Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2000 (18/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, lunes 18 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA SECRETARIA GENERAL RESOLUCION C.R. Nº 2686-2000-UNFV

Que la Presidenta de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, mediante Oficio Nº 027-2000-CPPAD-UNFV del 10.8.2000, remite la transcripcion del acuerdo adoptado por la citada Comision en Sesion del 4.8.2000, en el que concluyen que se ha acreditado la falta grave en la cual ha incurrido don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, prevista en el Articulo 28º incisos a), f) y h) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, en merito a lo actuado en el MORDAZA y al Informe Nº 403-00-OCJLUNFV, remitido por la Oficina Central Juridico Legal que manifiesta que el Decimo Noveno Juzgado Penal de MORDAZA, ha expedido sentencia en contra del citado servidor por el delito contra la Fe Publica (falsedad generica) y contra el Patrimonio (hurto sistematico), imponiendole una sancion de dos anos de pena privativa de MORDAZA con ejecucion condicional por un ano, estando acreditada la responsabilidad por los hechos materia del MORDAZA Que la mencionada Comision propuso se le aplique la sancion disciplinaria de Destitucion, prevista en el Articulo 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, por los hechos expuestos; y Que, si bien el procesado ya no labora en esta entidad por habersele resuelto su contrato, debe tenerse presente lo estipulado por el Articulo 175º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, que prescribe que estan comprendidos en el capitulo II de dicha normatividad referente al MORDAZA administrativo disciplinario, los funcionarios y servidores publicos contratados, en lo que les sea aplicable, aun en el caso que MORDAZA concluido su vinculo laboral con el Estado; Estando a lo acordado por la Comision Reorganizadora en Sesion Ordinaria Nº 500-2000-UNFV del 5.9.2000, haciendo uso de las atribuciones de las que esta investida y de conformidad con el D. Ley Nº 25798, R.S. Nº 524-92-PCM, Leyes Nºs. 26180, 26259, 26402, 26708, 26880, R.S. Nº 672-99-PCM, R.S. Nº 673-99PCM, R.S. Nº 120-2000-PCM, R.S. Nº 290-2000-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Destituir a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex servidor administrativo contratado por la Partida 01, por haber efectuado la sustraccion sistematica de las remuneraciones del personal administrativo, docente y cesante de esta MORDAZA Superior de Estudios, falta grave de caracter disciplinario previsto en el Articulo 28º incisos a), f) y h) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, concordante con el Articulo 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, debiendose publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente resolucion. Articulo Segundo.- La Oficina de Personal debera registrar la sancion en el legajo personal del ex servidor, de conformidad con el Articulo 160º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa. Articulo Tercero.- La Secretaria General de la Universidad notificara bajo cargo la presente resolucion. Articulo Cuarto.- El Vicerrector Administrativo asi como los Jefes de las Oficinas Centrales de Personal y de Planificacion, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector IBETT YULIANA MORDAZA MORDAZA Secretaria General 10689

San MORDAZA, 6 de setiembre de 2000 Visto el Proveido Nº 3385-2000-R-CR-UNFV del 15.8.2000 del Rectorado, mediante el cual remite el Oficio Nº 030-2000-CPPAD-UNFV del 10.8.2000 de la Presidenta de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, proponiendo la destitucion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor administrativo permanente (STA) de la Facultad de Ciencias Sociales de esta MORDAZA Superior de Estudios, por haber incurrido en abandono de trabajo; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion C.R. Nº 3551-99-UNFV del 8.9.1999, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al servidor administrativo permanente de la Facultad de Ciencias Sociales de esta MORDAZA Superior de Estudios, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (STA), por haber incurrido en abandono de trabajo al no haberse reincorporado a sus labores el 31.5.1999; Que la Presidenta de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, mediante Oficio Nº 030-2000CPPAD-UNFV del 10.8.2000, remite la transcripcion del acuerdo adoptado por la citada Comision en Sesion del 30.3.2000, en el que concluyen que se ha acreditado la falta grave en la cual ha incurrido don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, prevista en el Articulo 28º inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, al no haberse reincorporado a sus labores al 31.5.2000, luego de hacer uso de licencia de acuerdo al Oficio Nº 351-99-ORLP-OCP-UNFV de fecha 23.6.1999, remitido por la Oficina Central de Personal, y atendiendo que el procesado presento su renuncia con fecha 21.6.1999, es decir posterior a la fecha en que el Jefe Superior inmediato tuvo conocimiento de la falta disciplinaria cometida tal como lo establece el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta MORDAZA Superior de Estudios; Que, la mencionada Comision propuso se le aplique la sancion disciplinaria de Destitucion, prevista en el Articulo 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, por los hechos expuestos; y, Estando a lo acordado por la Comision Reorganizadora en Sesion Ordinaria Nº 500-2000-UNFV del 5.9.2000, haciendo uso de las atribuciones de las que esta investida y de conformidad con el D. Ley Nº 25798, R.S. Nº 524-92PCM, Leyes Nºs. 26180, 26259, 26402, 26708, 26880, R.S. Nº 672-99-PCM, R.S. Nº 673-99-PCM, R.S. Nº 120-2000PCM, R.S. Nº 290-2000-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Destituir a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor administrativo permanente (STA) de la Facultad de Ciencias Sociales de esta MORDAZA Superior de Estudios, por haber incurrido en abandono de trabajo, falta grave de caracter disciplinario previsto en el Articulo 28º inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, concordante con el Articulo 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, debiendose publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente resolucion. Articulo Segundo.- La Oficina de Personal debera registrar la sancion en el legajo personal del ex servidor, de conformidad con el Articulo 160º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa.

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