Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 1999 (26/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de marzo de 1999

tar una Declaracion Jurada, indicando el area, destino y ocupante de cada unidad. En los casos de inmuebles destinados a mas de una finalidad, los propietarios o conductores declaran ante la municipalidad el area destinada a cada finalidad. Esta disposicion es aplicable, asimismo, a los inmuebles ubicados en los asentamientos humanos. En tanto no se produzca dicha declaracion, se presume que todo el predio esta destinado a la actividad comercial para la determinacion del monto del arbitrio. Articulo 8º.- Estan inafectos al pago de arbitrios de Limpieza Publica, los predios de propiedad de: - La Municipalidad Distrital de Ventanilla. - El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. - Las entidades religiosas que destinen dichos predios a templos, conventos, monasterios y museos, siempre y cuando no produzcan rentas. - La Policia Nacional del Peru, destinadas a sus fines institucionales. - Universidades, institutos superiores y centros educativos, de propiedad del Estado. - Ministerio de Salud, destinados a centros asistenciales, hospitales y centros de salud de atencion publica. Articulo 9º.- Las exoneraciones genericas de tributos otorgadas o que se otorguen no comprenden al arbitrio de Limpieza Publica. Las exoneraciones de esta tasa deben ser expresas. Articulo 10º.- El monto a pagar mensualmente por concepto de arbitrio de Limpieza Publica se determina conforme a la siguiente escala: Destino del inmueble Alicuota Tasa Minima (% del valor del (en nuevos inmueble) soles) 0.018 0.065 S/. 6.50 S/. 6.50 Micro y pequenas empresas Comercio formal

ordenanza se detalla en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la misma. Segunda.- Establezcase el monto a pagar por concepto de gastos administrativos para la emision mecanizada y distribucion de recibos de arbitrios, en S/. 1.50 nuevos soles por recibo emitido. Para los predios ubicados en asentamientos humanos, los gastos administrativos se establecen en S/. 0.50 nuevos soles por recibo emitido y para la MORDAZA industrial en S/. 2.80 por recibo emitido. Tercera.- Deroguense los Edictos Nº 011-95/MDV-AL del 17.8.95 y Nº 001-96/MDVAL del 23.2.96. Deroguese ademas las Ordenanzas Municipales Nº 008-96/CDV del 30.11.96, Nº 007/97/CDV del 30.4.97 y Nº 003-98/CDV del 30.5.98, asi como toda MORDAZA municipal que se oponga a la presente ordenanza. Cuarta.- Elevese la presente MORDAZA municipal al Concejo Provincial del Callao para su ratificacion de acuerdo a ley. Quinta.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANEXO Nº 01: INFORME TECNICO COSTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA PARA 1999 Para la prestacion del servicio de limpieza publica se cuenta con 2 camiones volquetes y 4 compactadoras propias que prestan el servicio en dos turnos de 7 horas cada uno. Asimismo, cuenta con dos camiones volquete y dos cargadores frontales cedidos en uso por la Municipalidad Provincial del Callao, como producto de la donacion efectuada por el Gobierno del Japon a traves del JICA (Agencia de Cooperacion Internacional del Japon). Las diversas tareas que se deben realizar para la prestacion del servicio de limpieza publica generan para el presente ano una estructura de costos que ha sido calculada de acuerdo al siguiente detalle: Mensual Gastos en personal Compra de bienes (insumos, suministros. combustible, lubricantes, etc.) Servicios prestados por terceros Otros Total Estructura de Costos 36,875.00 Anual 442,500.00

a) MORDAZA habitacion b) Comercial

S/. 9.50 c) Industrial d) Servicios e) Terrenos sin construir o en MORDAZA de construccion f) Otros 0.045 0.065 S/. 11.20 S/. 11.20

0.012 0.012

S/. 6.50 S/. 6.50

29,333.75 352,005.00 44,085.08 529,021.00 1,944.08 23,329.00 112,237.91 1'346,855.00

Articulo 11º.- Tratandose de inmuebles dedicados a MORDAZA habitacion que se encuentren en asentamientos humanos, el monto a pagar por concepto de arbitrios de Limpieza Publica, es de S/. 4.00 nuevos soles mensuales. Articulo 12º.- Tratandose de inmuebles destinados a MORDAZA habitacion, el monto MORDAZA a pagar por concepto de arbitrio de Limpieza sera equivalente a 2 UIT. En los demas casos, el monto MORDAZA a pagar sera de 8 UIT mensuales. Articulo 13º.- El arbitrio de Limpieza Publica para los mercados de la jurisdiccion se determinara en funcion al area que ocupan, de acuerdo a la siguiente escala: Hasta 1,000 m2 De 1,001 hasta 3,000 m2 De 3,001 a mas S/. 150 mensuales S/. 300 mensuales S/. 400 mensuales

DISPOSICIONES FINALES Primera.- El informe tecnico que sirve de sustento a la escala aprobada en el Articulo 10º a 13º de la presente

En su base de datos, la Municipalidad Distrital de Ventanilla tiene registrados 23,803 contribuyentes del arbitrio de Limpieza Publica al 31 de diciembre de 1998, entre los cuales se distribuira el costo total del servicio de limpieza de acuerdo a los criterios establecidos en los Articulos 10º, 11º y 12º de la Ordenanza Municipal Nº 00199/CDV. La emision prevista a 1999 de acuerdo a la ordenanza elaborada por la Direccion de Rentas es de aproximadamente 2'175,897.00, estimandose un indice de morosidad del 40%, de acuerdo a las tendencias registradas en ejercicios anteriores. Las diferencias que pudieran surgir entre el monto emitido, el costo del servicio y el indice de morosidad, por factores internos o externos, seran cubiertos y/o compensados con la incorporacion en el padron de contribuyentes de los AA.HH. titulados recientemente, asi como los servicios a terceros prestados por Emliven S.A. y la recuperacion de rentas via procesos de fiscalizacion y cobranzas de anos anteriores. 3924

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