Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2001 (21/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 203088
N° DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO cion y traslado de especies).

NORMAS LEGALES
REQUISITOS PAGO DERECHOS TRAMITE CALIFICACION
EVALUACION

MORDAZA, lunes 21 de MORDAZA de 2001
PLAZO DEPENDEN- AUTORIDAD EN CIA INICIA QUE DIAS TRAMITE APRUEBA CALEND. TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO

AUT. POS. NEG.

3.- MORDAZA simple del documento que acredite la representacion legal, de ser el caso. 4.- MORDAZA simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5.- Dos ejemplares de Estudio de Impacto Ambiental (EIA), elaborado por una Consultora registrada y habilitada en el MIPE. 6.- Pago por derecho de tramite. 0.10 UIT 7.- Pago por servicios de Inspeccion Tecnica para la verificacion posterior de la implementacion de los EIA (2) 0.05 UIT 1.- Solicitud dirigida a la Direccion Nacional de Medio Ambiente 2.- Personas Naturales: MORDAZA simple de documento de identidad. Personas Juridicas: MORDAZA simple de la escritura de Constitucion Social inscrita en el Registro correspondiente. 3.- MORDAZA simple del documento que acredite la representacion legal, de ser el caso. 4.- MORDAZA simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5.- Dos ejemplares del Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) elaborado por una Consultora registrada y habilitada en el MIPE, en concordancia a la Guia Ambiental aprobada por Reso lucion Ministerial. 6.- Pago por derecho de tramite. 0.10 UIT 7.- Pago por servicios de Inspeccion Tecnica para la verificacion posterior de la implementacion del PAMA (2) 0.05 UIT 1.- Solicitud dirigida a la Direccion Nacional de Medio Ambiente 2.- Personas Naturales: MORDAZA simple de documento de identidad. Personas Juridicas: MORDAZA simple de la escritura de Constitucion Social inscrita en el Registro correspondiente. 3.- Declaracion de Impacto Ambiental segun Formato N° 25 (artesa nal), Formato N° 26 (micro y pequena empresa), Formato Nº 27 (acuicul. menor escala), 28 (repoblamiento) y Formato No. 29 (subsistencia). 4.- MORDAZA simple del Documento legal que acredite el derecho de propiedad o posesion del bien. 5.- MORDAZA simple del documento que acredite la representacion legal, de ser el caso. 6.- MORDAZA simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 7.- Pago por derecho de tramite. 0.10 UIT Artesanales/subsistencia : exonerados. 8.- Pago por servicios de Inspeccion Tecnica para verificacion poste rior de la implementacion de la DIA (2) Artesanales/subsistencia exonerados (3) 0.05 UIT 1.- Solicitud dirigida a la Direccion Nacional de Medio Ambiente 2.- Personas Naturales: MORDAZA simple de documento de identidad. Personas Juridicas: MORDAZA simple de la escritura de Constitucion Social inscrita en el Registro correspondiente. 3.- MORDAZA simple del documento que acredite la representacion legal, de ser el caso. 4.- MORDAZA simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5.- MORDAZA simple de la Licencia de Funcionamiento. 6.- Relacion de equipos e instrumentos para realizar el estudio 7.- Relacion de no menos de (5) cinco profesionales colegiados de diferentes especialidades y curriculum vitae. Acreditar experiencia no menor de dos (2) anos en la elaboracion de estudios ambientales. 8.- Pago por derecho de tramite. 1.- Solicitud dirigida a la Direccion Nacional de Medio Ambiente, acompanado del Formato N° 30. 2.- MORDAZA simple del documento de identidad. 3.- Certificado de calificacion de Inspector Ambiental de las activida des pesqueras, emitido por la autoridad ambiental competente. 4.- Curriculum Vitae (no documentado). 5.- Pago por derecho de tramite. 1.- Solicitud dirigida a la Direccion Nacional de Medio Ambiente 2.- Personas Naturales: MORDAZA simple de documento de identidad. Personas Juridicas: MORDAZA simple de la escritura de Constitucion Social inscrita en el Registro correspondiente. 3.- MORDAZA simple del documento que acredite la representacion legal, de ser el caso. 4.- MORDAZA simple del documento de identidad del representante legal, de ser el caso. 5.- Relacion de equipos e instrumentos para realizar el estudio (Solo si existen cambios). 6.- Relacion de no menos de (5) cinco profesionales colegiados de diferentes especialidades y curriculum vitae. (Solo si existen cambios). 7.- Pago por derecho de tramite.

