Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 1999 (26/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de marzo de 1999

DIRECCION REGIONAL AGRARIA MORDAZA OFICINA DE PLANIFICACION AGRARIA Director Sistema Administrativo II - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AGENCIA AGRARIA MORDAZA Director Programa Sectorial II - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, las designaciones de los funcionarios que a continuacion se detallan: DIRECCION REGIONAL AGRARIA MORDAZA AGENCIA AGRARIA MAYNAS Director Programa Sectorial II - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA EX DIRECCION REGIONAL AGRARIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AGENCIA AGRARIA CHANCHAMAYO Director Programa Sectorial II - Ing. MORDAZA MORDAZA Cairo MORDAZA AGENCIA AGRARIA SATIPO Director Programa Sectorial II - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 3º.- Designar, a partir de la fecha, a los siguientes funcionarios en las plazas que a continuacion se indican: DIRECCION REGIONAL AGRARIA MORDAZA AGENCIA AGRARIA MAYNAS Director Programa Sectorial II - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIRECCION REGIONAL AGRARIA MORDAZA AGENCIA AGRARIA CHANCHAMAYO Director Programa Sectorial II - Ing. Bach. Ing. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Ospinal AGENCIA AGRARIA SATIPO Director Programa Sectorial II - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIRECCION REGIONAL AGRARIA MORDAZA OFICINA DE PLANIFICACION AGRARIA Director Sistema Administrativo II - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AGENCIA AGRARIA MORDAZA Director Programa Sectorial II - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castro. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 4052

Declaran fundada impugnacion y disponen otorgar en concesion MORDAZA ubicada en la provincia de Chanchamayo a persona natural
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0213-99-AG MORDAZA, 10 de marzo de 1999 VISTO: El recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Regional Agraria Nº 281-96-DRA-OAJ/RAAC, de 31 de diciembre de 1996, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA MORDAZA Caceres; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Administrativa Nº 005-94-AACH/ UAR, de 21 de febrero de 1994, la Subdireccion de la Unidad de Aguas y Riego de la Agencia Agraria de Chanchamayo otorgo en concesion por un periodo de diez (10) anos renovables, la MORDAZA "Las Turunas", ubicada en la MORDAZA del rio Chanchamayo, frente al sector de MORDAZA Huasahuasi, com-

prension del distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de MORDAZA, a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fines de fomento de la recreacion y turismo en la MORDAZA, disponiendo igualmente que el interesado ejecute el programa de reforestacion para conformar el anillo de seguridad, conservacion y prevencion, con utilizacion de especies forestales propias de la region; Que contra la precitada resolucion, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, interpone recurso de apelacion manifestando que la referida MORDAZA esta comprendida en los alcances de la Resolucion Directoral Regional Nº 057-91-SRAS, de 7 de agosto de 1991, mediante la cual la Secretaria de Asuntos Sociales - Direccion de Vivienda de la Region MORDAZA MORDAZA MORDAZA adjudico en forma definitiva a favor de su representada la faja marginal izquierda del rio Chanchamayo en una extension de 68.20 ha; Que la Direccion Regional Agraria de la Region MORDAZA MORDAZA MORDAZA por Resolucion Directoral Regional Agraria Nº 281-96-DRA-OAJ/RAAC declaro improcedente por extemporaneo el referido recurso, disponiendo que la Agencia Agraria de Chanchamayo gestione lo conveniente para que se deje sin efecto la adjudicacion a favor de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo por haber sido efectuada por autoridad incompetente; Que asimismo, la citada resolucion declara ademas la nulidad de la Resolucion Administrativa Nº 005-94-AACH/ UAR, por cuanto a la fecha de su expedicion, el funcionario que la MORDAZA carecia de competencia en virtud de haber sido reubicado de Chanchamayo a la Agencia Agraria de Yauli - La Oroya mediante Resolucion Suprema Nº 02194-AG, otorgando a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el plazo de tres meses para retirar la infraestructura instalada en la MORDAZA "Las Turunas", reservando su adjudicacion con arreglo a la reglamentacion de la Ley Nº 26505; Que en los terminos que contiene su escrito de 27 de enero de 1997, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de revision contra la Resolucion Directoral Regional Agraria Nº 281-96-DRA-OAJ/RAAC; Que el inciso f) del Articulo 5º de la Ley General de Aguas establece que son de propiedad inalienable e imprescriptible del Estado: "Las islas existentes y las que se formen en el mar, en los MORDAZA, lagunas o esteros o en los MORDAZA, siempre que no procedan de una bifurcacion de las aguas, al cruzar tierras de propiedad de particulares"; Que asimismo, conforme dispone el Articulo 9º del Reglamento de los Titulos I, II y III de la Ley General de Aguas, aprobado por Decreto Supremo Nº 261-69-AP, las islas que se formen en los MORDAZA, siempre que no procedan de una bifurcacion de las aguas al cruzar tierras de propiedad particular, podran ser enajenados por el Estado cuando se destinen a fines de vivienda de interes social o de reforma agraria, u otorgados en concesion cuando soliciten para otros fines; Que en tal sentido, el otorgamiento a particulares de la MORDAZA materia del presente caso se rige por las normas de la Ley General de Aguas y sus reglamentos, y no por la Ley Nº 26505 que promueve la inversion privada en el desarrollo de las actividades economicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas; Que consecuentemente, corresponde al Administrador Tecnico del Distrito de Riego Perene emitir pronunciamiento en relacion al otorgamiento de concesion que solicita don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendo revocarse la Resolucion Directoral Regional Agraria Nº 281-96-DRA-OAJ/RAAC en cuanto reserva la adjudicacion con arreglo a la reglamentacion de la Ley Nº 26505 y confirmarse en lo demas que contiene; Que mediante Informe Tecnico Nº 22-98-ATDRPAACH/DRA/RAAC, de 2 de octubre de 1998, el Administrador Tecnico del Distrito de Riego Perene concluye que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ocupa pacificamente las islas "Las Turunas", desde 1994, utilizandolas para actividades recreativas, a que se refiere la Resolucion Administrativa Nº 005-94-AACH/UAR; habiendo cumplido con las disposiciones establecidas para su uso, razon por la cual opina que procede otorgarsele la concesion solicitada; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Regional Agraria Nº 281-

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