Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2002 (29/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, jueves 29 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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m) Emitir opinion tecnica sobre otros asuntos inherentes a su competencia; n) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Turismo. Articulo 61º.- La Oficina General de Investigacion y Facilitacion Turistica esta a cargo de un Director General que depende directamente del Viceministro de Turismo CAPITULO III DEL ORGANO DE APOYO OFICINA TECNICA DE CENTROS DE INNOVACION TECNOLOGICA DE ARTESANIA Y TURISMO Articulo 62º.- La Oficina Tecnica de Centros de Innovacion Tecnologica de Artesania y Turismo, es un organo de apoyo del Viceministerio de Turismo, tiene las siguientes funciones: a) Promover el desarrollo de Centros de Innovacion Tecnologica artesanal y de turismo; b) Ejecutar acciones de monitoreo de los CITEs artesanales y de turismo y evaluar su impacto; c) Emitir el informe de evaluacion previa para la calificacion de los CITEs artesanales y de turismo; d) Contribuir a crear imagen de calidad del producto artesanal y turistico; e) Favorecer el ambiente tecnologico propicio para las inversiones y la asociatividad; f) Generar una cultura del diseno, la calidad, la productividad y la diferenciacion de productos artesanales; g) Difundir informacion tecnologica; h) Destinar recursos de financiamiento para fortalecer las inversiones de los CITEs; i) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Turismo. CAPITULO IV DE LOS ORGANOS TECNICO NORMATIVOS DIRECCION NACIONAL DE TURISMO Articulo 63º.- Corresponde a la Direccion Nacional de Turismo formular, proponer y supervisar las normas generales de alcance nacional que regulan y controlan la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas; asi como ejecutar la politica nacional de turismo sostenible en materia ambiental. Articulo 64º.- Son funciones de la Direccion Nacional de Turismo las siguientes: a) Expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas; b) Expedir directivas de obligatorio cumplimiento, para la mejor aplicacion de las normas vigentes; c) Expedir y revocar autorizaciones para la importacion de juegos de casino, maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura de programas de juego para maquinas tragamonedas; d) Organizar un Registro de las personas que cuentan con autorizacion para la importacion de juegos de casino, maquinas tragamonedas y/o memorias de solo lectura de programas de juego para maquinas tragamonedas; e) Designar a los inspectores de juego y disponer la realizacion de visitas de fiscalizacion; f) Solicitar documentacion contable y otros documentos vinculados a la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas guardando, bajo responsabilidad, reserva de su contenido; g) Solicitar los informes y comprobaciones que considere necesario en resguardo del interes publico; h) Aplicar sanciones de acuerdo a lo establecido en las normas vigentes; i) Clausurar aquellas MORDAZA que no cuenten con autorizacion expresa, pudiendo requerir el apoyo de la autoridad policial; j) Proceder a inmovilizar y precintar aquellas maquinas tragamonedas que no cuentan con la autorizacion expresa o que se estime de dudosa procedencia hasta que se culmine la investigacion respectiva;

k) Proceder al comiso de aquellos juegos de casino y maquinas tragamonedas que no reunan las caracteristicas tecnicas senaladas en la legislacion vigente o que MORDAZA operadas en establecimientos que no cuenten con autorizacion expresa, pudiendo requerir el apoyo de la autoridad policial; l) Proceder a la destruccion de juegos de casino y/o maquinas tragamonedas decomisados, en los casos en que corresponda; m) Resolver en primera instancia los recursos impugnatorios; n) Absolver las consultas de caracter general que sobre la interpretacion de las normas administrativas se aplique en cumplimiento de su labor; o) Celebrar convenios con la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) para el mejor desempeno de las funciones del mencionado organismo; p) Proponer la politica nacional de turismo sostenible en materia ambiental; q) Formular, coordinar, proponer y evaluar normas ambientales y de preservacion de los recursos culturales y naturales compatibles con el desarrollo de la actividad turistica; r) Coordinar y participar en los protocolos y convenios internacionales en materia de medio ambiente; s) Asistir por encargo o delegacion en representacion del Sector a los eventos nacionales e internacionales vinculados a los asuntos materia de su competencia; t) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Turismo, y las establecidas en la Ley Nº 27153, su reglamento y normas modificatorias, complementarias y conexas. Articulo 65º .- La Direccion Nacional de Turismo esta a cargo de un Director Nacional quien depende del Viceministro de Turismo. Articulo 66º.- La estructura organica de la Direccion Nacional de Turismo es la siguiente: * Direccion de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas. * Direccion de Medio Ambiente y Sostenibilidad Turistica. DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO TURISTICO Articulo 67º .- Corresponde a la Direccion Nacional de Desarrollo Turistico ejecutar la politica nacional de desarrollo de la actividad turistica; formular las normas reglamentarias de la actividad turistica y emitir Directivas, supervisando su cumplimiento. Asimismo propiciar el desarrollo de los productos turisticos, las inversiones, procurando mejorar la calidad de los servicios turisticos. Articulo 68º .- Son funciones de la Direccion Nacional de Desarrollo Turistico las siguientes: a) Ejecutar la politica nacional de desarrollo de la actividad turistica; b) Proponer y aplicar normas reglamentarias que correspondan a la actividad turistica; c) Proponer planes para el desarrollo de los recursos turisticos, a fin de convertirlos en productos turisticos; d) Promover el desarrollo de la inversion privada en la actividad turistica; e) Promover la declaracion de Zonas de Desarrollo Turistico Prioritario y Zonas de Reserva Turistica; f) Promover la creacion de circuitos turisticos que involucren a la actividad artesanal, en coordinacion con la Direccion Nacional de Artesania. g) Expedir Resoluciones Directorales en las materias de su competencia, y en las que le hayan sido delegadas; h) Emitir Directivas para la mejor aplicacion de las normas y reglamentos del Sector; i) Sancionar a los prestadores de servicios turisticos que incumplan con las disposiciones de las normas y reglamentos del Sector; j) Emitir opinion para el otorgamiento de la concesion de MORDAZA de agua minero medicinales de uso turistico; k) Designar a los Calificadores de Establecimientos de Hospedaje; l) Emitir opinion sobre asuntos de turismo en los foros internacionales y los esquemas de integracion;

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