Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 1999 (26/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 26 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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co descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, como institucion encargada de la administracion de los tributos de la Municipalidad Distrital de Barranco, cumpliendo funciones propias de la Administracion Tributaria incluyendo servicios al contribuyente, control de cumplimiento de las obligaciones tributarias, resolucion de reclamaciones y solicitudes no contenciosas y cobranza coactiva de deudas tributarias; asi como de la recaudacion, cobranza, otorgamiento de fraccionamiento y devolucion de pagos indebidos y en exceso de multas administrativas y otros ingresos de la referida municipalidad, en coordinacion con la autoridad municipal. Articulo Segundo.- Celebracion del Convenio. Facultese a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Barranco para que en representacion de dicha municipalidad, celebre el Convenio de Cooperacion con el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, dentro de los terminos senalados en el Articulo 1º de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- Retribucion Economica. Fijese como retribucion economica por la prestacion de los servicios efectuados por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, el cinco por ciento (5%) del monto de lo recaudado efectivamente por dicha entidad. Articulo Cuarto.- Cargo al Presupuesto. La retribucion a que se refiere el articulo precedente se efectuara con cargo al Presupuesto Anual, autorizandose a la Alcaldesa a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias a efecto de dar cumplimiento a lo acordado. Articulo Quinto.- Facultad reglamentaria. Facultese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias pertinentes. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 4020

previa evaluacion e informe de la asistenta social se pueda conceder las exoneraciones solicitadas calificandolas como casos sociales; Visto el Informe Nº 45-99-OAT/MC, de la Oficina de Administracion Tributaria con la exposicion de motivos para la prorroga de la amnistia tributaria; Estando a lo expuesto y con las facultades que le confiere el Articulo 360º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 concordante con el Codigo Tributario, se aprobo con el MORDAZA unanime de los senores Regidores la siguiente: ORDENANZA PRORROGA DE LA AMNISTIA TRIBUTARIA Y EXONERACION DE PAGO DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y RELLENO SANITARIO POR CASOS SOCIALES Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 1999, el beneficio de amnistia tributaria establecido en el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 001-C/MC del 6 de enero de 1999, unica y exclusivamente para el Impuesto Predial y los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario. Articulo Segundo.- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 1999 el beneficio establecido en el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 001-99-C/MC referido a la reduccion del 50 por ciento del monto a pagar por concepto de multas administrativas impuestas al 31 de diciembre de 1998. Articulo Tercero.- Los contribuyentes que hayan fraccionado el pago de sus arbitrios e impuesto predial hasta el 31 de diciembre de 1998, y que no hayan podido cumplir con el pago de sus cuotas, podran solicitar un MORDAZA fraccionamiento por los saldos adeudados. Articulo Cuarto.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Resolucion de Alcaldia y previo informe de la Direccion de Administracion Tributaria e informe social, exonere del pago de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario, los casos de los contribuyentes debidamente justificados. POR TANTO: Mando que se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 3971

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Amplian plazo de Beneficio de Amnistia Tributaria otorgado a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 007-99-C/MC Comas, 27 de febrero de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION EXTRAORDINARIA DE LA FECHA; Y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 001-C/MC, de fecha 6 de enero de 1999, aprobo otorgar el beneficio de Amnistia Tributaria a los contribuyentes de la jurisdiccion; Que, dentro de su politica tributaria de otorgar el MORDAZA de facilidades a los contribuyentes y en virtud del pedido efectuado por los vecinos y a la masiva afluencia registrada en los ultimos dias al vencimiento de la amnistia tributaria; la administracion municipal, preocupandose por el bienestar de la comunidad de Comas ha considerado necesario prorrogar dicha amnistia; Que, asimismo, se vienen recibiendo numerosas solicitudes de exoneracion de pagos de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario de vecinos de condicion muy humilde, lo que amerita que

Destituyen a servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 217-99-A/MC Comas, 24 de marzo de 1999 Visto el Acta Nº 04-99 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 122-99-A/MC se resuelve instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor empleado nombrado don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por haber incurrido en actos irregulares en su calidad de registrador municipal de la Division de Registro Civil en terminos de haber inscrito erroneamente el acta de nacimiento correspondiente al menor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el MORDAZA nombre de la MORDAZA del inscrito lo cual esta tipificado como negligencia en el desempeno de sus funciones. Asimismo por los cargos que se imputan de la denuncia contenida en el expediente registrado con el numero 1164 suscrito por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien manifiesta que el servidor investigado no le extendio la MORDAZA

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