TOTAL 0.15 UIT X 90 Of.de Admin. Documentaria MIPE DINAMA DINAMA DVM

b. Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) de las actividades pesqueras y acuicolas (nivel industrial y mayor escala).

TOTAL 0.15 UIT X 20 Of.de Admin. Document. MIPE DINAMA DINAMA DVM

c. Declaracion de Impacto Ambiental (DIA) para las actividades pesqueras y acuicolas. (Artesanales, subsistencia, Micro y Pequena Empresa, menor escala, repoblamiento, produccion de semillas e investigacion).

TOTAL 0.15 UIT 10 Of. de Admin. Documentaria MIPE DINAMA DINAMA DVM

52 Registro de consultores dedicados a la elaboracion de Estudios Ambientales (Vigencia 1 ano)

X

0.20 UIT Of. de Admin. Documentaria MIPE X DINAMA DINAMA DVM

53 Registro de Inspectores Ambientales para las actividades pesqueras.

0.20 UIT 10 Of. de Admin. Documentaria MIPE DINAMA DINAMA

54 Renovacion anual o actualizacion de inscripcion de Consultores dedicados a la elaboracion de Estudios Ambientales.

DVM X

0.10 UIT

NOTA: (1) (2)

GUIA AMBIENTAL, QUE SE APROBARA POR RESOLUCION MINISTERIAL. MONTO APLICABLE A MORDAZA - CALLAO POR DIA / INSPECTOR. SI LA INSPECCION SE EFECTUA FUERA DE MORDAZA Y CALLAO, EL INTERESADO DEBE, ADEMAS, SUFRAGAR LOS GASTOS DE TRASLADO, SI SE EFECTUARA DIA MORDAZA O FERIADO EL COSTO SE INCREMENTARA EN 50%. (3) SI LA VERIFICACION NO SE REALIZA POR CAUSA DE LOS USUARIOS, ESTOS DEBERAN ASUMIR EL PAGO DE DERECHOS DE TRAMITE, PARA LA NUEVA INSPECCION. (DIA) DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL PARA LAS ACTIVIDADES ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO 90° DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PESCA D.S N° 012-2001-PE. (EIA) ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PARA LAS ACTIVIDADES PESQUERAS SENALADAS EN EL ARTICULO 89° DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PESCA D.S N° 012-2001-PE (PAMA) PROGRAMA DE ADECUACION Y MANEJO AMBIENTAL

UNIDAD ORGANICA : SECRETARIA GENERAL
55 Acceso a la informacion que posean o produzcan las diversas Direcciones y Oficinas del Ministerio (*) 1.- Solicitud dirigida al Secretario General, especificando la informa cion exacta a la que desea acceder. 2.- Personas Naturales: MORDAZA simple de documento de identidad. Personas Juridicas: MORDAZA simple de la escritura de Constitucion Social inscrita en el Registro correspondiente. 3.- Pago por derecho de tramite 4.- Declaracion jurada comprometiendose a pagar el costo de la reproduccion o MORDAZA de la informacion. Of. Adm. Doc. del MIPE o Direccion Reg. de Pesqueria (**) 0,0083 UIT X 5 Secretaria General del MIPE o Direcccion Regional de Pesqueria

DVM

NOTA: (*) En caso de denegarse la solicitud por carecer de la informacion requerida, la autoridad esta obligada, ademas de poner en conocimiento del particular dicha circunstancia, a comunicar la ubicacion o destino de dicha informacion al solicitante siempre que este enterado de ella. (**) Las Direcciones Regionales de Pesqueria presataran el servicio en caso la informacion obre en poder de las mismas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.