Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 1998 (15/07/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

MORDAZA, miercoles 15 de MORDAZA de 1998 dumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nos. 0251,0795 y 1142, ubicadas en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema N" 031-94EM de fecha 8 de MORDAZA de 1994 y Resolucion Suprema N 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nos. 0251,0795 y 1142; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo No 03-95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N" 036-97PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Su MORDAZA No 03-95-PCM, con que cuentan las empresas de subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo No 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y ue se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de 8oncesiones Electricas - Decreto Ley No 25844 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo No 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumphdo con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable N" 063-98-EM/DGE; De conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110" y Articulo ll 1" del Decreto Ley No 25844, Articulo 1" del Decreto Supremo N" 03-95-PCM y Articulo 1" del Decreto Supremo No 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; la regularizacion de las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Ws. 5347.5443 y 5852; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Su MORDAZA N 03-95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo NB 036-97PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Sunremo No 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dis uesto por el Decreto Legislativo N" 674, necesarias para el uncionamiento de sus instalaciones electricas y ue se P encuentren expresamente reconocidas por la Le de 8 oncesiones Electricas - Decreto Ley IT 25844 y su Is? glamento aprobado por el Decreto Supremo No 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad: luego de haber verificado que la peticionaria ha cum ,",";5o,",M" requisitos exigidos por el Decreto Supremo NB ha emitido el Informe favorable No 089-98-EM/DGI% ' De conformidad a lo dispuesto por el inciso cl del Articulo 110" y Articulo ll 1" del Decreto Ley N" 25344, @titulo 1" del I)wrcr;oS~Oremo No 03-95-PCM y Articulo 1 del Decreto Np 036-97-PCM: -Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia;
---7

f

SE RESUELVE: Articulo lo.- IMPONGASE, a favor de LUZ DEL SUR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nos. 5347, 5443 5852, ubicadas en el distrito de La MORDAZA, provincia y CY epartamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 18 y 19 de MORDAZA de 1998. Articulo !X'.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3".- LUZ DEL SUR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los redios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa xe las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4".- LUZ DEL SUR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5".- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 6676

SE RESUELVE: Articulo lo.- IMPONGASE, a favor de LUZ DEL SUR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nos. 0251,0795 1142, ubicadas en el distrito de Miraflores, provincia y CY epartamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano f dias 31 de os marzo y 1 de MORDAZA de 1998. Articulo 2".- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3".- LUZ DEL SUR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4".- LUZ DEL SUR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5".- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 6675 RESOLUCION MINISTERIAL lV 284-98-EMMME MORDAZA, 15 de junio de 1998 Visto, el Expediente No 32061997 que incluye los documentos con Registros Nos. 1162194, 1167417 y 1184962? presentado por la concesionaria LUZ DEL SUR S.A., solicitando la imposicion, en via de re larizacion, de las Servidumbres de Ocupacion de55 ienes para Subestaciones de Distribucion Electrica NS. 5347, 5443 y 5852, ubicadas en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema No 031-94EM de fecha 8 de MORDAZA de 1994 y Resolucion Suprema W 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado

MORDAZA, 15 de junio de 1998 Visto, el Expediente No 32061197 que incluye los documentos con Re `stros Nos. 1162201, 1167420 y 1184958, presentado por Tl concesionaria LUZ DEL SUR S.A., solicia tando la imposicion! en via de regularizacion, de las Servidumbres de Ocupacion de bienes para las Subestaciones de Distribucion Electrica Ns. 5973,5974 y 5975, ubicadas en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema No 031-94EM de fecha 8 de MORDAZA de 1994 y Resolucion Suprema No 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Ws. 5973, 5974 y 5975; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Su MORDAZA N 03-95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo JJ 036-97PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Su MORDAZA No 03-95-PCM, con que cuentan las empresas de subsector electrico. comorendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo N" 674, necesarias para

f

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.