Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 1998 (15/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 1.5 de-julio de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N" 007-98, se ha aprobado el Re `men Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, MORDAZA leno Sanitario y Parques y Jardines, en la jurisdiccion distrital. Que, la aludida MORDAZA, modificada por la Ordenanza N" 008-98, establece a favor de los contribuyentes del distrito, cuyos predios se encuentran ubicadas en asentamientos humanos, una Tasa Social para el pago de los Arbitrios de Lim ieza Publica, Relleno Sanitario y Parques y Jardines. Qp ue, sin embargo existen agrupamientos humanos en el distrito que sin contar con la denominacion MORDAZA senalada, presentan similares caracteristicas en cuanto a situacion economica y carencia de infraestructura de servicios, circunstancias que permite darles el mismo tratamiento. Que, mediante Informe N" 031-98-DIWMCH, la Direccion Municipal senala la conveniencia de precisar los agrupamientos humanos del distrito, en los que se aplicara la referida Tasa Social. En uso de las atribuciones que le confiere el inciso 6) del Articulo 47" de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853. DECRETA: Articulo l".- ESTABLECER que para efectos de la aplicacion de la Tasa Social fijada por la Ordenanza N" 00798, modificada por la Ordenanza N" 008-98, tienen la condicion de asentamientos humanos. los siguientes ae-rupamientos humanos del distrito: ' - PP.JJ. MORDAZA Grau. - Coop. de Vivienda La Floresta. - Asoc. de Vivienda Popular Primero de Noviembre. - Asoc. Pro Vivienda MORDAZA Rica. - Conjunto Vecinal MORDAZA MORDAZA de las Casas. Articulo 2".- ENCARGAR a la Oficina de Rentas el estricto cumplimiento del presente decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DELL4 MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 7546

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cumplir con actualizar y/o regularizar sus tributos municipales de los ejercicios 1996 y 1997; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Art. 47" de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer de modo excepcional una AMNISTIA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO DE ALCABALA, TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA por los anos 1996 y 1997. El presente beneficio hace referencia al no pago de reajustes ylo intereses moratorios vencidos al 31 de diciembre de 1997. Articulo Segundo.- Se incluiran en la precitada AMNISTIA TRIBUTARIA a aquellos contribuyentes o responsables que se encuentran en MORDAZA de cobranza ordinaria ylo coactiva. No se encuentran comprendidos aquellos contribuyentes que con anterioridad a la vigencia del presente decreto, hubieran abonado el total de las deudas tributarias y no tributarias o que se encuentren con Contrato de Fraccionamiento. Articulo Tercero.- Se entendera que los contribuyentes y/o infractores que se acojan al presente beneficio, hacen expreso reconocimiento de sus deudas con la Municipalidad, por lo que: l.- No MORDAZA presentar futuras reclamaciones respecto a las deu cfas incluidas en el presente beneficio. 2.- Deberan desistirse de cualquier expediente que se encuentre en tramite relacionado a tributos y/o multas, presentando una solicitud - declaracion jurada ante la Administracion Tributaria con firma legalizada por notario o fedatario; posteriormente se anexara al expediente administrativo. Articulo Cuarto.- El plazo del presente beneficio vencera indefectiblemente el 31 de MORDAZA de 1998, rocediendo inmediatamente la Municipalidad a ejecutar Pa cobranza total del integro de los tributos adeudados, de ser el caso con el procedimiento de cobranza coactiva de acuerdo a ley. Articulo Quinto.- Encarguese a la Oficina de Administracion de Tributos y Rentas el cumplimiento del presente decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 7834

Otorgan amnistia tributaria a contribu- MUMIC1IPALi,DAD DE yentes con respecto a los Impuestos LA MORDAZA Predial y de Alcabala, Tasa de Licencia Otorgan amnistia tributaria y adminisde Funcionamiento y Arbitrios trativa en favor de contribuyentes del DECRETO DE ALCALDIA lv 14-98lMJM distrito
MORDAZA MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1998 LA ALCALDESA DE IA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 191" de la Constitucion Politica del Peru se le reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 41" del Codigo Tributario, Decreto Legislativo N" 816 establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley. Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrjn condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, la presente Administracion Municipal consciente de la situacion economica por la que atraviesa nuestro MORDAZA ha visto conveniente otorgar facilidades de pago a los contribuyentes que por diversos motivos no han podido ORDENANZA W OOl-9%MDLP La MORDAZA, 3 de MORDAZA de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de La MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y visto el acuerdo de la Comision de Administracion con Dictamen N" 003-98-CA-MDLP, por el que propone otorgar Amnistia Tributaria y Administrativa a favor de los contribuyentes del distrito de La Perla. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 191" de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica,

MUNTCIFALID~D DE MORDAZA MARZA

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