Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2000 (21/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Que el Articulo 115º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94PE, establece que es causal de caducidad de la concesion, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento; Que a traves del Informe Nº 05-2000-PE/Dac-Control, del 5 de junio de 2000, la Direccion Nacional de Acuicultura informa que la Comunidad Campesina de Pomacocha no se encuentra realizando actividades de acuicultura en el area otorgada en concesion, incumpliendo los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento, por lo que, habiendo incurrido en la causal de caducidad prevista en la MORDAZA citada en el considerando precedente, resulta necesario declarar formalmente la caducidad de los derechos administrativos otorgados mediante la Resolucion Ministerial Nº 597-96PE; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Acuicultura y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad de la concesion para desarrollar la actividad de acuicultura otorgada a la COMUNIDAD CAMPESINA DE POMACOCHA mediante la Resolucion Ministerial Nº 597-96-PE, del 10 de diciembre de 1996; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA y a la Direccion General de Aguas y Suelos del INRENA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 8222

MORDAZA MORDAZA CURLETTI no ha concretado la reconstruccion de la infraestructura necesaria para desarrollar la actividad objeto de su autorizacion, encontrandose las instalaciones acuicolas semidestruidas, incumpliendo con los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento, por lo que habiendo incurrido en la causal de caducidad prevista en la MORDAZA citada en el considerando precedente, resulta necesario declarar formalmente la caducidad de los derechos administrativos otorgados mediante la Resolucion Ministerial Nº 154-96-PE; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Acuicultura, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad de la autorizacion otorgada para desarrollar la actividad de acuicultura al senor MORDAZA MORDAZA CURLETTI, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 154-96-PE del 13 de marzo de 1996, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA y a la Direccion General de Aguas y Suelos del INRENA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria 8223

Dejan sin efecto resolucion mediante la cual se otorgo a empresa licencia de operacion para procesamiento de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 202-2000-PE MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 343-94-PE del 23 de agosto de 1994, se otorgo a PESQUERA AQUARIUS S.R.Ltda. licencia de operacion para procesar recursos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado; Que por Resolucion Directoral Nº 053-2000-PE/DNPP del 15 de junio del 2000, se otorgo nueva licencia de operacion PESQUERA AQUARIUS S.R.Ltda., en la misma planta, con una capacidad mayor a la inicialmente autorizada; Que la resolucion citada en el considerando precedente ha MORDAZA los alcances de la Resolucion Ministerial Nº 343-94-PE, en ejercicio de las competencias establecidas en los Decretos Supremos Nº 010-97-PE y Nº 017-99-PE; Que, en tal virtud, es necesario establecer que la licencia de operacion otorgada inicialmente por Resolucion Ministerial Nº 343-94-PE ha sido sustituida por la Resolucion Directoral Nº 053-2000-PE/DNPP y que, por tanto, debe dejarse sin efecto la mencionada Resolucion Ministerial Nº 343-94-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Control de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 069-98-PE/DNPP-Dc del 26 de MORDAZA de 1998 y, con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica;

Declaran caducidad de autorizacion otorgada a persona natural para desarrollar actividad de acuicultura en el distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 201-2000-PE MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 154-96-PE, del 13 de marzo de 1996, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA CURLETTI, autorizacion para desarrollar la actividad de acuicultura de subsistencia y a menor escala, con la especie "Trucha arco iris" (Oncorhynchus mykiss), mediante la utilizacion de estanques de concreto, con un MORDAZA de agua de 281 m2, en el predio de su propiedad ubicado en el sector Marainioc, distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de Junin; Que el Articulo 115º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establece que es causal de caducidad de la autorizacion, el incumplimiento de los objetivos prefijados en el proyecto que motivo su otorgamiento; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que el senor

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