" de la Constitucion Politica del Peru; por lo que, en aplicacion del Articulo 5" literal u) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones No 26486, concordante con el literal w) del Articulo 1l"de su Reglamento; Actuando como Magistrado ponente el sebor De MORDAZA Cano; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declara no haber lugar a sefialamiento de dia y hora para la MORDAZA de informe oral, como lo solicita don MORDAZA Hern&ndez Mendoza. Articulo Segundo.- Declarar la vacancia al cargo de Regidor del Concejo Provincial de Ica, que viene desempenando don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por estar incurso en una causal de vacancia sobreviniente, al haber sido condenado judicialmente por delito doloso; en consecuencia nulo y sin efecto el Acuerdo de Concejo No 056-97-ACM-MPI, del 2 de diciembre de 1997, que obvia declarar la vacancia referida, como lo dispone la ley en forma ex resa. Articulo Tercero.- Llamar a `Ll ando MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la Lista Independiente W 17 "Movimiento Vecinal Iqueno" para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Ica, en reemplazo de don MORDAZA MORDAZA Mendoza. Articulo Cuarto.- Otorguese a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la respectiva credencial. Articulo Quinto.- Las autoridades polfticas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. CHOCAN0 MARINA; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario Ckmeral, TRUJILLANO 0894 RESOLUCION W 040.98JNE MORDAZA, 22 de enero de 1998 VISTO: El Oficio W 997-98/MDS, recibido el 14 de enero de 1998, remitido por el primer Regidor del Concejo Distrital de Sachaca de la provincia de Arequi a, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comunicando que con P echa 19 de diciembre de 1997, dicho Conce'o ha declarado la vacancia en el Cargo de MORDAZA a don Ped ro MORDAZA P. MORDAZA MORDAZA, al haber sido condenado este por delito doloso; solicitando se resuelva con arreglo a ley la situacian del Concejo; CONSIDERANDO: Que, en el Expediente No 3178 del 19 de diciembre de 1997. que obra en este organo electoral, corre MORDAZA certifica-

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