Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2000 (21/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
LEY Nº 27314

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"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2000 ANO XVIII - Nº 7333

CONGRESO DE LA REPUBLICA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY GENERAL DE RESIDUOS SOLIDOS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto La presente Ley establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los principios de minimizacion, prevencion de riesgos ambientales y proteccion de la salud y el bienestar de la persona humana. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion 2.1 La presente Ley se aplica a las actividades, procesos y operaciones de la gestion y manejo de residuos solidos, desde la generacion hasta su disposicion final, incluyendo las distintas MORDAZA de generacion de dichos residuos, en los sectores economicos, sociales y de la poblacion. Asimismo, comprende las actividades de internamiento y MORDAZA por el territorio nacional de residuos solidos. 2.2 No estan comprendidos en el ambito de esta Ley los residuos solidos de naturaleza radiactiva, cuyo control es de competencia del Instituto Peruano de Energia Nuclear, salvo en lo relativo a su internamiento al MORDAZA, el cual se rige por lo dispuesto en esta Ley. TITULO II GESTION AMBIENTAL DE RESIDUOS SOLIDOS CAPITULO I LINEAMIENTOS DE GESTION Articulo 3º.- Finalidad La gestion de los residuos solidos en el MORDAZA tiene como finalidad su manejo integral y sostenible, mediante la articulacion, integracion y compatibilizacion de las politicas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestion y el manejo de los residuos solidos, aplicando los lineamientos de politica que se establecen en el siguiente articulo. Articulo 4º.- Lineamientos de politica La presente Ley se enmarca dentro de la politica nacional ambiental y los principios establecidos en el

Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 613. La gestion y manejo de los residuos solidos se rige especialmente por los siguientes lineamientos de politica, que podran ser exigibles programaticamente, en funcion de las posibilidades tecnicas y economicas para alcanzar su cumplimiento: 1. Desarrollar acciones de educacion y capacitacion para una gestion de los residuos solidos eficiente, eficaz y sostenible. 2. Adoptar medidas de minimizacion de residuos solidos, a traves de la MORDAZA reduccion de sus volumenes de generacion y caracteristicas de peligrosidad. 3. Establecer un sistema de responsabilidad compartida y de manejo integral de los residuos solidos, desde la generacion hasta su disposicion final, a fin de evitar situaciones de riesgo e impactos negativos a la salud humana y el ambiente, sin perjuicio de las medidas tecnicamente necesarias para el mejor manejo de los residuos solidos peligrosos. 4. Adoptar medidas para que la contabilidad de las entidades que generan o manejan residuos solidos refleje adecuadamente el costo real total de la prevencion, control, fiscalizacion, recuperacion y compensacion que se derive del manejo de residuos solidos. 5. Desarrollar y usar tecnologias, metodos, practicas y procesos de produccion y comercializacion, que favorezcan la minimizacion o reaprovechamiento de los residuos solidos y su manejo adecuado. 6. Fomentar el reaprovechamiento de los residuos solidos y la adopcion complementaria de practicas de tratamiento y adecuada disposicion final. 7. Promover el manejo selectivo de los residuos solidos y admitir su manejo conjunto, cuando no se generen riesgos sanitarios o ambientales significativos. 8. Establecer acciones orientadas a recuperar las areas degradadas por la descarga inapropiada e incontrolada de los residuos solidos. 9. Promover la iniciativa y participacion activa de la poblacion, la sociedad civil organizada, y el sector privado en el manejo de los residuos solidos. 10. Fomentar la formalizacion de las personas o entidades que intervienen en el manejo de los residuos solidos. 11. Armonizar las politicas de ordenamiento territorial y las de gestion de residuos solidos, con el objeto de favorecer su manejo adecuado, asi como la identificacion de areas apropiadas para la localizacion de instalaciones de tratamiento, transferencia y disposicion final. 12. Fomentar la generacion, sistematizacion y difusion de informacion para la toma de decisiones y el mejoramiento del manejo de los residuos solidos. 13. Definir planes, programas, estrategias y acciones transectoriales para la gestion de residuos solidos, conjugando las variables economicas, sociales, culturales, tecnicas, sanitarias y ambientales. 14. Priorizar la prestacion privada de los servicios de residuos solidos, bajo criterios empresariales y de sostenibilidad. 15. Asegurar que las tasas o tarifas que se cobren por la prestacion de servicios de residuos solidos se fijan, en funcion de su costo real, calidad y eficiencia. 16. Establecer acciones destinadas a evitar la contaminacion del medio acuatico, eliminando el arrojo de residuos solidos en cuerpos o cursos de agua. Articulo 5º.- Competencias del CONAM El Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) debe:

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