Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 1999 (25/04/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 172493
Anexo Nº 2 EPS MORDAZA S.R.LTDA.

Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 920-98SUNASS, se aprobo la Directiva de Reordenamiento Tarifario que sera aplicada en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento municipales para eliminar gradualmente las distorsiones contenidas en el sistema de facturacion que se ha venido empleando y poner en practica los principios del Sistema Tarifario establecidos por la Ley Nº 26338; Que, el informe de evaluacion emitido por la Intendencia de Tarifas de la SUNASS recomienda la reduccion de los Consumos Minimos que se aplican a los usuarios cuyas conexiones cuentan con medidores de consumo, y la aplicacion de un MORDAZA procedimiento para el calculo del importe a facturar, dando cumplimiento a lo dispuesto por la citada directiva en lo que se refiere a la Primera Etapa del MORDAZA de Reordenamiento Tarifario; Que, la aplicacion de lo dispuesto en la presente resolucion no modifica las tarifas por metro cubico que viene aplicando la EPS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Ley Nº 26338 y sus respectivos reglamentos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Estructuras Tarifarias y el Cuadro de Equivalencias de Consumos Minimos y Asignaciones de Consumos por Categorias de Usuarios de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 1 y 2, que forman parte de la presente resolucion, las mismas que seran aplicadas por la EPS MORDAZA S.R.LTDA. conforme a lo prescrito en el Articulo 4º de la presente resolucion. Articulo 2º.- La EPS MORDAZA S.R.LTDA. queda prohibida de modificar la Estructura Tarifaria aprobada por la presente resolucion. Articulo 3o.- Aprobar el Procedimiento para la determinacion del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado, que aplicara la EPS MORDAZA S.R.LTDA. conforme a lo prescrito en el Articulo 4º y de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 3 y 4, que forman parte de la presente resolucion. Articulo 4º.- La aplicacion por la EPS MORDAZA S.R.LTDA. de lo dispuesto en los Articulos 1º y 3º de la presente Resolucion debera reflejarse en las facturas que emita a sus usuarios, a partir del 1 de junio de 1999. Articulo 5o.- La EPS MORDAZA S.R.LTDA. presentara mensualmente a la SUNASS, un informe detallado sobre la facturacion aplicada en los meses de junio, MORDAZA y agosto de 1999, en cada localidad administrada, indicando el numero de usuarios por Categoria, subcategoria y nivel, sus volumenes de consumo (leidos, asignados y facturados), asi como los importes resultantes de aplicar el procedimiento de facturacion establecido. Articulo 6º.- Derogase las disposiciones que se opongan a la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAU Superintendente Anexo Nº 1 EPS MORDAZA S.R.LTDA. Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidad de MORDAZA A.- Tarifas por el servicio de agua potable
Categorias Consumo Asignacion 1er. Rango 2do. Rango Tarifa Tarifa Minimo de Consumo de Consumo de Consumo 1er. Rango 2do. Rango m3/mes m3/mes m3/mes m3/mes S/. / m3 S/. / m3 Domestica I Domestica II Domestica III Domestica IV Comercial I Comercial II Comercial III Estatal I Estatal II Industrial I Industrial II 11 11 20 20 12 24 40 60 120 40 80 14 14 25 25 15 30 50 75 150 50 100 0 a 14 0 a 14 0 a 25 0 a 25 0 a 15 0 a 30 0 a 50 0 a 75 0 a 150 0 a 50 0 a 100 15 a mas 15 a mas 26 a mas 26 a mas 16 a mas 31 a mas 51 a mas 76 a mas 151 a mas 51 a mas 101 a mas 0,2515 0,4010 0,3457 0,4932 0,4394 0,5449 0,6460 0,6488 0,6136 0,9750 1,1349 0,3860 0,6160 0,5320 0,7590 0,6760 0,8380 0,9940 0,9980 0,9440 1,5000 1,7460

Cuadro de Equivalencias de Consumos Minimos y Asignaciones de Consumo por Categoria de Usuarios Localidad de MORDAZA
Clasificacion Anterior
Codigo Categoria
Domestica 14-A

Nueva Clasificacion
Categoria
Domestica Domestica I

Diametro Consumo Conexion Minimo Codigo A.P. M3/mes S.D. S.D. S.D. S.D. S.D. S.D. S.D. S.D. S.D. S.D. S.D. 14 14 25 25 15 30 50 75 150 50 100 1D 2D 3D 4D 5C 6C 7C 8E 9E 10I 11I

Consumo Asignacion Minimo de Consumo M3/mes M3/mes 11 11 20 20 12 24 40 60 120 40 80 14 14 25 25 15 30 50 75 150 50 100

1D 2D 3D 4D 5C 6C 7C 8E 9E 10I 11I

14-B 25-C 25-D Comercial 15-A 30-B 50-C Estatal 75-A 150-B Industrial 50-A 100-B

Domestica II Domestica III Domestica IV Comercial Comercial I Comercial II Comercial III Estatal Estatal I Estatal II Industrial Industrial I Industrial II

Anexo Nº 3 EPS MORDAZA S.R.LTDA. Procedimiento para la determinacion del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado I. Determinacion del Volumen a Facturar por el Servicio de Agua Potable El calculo del Volumen a Facturar (VAF) por el Servicio de Agua Potable, seguira los siguientes procedimientos: A. USUARIOS CUYA CONEXION DE AGUA POTABLE CUENTA CON MEDIDOR 1. Determinacion del Consumo Medido El Consumo Medido se obtendra considerando las siguientes opciones: a) Por Diferencia de Lecturas, a los usuarios cuya conexion cuenta con medidor operativo. b) Por Promedio de Consumos de por lo menos seis diferencias de lecturas validas anteriores, en el caso de aquellas conexiones que cuentan con medidor, pero este no MORDAZA podido ser leido por causas no imputables a la EPS, o no se encuentre operativo 2. Determinacion del Volumen a Facturar El VAF se determinara con base en la comparacion del Consumo Medido con el Consumo Minimo, de la forma siguiente: a) Cuando el Consumo Medido es menor o igual al Consumo Minimo: Se utilizara el Volumen de Consumo Minimo autorizado de la Categoria correspondiente, independientemente de la diferencia de lecturas del medidor. b) Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo: Se utilizara el correspondiente Consumo Medido. Debera tenerse presente que el concepto de Consumo Minimo solo sera valido para aquellas conexiones que cuentan con medidor. B. USUARIOS CUYA CONEXION DE AGUA POTABLE NO CUENTA CON MEDIDOR En este caso, se aplicaran las Asignaciones de Consumo, de la Categoria correspondiente, estableciendolas como los respectivos Volumenes a Facturar. II. Determinacion del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable Determinado el VAF por el Servicio de Agua Potable, se aplicara a este las tarifas que corresponden a cada Categoria de Usuarios, utilizando el siguiente procedimiento: 1. Cuando el VAF esta dentro del Primer Rango de Consumo de la Categoria de Usuarios correspondiente.

B.- Cargo por el servicio de alcantarillado Equivale al 45% del importe a facturar por el servicio de agua potable.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.