Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2002 (29/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 29 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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k) Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Peru en materia de negociaciones comerciales internacionales, en el ambito de su competencia; l) Difundir y promover los aspectos vinculados a las negociaciones comerciales internacionales, en el ambito de su competencia; m) Proponer y evaluar las iniciativas politicas y tecnicas que resulten necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Consejo Nacional de Negociaciones Comerciales, relativos al ambito de su competencia; n) Expedir resoluciones directorales en las materias que le corresponda o le hayan sido delegadas; o) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Comercio Exterior; Articulo 44º.- La Direccion Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales esta a cargo de un Director Nacional que depende del Viceministro de Comercio Exterior. Articulo 45º.- La estructura de la Direccion Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, es la siguiente: * Direccion OMC. * Direccion ALCA. * Direccion APEC. DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO DE COMERCIO EXTERIOR Articulo 46º .- Corresponde a la Direccion Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior formular, coordinar y evaluar la politica de desarrollo de comercio exterior, en particular la politica de desarrollo de mercados, desarrollo de la oferta exportable y facilitacion del comercio exterior. La ejecucion de estas politicas en el ambito externo, se realizara en coordinacion y con el apoyo del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 47º .- Son funciones de la Direccion Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, las siguientes: a) Proponer, coordinar y evaluar la politica de desarrollo de mercados; b) Promover la coordinacion y fortalecimiento interinstitucional, asi como el dialogo entre los sectores publico y privado, buscando identificar e incursionar en mercados potenciales; c) Proponer, coordinar y evaluar la politica de desarrollo de la oferta exportable y contribuir a elevar la competitividad de los productos y servicios con potencial exportable; d) Establecer vinculacion con las organizaciones e instituciones representativas en materia de comercio exterior, nacionales y extranjeras a fin de propiciar acciones orientadas al incremento de la oferta exportable; e) Promover la inversion nacional y/o extranjera orientada al desarrollo de proyectos de exportacion, en coordinacion con las demas entidades competentes; f) Proponer mecanismos y estrategias para la promocion y competitividad de las exportaciones; g) Proponer mecanismos y estrategias para la facilitacion del comercio exterior. h) Formular y evaluar los mecanismos y estrategias para la creacion y/o consolidacion de MORDAZA de coordinacion con los operadores economicos nacionales vinculados al comercio exterior. i) Emitir resoluciones directorales en las materias que le corresponda o le hayan sido delegadas; j) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Comercio Exterior; Articulo 48º .- La Direccion Nacional de Desarrollo del Comercio Exterior esta a cargo de un Director Nacional que depende del Viceministro de Comercio Exterior. Articulo 49º .- La estructura de la Direccion Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, es la siguiente: * Direccion de Desarrollo de Mercados. * Direccion de Desarrollo de la Oferta Exportable. * Direccion de Facilitacion del Comercio.

DIRECCION NACIONAL DE DESCENTRALIZACION DE COMERCIO Y CULTURA EXPORTADORA Articulo 50º .- Corresponde a la Direccion Nacional de Descentralizacion de Comercio y Cultura Exportadora fomentar el comercio exterior de bienes y servicios y, en particular, las exportaciones, a traves de la promocion de la cultura exportadora en la ciudadania y los agentes economicos. Asimismo, coordina la elaboracion de planes regionales de desarrollo de comercio exterior. Articulo 51º .- Son funciones de la Direccion Nacional de Descentralizacion de Comercio y Cultura Exportadora, las siguientes: a) Coordinar la elaboracion de planes regionales de desarrollo de comercio exterior, conjuntamente las instituciones publicas y privadas regionales, asi como la supervision de la ejecucion de los mismos; b) Apoyar el desarrollo de mecanismos eficientes de coordinacion en materia de comercio exterior con las instituciones publicas y privadas regionales; c) Coordinar y evaluar, con las entidades o instituciones regionales correspondientes la generacion de potenciales productos y servicios de exportacion y otros aspectos vinculados al comercio exterior; d) Coordinar con las Direcciones Regionales los temas relacionados al comercio exterior; e) Proponer, coordinar, ejecutar y evaluar las acciones, mecanismos y estrategias vinculadas a la difusion de las disposiciones contenidas en los esquemas de integracion, cooperacion economica y social, regimenes de preferencia, acuerdos comerciales y de las negociaciones comerciales internacionales y, los demas temas vinculados al comercio, que permitan su mejor aprovechamiento; f) Desarrollar una cultura exportadora en la sociedad peruana, propiciando la competitividad, productividad, asociatividad y descentralizacion; g) Implementar programas de capacitacion y difusion conducentes a informar la tematica del comercio exterior; h) Emitir resoluciones directorales en las materias que le corresponda o le hayan sido delegadas; i) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Comercio Exterior. Articulo 52º .- La Direccion Nacional de Descentralizacion de Comercio y Cultura Exportadora esta a cargo de un Director Nacional que depende del Viceministro de Comercio Exterior. Articulo 53º .- La estructura de la Direccion Nacional de Descentralizacion de Comercio y Cultura Exportadora, es la siguiente: * Direccion de Descentralizacion de Comercio. * Direccion de Cultura Exportadora. TITULO IX DEL VICEMINISTERIO DE TURISMO Articulo 54º .- Corresponde al Viceministerio de Turismo, formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar la politica nacional de turismo y artesania asi como proponer y emitir segun el caso, las normas de alcance nacional que correspondan a la actividad turistica y artesanal, en coordinacion con los sectores e instituciones vinculadas a su ambito. Articulo 55º .- Son funciones del Viceministerio de Turismo, las siguientes: a) Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar la politica de desarrollo de la actividad turistica y artesanal; b) Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el Plan Estrategico de Turismo Sostenible; c) Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el Plan Estrategico para el desarrollo de la actividad artesanal; d) Formular y proponer politicas y normas para regular y supervisar el desarrollo de la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas; e) Dirigir y supervisar las actividades de los Proyectos correspondientes al ambito de su competencia;

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