Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2000 (18/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

MORDAZA, sabado 18 de noviembre de 2000

NORMAS LEGALES

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INPE
Inician procedimiento disciplinario a servidor del Establecimiento Penitenciario La Capilla Juliaca, Direccion Regional Altiplano - MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 701-2000-INPE-P MORDAZA, 17 de noviembre de 2000 VISTO; el Informe Nº 091-2000-INPE-CPPAD, de fecha 10 de noviembre del 2000 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, a traves del Oficio Nº 2012-2000-INPE/ORH, de fecha 2 de octubre del 2000, se remitio el Informe Tecnico Nº 1082000-INPE-ORH/URD, sobre la falta administrativa disciplinaria cometida por el servidor del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad La Capilla Juliaca de la Direccion Regional Altiplano - MORDAZA, POLICARPIO MORDAZA YBARCENA, quien se desempenaba en el Area de Seguridad del Grupo Nº 01, por haber faltado injustificadamente del 7 al 9, del 22 al 27 y 31 del mes de mayo; el 1, 2, y del 21 al 23 del mes de junio; del 21 al 23 del mes de MORDAZA, dejando de registrar asistencia desde el 30 de MORDAZA hasta el 18 de agosto del 2000, segun el Informe Nº 02500-INPE-DRAP/PR.HH.; Que, de acuerdo a lo expuesto anteriormente, se advierte que el servidor POLICARPIO MORDAZA YBARCENA, quien segun el Oficio Nº 898-2000-INPE-ORH-URyD, desde el mes de octubre del 2000 se encuentra en situacion de inactivo, vulnero lo previsto en el Art. 10º del Cap. III del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia para los trabajadores del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado mediante la Resolucion de Presidencia Nº 503-98-INPE/CR-P e incumplio lo establecido en el inciso a) y c) del Art. 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 276, falta administrativa disciplinaria tipificada en el inciso k) del Art. 28º del acotado dispositivo legal; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 243-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al servidor del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad La Capilla Juliaca de la Direccion Regional Altiplano - MORDAZA, POLICARPIO MORDAZA YBARCENA, por los motivos expuestos en la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE o del Diario Oficial El Peruano, a efecto que el servidor presente su descargo en el termino de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 13188

VISTO, el Informe Nº 090-2000-INPE/CPPAD, de fecha 10 de noviembre de 2000 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia Nº 586-2000INPE-P de fecha 11 de octubre del 2000, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario contra la servidora de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en inasistencias injustificadas a su centro de labores; Que, de la evaluacion y analisis de los documentos existentes en auto, se advierte que pese haber transcurrido en exceso el plazo establecido en el Art. 169º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, para que la servidora de la Direccion Regional Oriente Pucallpa, MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA, presente su descargo ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, esta no ha hecho uso de su derecho de defensa, subsistiendo por consiguiente los cargos formulados en su contra, al haberse establecido que dicha servidora ha inasistido injustificadamente a su centro de labores desde el 31 de MORDAZA del presente ano a la actualidad, encontrandose en la condicion de inactiva, tal como se desprende del Oficio Nº 775-2000-INPEORH-UryD de fecha 28 de setiembre del 2000, emitido por el Jefe de la Unidad de Remuneraciones y Desplazamientos del INPE; por lo que dicha servidora se encuentra incursa en causal de abandono laboral; Que, ha quedado establecido que la servidora de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA, ha transgredido el Articulo 10º y 39º del Reglamento de Control de Asistencia y Puntualidad y Permanencia de los trabajadores del INPE, aprobado mediante RPCR Nº 503-98-INPE-CR-P, asi como el inciso c) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el inciso k) del Articulo 28º del acotado dispositivo Legal; Estando a lo Informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 243-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria de DESTITUCION a la servidora de la Direccion Regional Oriente Pucallpa, MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE, la presente Resolucion a traves de Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 13189

SUNARP
Aprueban el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Evaluacion de Personal de los Organos Desconcentrados de la SUNARP
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 234-2000-SUNARP/SN MORDAZA, 15 de noviembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 161-99-SUNARP, de fecha 10 de MORDAZA de 1999, se puso en vigencia el Reglamento de Evaluacion de Personal de los Organos Desconcentrados de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos;

Sancionan con destitucion a servidora de la Direccion Regional Oriente Pucallpa
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 702-2000-INPE-P MORDAZA, 17 de noviembre de 2000

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