Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2000 (18/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de noviembre de 2000

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes noviembre del ano dos mil. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 13227

Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, que establece que el concesionario podra transferir la concesion a otra persona juridica, comprendiendo todos los derechos y obligaciones del concesionario cedente, asi como la aplicacion de las modificaciones a la Ley del Impuesto a la Renta contenidas en la Ley Nº 27356; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.2 del Articulo 1º de la Ley Nº 27342 y en el numeral 1.2 del Articulo 1º de la Ley Nº 27343; y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autoricese el otorgamiento de la estabilidad tributaria en la suscripcion de los convenios de estabilidad juridica con el Estado, para las Concesiones de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate, de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa y de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao, no siendo de aplicacion para tales concesiones lo dispuesto en el numeral 1.1 del Articulo 1º de la Ley Nº 27342. Articulo 2º.- Autoricese el otorgamiento de la estabilidad impositiva en la suscripcion del contrato de licencia para la explotacion de gas natural en Camisea, lote 88, al MORDAZA de la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, y de acuerdo a lo dispuesto en dicha ley y en el Decreto Supremo Nº 32-95-EF y normas modificatorias y ampliatorias, no siendo de aplicacion para tal contrato lo dispuesto en el inciso a) del numeral 1.1 del Articulo 1º de la Ley Nº 27343. Articulo 3º.- Precisase que de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, el concesionario, con la autorizacion del Estado, podra transferir la concesion a otra persona juridica, comprendiendo todos los derechos y obligaciones del concesionario cedente, incluido el derecho a ceder su posicion contractual en los convenios de estabilidad juridica correspondientes, suscritos al MORDAZA de los Decretos Legislativos Nºs. 662 y 757 y normas modificatorias, siempre que cuenten para tal efecto con autorizacion previa de la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologia Extranjera - CONITE. La cesion a que se refiere el parrafo precedente debera ser comunicada por CONITE a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT dentro del plazo de quince dias habiles, computados a partir del dia siguiente de efectuada. Articulo 4º.- Las modificaciones efectuadas a la Ley del Impuesto a la Renta, contenidas en la Ley Nº 27356, no son de aplicacion a los convenios de estabilidad juridica suscritos hasta el 31 de diciembre del ano 2000, al MORDAZA de los Decretos Legislativos Nºs. 662 y 757 y normas modificatorias. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas, y regira a partir del dia de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de noviembre del ano dos mil. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho Presidencial MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA BOLONA BEHR Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 13228

PCM
Autorizan otorgamiento de estabilidad tributaria en convenios para concesiones de transporte y distribucion de gas natural por ductos y de estabilidad impositiva en contrato de licencia para explotacion de gas natural en Camisea
DECRETO SUPREMO Nº 030-2000-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27342 dispone en el numeral 1.2 de su Articulo 1º que mediante Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, se podra autorizar el otorgamiento de la estabilidad tributaria en la suscripcion de convenios de estabilidad juridica con el Estado, para las concesiones vinculadas al desarrollo del gas natural, no siendole de aplicacion lo dispuesto en el numeral 1.1 del mismo Articulo 1º; Que, la Ley Nº 27343 dispone en el numeral 1.2 de su Articulo 1º que mediante Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, se podra autorizar el otorgamiento de la estabilidad impositiva en la suscripcion de contratos con el Estado al MORDAZA de la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, para la exploracion y explotacion de gas natural, y de acuerdo a lo dispuesto en dicha ley y en el Decreto Supremo Nº 32-95-EF y normas modificatorias y ampliatorias, no siendole de aplicacion lo dispuesto en el inciso a) del numeral 1.1 del mencionado Articulo 1º; Que, mediante Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regula la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM se ha declarado de interes nacional la promocion de la inversion privada en el ambito de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 022-99 del 21 de MORDAZA de 1999 se declaro de necesidad e interes nacional, el desarrollo del Proyecto Camisea, el mismo que comprende las etapas de explotacion de gas natural, transporte por ductos de Camisea a la costa de gas natural y liquidos de gas natural y distribucion en MORDAZA y Callao de gas natural por red de ductos, bajo el ambito del Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 060-99-PE se constituye el Comite Especial Proyecto Camisea que llevara adelante el MORDAZA de promocion a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 022-99, designandose a sus miembros; Que, el Comite Especial Proyecto Camisea ha convocado a Concurso Publico Internacional para otorgar las Concesiones de Transporte de Gas Natural por ductos de Camisea al City Gate, de Transporte de Liquidos de Gas Natural por ductos de Camisea a la Costa y de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao, y a Concurso Publico Internacional para la Explotacion de Hidrocarburos en Camisea, lote 88, habiendose otorgado en ambos concursos la respectiva buena pro; Que, es conveniente precisar los alcances de lo dispuesto en el Articulo 34º del Texto Unico Ordenado aprobado por el

Encargan el despacho de la Presidencia de la Republica a Vicepresidente
RESOLUCION SUPREMA Nº 515-2000-PCM MORDAZA, 17 de noviembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Ing. MORDAZA Fujimori, Presidente de la Republica viajo al Sultanato de Brunei Darussalam y al Japon, a fin de participar en la VIII Cumbre de Lideres del Foro de Cooperacion Economica del MORDAZA MORDAZA (APEC) y sostener reuniones con las autoridades del gobierno del Japon;

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