Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 1999 (26/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 26 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0222-99-IN/PNP

por las empresas Minera Mahr Tunel S.A. y Volcan Compania Minera S.A., en virtud de los Convenios de Estabilidad Juridica suscritos con el Estado Peruano, con fecha 29 de setiembre de 1997. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas, para que por Resolucion Directoral detalle las normas legales que son objeto de estabilizacion, conforme a lo senalado por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, mediante Oficio Nº 156-99/S1.0000, de fecha 24 de marzo de 1999. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 4009

MORDAZA, 12 de marzo de 1999 Visto, la solicitud de fecha 19.AGO.98, de Registro C235-3369-DIPER-PNP-DAPEYEC, presentada por el EC PNP (D) MORDAZA MORDAZA MORDAZA VERDEGUER, interponiendo Recurso de Reconsideracion contra la R.M. Nº 0638-98-IN/PNP de 30.JUL.98; CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 0638-98-IN/PNP de 30.JUL.98, el EC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA VERDEGUER fue sancionado con destitucion por las causales expuestas en la parte considerativa de la acotada resolucion; Que, el recurso impugnativo interpuesto por el recurrente no cumple con los requisitos establecidos en el Art. 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS de 28.ENE.94, resultando inadmisible; Lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, en su Informe Nº 2412-98IN/0202 de 24.NOV.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE:

INTERIOR
Desestiman por inadmisible y declaran infundada impugnaciones contra resoluciones que sancionaron con destitucion a servidores de la PNP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0206-99-IN/PNP MORDAZA, 10 de marzo de 1999 Visto, la solicitud de fecha 7.AGO.98, de Registro C215-3133-DIPER-PNP-DAPEYEC, presentada por la EC PNP (D) Wike MORDAZA MORDAZA, interponiendo Recurso de Reconsideracion contra la R.M. Nº 0574-98-IN/PNP de 13.JUL.98; CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 0574-98-IN/PNP de 13.JUL.98, la EC PNP Wike MORDAZA MORDAZA fue sancionada con destitucion por las causales expuestas en la parte considerativa de la acotada resolucion; Que, del estudio y analisis de los actuados administrativos, se establece que los fundamentos de hecho y de derecho alegados por la recurrente resultan inconsistentes desde el punto de vista juridico y no enervan el acto administrativo, en razon de que el MORDAZA administrativo disciplinario seguido a la citada servidora PNP (D) fue tramitado y resuelto en estricta observancia de las normas legales y reglamentarias que rigen en la PNP, establecidas para casos de su naturaleza; no adjuntando ademas a su peticion prueba instrumental susceptible de modificar los fundamentos que motivaron la expedicion de la Resolucion Ministerial impugnada, de conformidad al Art. 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS de 28.ENE.94; resultando infundado; Lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, en su Informe Nº 2369-98IN-0202 de 17.NOV.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la EC PE PNP (D) Wike MORDAZA MORDAZA, contra la R.M. Nº 0574-98-IN/PNP de 13.JUL.98. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 3414

Articulo Unico.- Desestimar por inadmisible el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el EC PNP (D) MORDAZA MORDAZA MORDAZA VERDEGUER, contra la R.M. Nº 0638-98-IN/PNP de 30.JUL.98. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 3543

Sancionan con cese temporal y destitucion a servidores de la PNP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0207-99-IN/PNP MORDAZA, 10 de marzo de 1999 Visto, el Parte Nº 381-VII-RPNP-I/OI de 11.JUL.98, de Registro Nº C-246-3635-DIPER-PNP-DAPEYEC, instruido contra la EC TC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (34), CIP Nº 70028059; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 4311-98-DGPNP/DIPER de 19.NOV.98, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC TC PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber inasistido injustificadamente a sus labores en la Inspectoria de la VII-RPNP-LIMA, desde el 18.JUN al 14.JUL.98; siendo reincidente en cometer faltas disciplinarias de esta naturaleza; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada constituye grave falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga

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