Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 1999 (25/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de diciembre de 1999

Sobre la base de dicho volumen, y utilizando los procedimientos previamente establecidos se determinara el importe que corresponderia facturar por el servicio de agua potable, como si este se brindara. A dicho importe se le aplicara el correspondiente porcentaje por alcantarillado, obteniendose el importe a facturar por dicho concepto. Este procedimiento se aplicara, aun cuando el predio cuente con varias conexiones de alcantarillado. 10. DETERMINACION DEL IMPORTE TOTAL A FACTURAR POR LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO La determinacion del Importe Total a Facturar se efectuara sumando los importes a facturar por los servicios de Agua Potable y de Alcantarillado, a cuyo resultado se le agregara el cargo por pension basica, si este correspondiera ser aplicado. Al monto resultante se le anadira el porcentaje por IGV, de acuerdo a la normativa emitida sobre el particular. 11. DISPOSICIONES SOBRE EL COMPROBANTE DE PAGO 11.1 Los conceptos que pueden ser facturados son los siguientes: 11.1.1 Servicio de agua potable y servicio de alcantarillado. 11.1.2 Servicio colateral. 11.1.3 Otro concepto autorizado por la SUNASS, el usuario o que emane de disposicion legal expresa. 11.1.4 Impuesto General a las Ventas (I.G.V.). 11.2 Los conceptos facturados deberan estar debidamente diferenciados, indicandose el servicio prestado y el periodo correspondiente, y podran incluir acumulativamente los adeudos no cancelados, respetando lo establecido en los Reglamentos de Prestacion de Servicios de las EPS, asi como en el Articulo 80º de la Nueva Directiva Procesal de Atencion de Reclamos, aprobada por Resolucion de Superintendencia Nº 765-99/SUNASS. 11.3 El comprobante por la prestacion de los servicios de agua potable y/o alcantarillado contendra, en caso corresponda, al menos la siguiente informacion: Razon social, direccion, telefono y demas datos de la EPS. Numero de Comprobante de Pago. Nombre o razon social del usuario. Codigo de identificacion del usuario. Datos de los servicios prestados · Servicios prestados (agua potable y/o alcantarillado). · Numero de Unidades de Uso segun categoria. · Horario de suministro. Datos de Emision § Fecha de emision del comprobante. § Modalidad de determinacion del volumen de agua potable (diferencia de lecturas, promedio de diferencias de lecturas o asignacion de consumo). § Periodo correspondiente al volumen determinado de agua potable. § Consumo en metros cubicos (m3) segun la modalidad de determinacion del volumen de agua potable. § Ultimo dia de pago del comprobante. Datos y Lectura del Medidor § Numero del Medidor. § Lectura Actual y Fecha de Lectura. § Lectura Anterior y Fecha de Lectura. § Diferencia de Lecturas. Estructura tarifaria correspondiente a las categorias a las que pertenecen las unidades de uso consideradas.

Importes a pagar § Importe por la prestacion de los servicios de agua potable y alcantarillado. § Importe por la prestacion de servicios colaterales. § Importe por IGV. § Ajuste por redondeo. § Monto por efecto del redondeo. § Cargo o abono autorizado por SUNASS, el usuario y/o dispositivo legal expreso. § Saldos no pagados de meses anteriores. § Intereses por MORDAZA, calculados a partir de la fecha de vencimiento. § Total a pagar. Mensajes · Generales: Recomendaciones al usuario sobre el uso del servicio, informacion sobre los Centros Autorizados de Recaudacion o Cobranza y condiciones para el cierre de la conexion. · Individuales: Informacion sobre la fecha de vencimiento del comprobante; numero de recibos impagos y su monto; fecha probable de corte del servicio, de ser el caso; centro de servicio correspondiente a la MORDAZA de residencia del usuario, frecuencia de facturacion. 11.4 EMISION DEL COMPROBANTE DE PAGO POR PREDIO, CONEXION O UNIDAD DE USO La emision del comprobante podra ser efectuada (i) por predio o (ii) por conexion. En el caso de predios con varias unidades de uso, se podra emitir comprobantes de pago por cada unidad de uso, previa solicitud de la Junta de Propietarios o similar. 11.5 OPORTUNIDAD DE EMISION La emision del comprobante para los servicios de agua potable y/o alcantarillado sera realizada mensualmente y con posterioridad a la prestacion del servicio. La periodicidad de las fechas de vencimiento de los comprobantes debera ser previamente definida por la EPS y comunicada al usuario. 11.6 ENTREGA DEL COMPROBANTE 11.6.1 DOMICILIO Y PLAZO La EPS debera entregar el comprobante en el domicilio senalado por el usuario con no menos de diez (10) dias calendario MORDAZA de la fecha de vencimiento. 11.6.2 FALTA DE ENTREGA Cuando de manera excepcional y justificada no fuera entregado el comprobante, la EPS pondra el mismo a disposicion del usuario en la oficina autorizada para tal efecto. La falta de entrega al usuario del comprobante no suspende la obligacion del usuario de pagar por la prestacion del servicio, en las fechas establecidas previamente por la EPS y conocidas por aquel. 11.6.3 ENTREGA Y PAGO La facilidad otorgada al usuario de efectuar el pago en lugares distintos a la EPS, como Bancos o Agencias Autorizadas, no eximira a la EPS de su obligacion de entregar el comprobante de pago en el domicilio del usuario. 12. DISPOSICIONES FINALES 12.1 Las EPS deberan emitir sus comprobantes de pago de acuerdo a lo establecido en el punto 11 de la presente Directiva, a mas tardar el 1 de enero del ano 2001. 12.2 La aplicacion de la Tabla de Clasificacion de las Unidades de Uso establecida mediante la presente Directiva debera efectuarse, a mas tardar, el 1 de enero del ano

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