Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2002 (06/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 6 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DIRECTORAL Nº 058-2002-PE/DNEPP

cuentra consignada en los Listados Oficiales aprobados por Resoluciones Ministeriales Nºs. 339-2001-PE y 3402001-PE con 110.94 m3 de capacidad bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgadas (38mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, y con derecho de sustitucion; Que mediante los escritos del visto, la recurrente en su condicion de titular del permiso de pesca indicado, y con la conformidad del Banco MORDAZA MORDAZA, propietario de la embarcacion segun el certificado compendioso de dominio, modificando sus petitorios acumulados iniciales de autorizacion de incremento de flota y permiso de pesca en uno solo, solicita autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion siniestrada "LIVIA I" con matricula cancelada Nº CE4084-PM, para la construccion de una embarcacion pesquera de 110.94 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Estando en parte a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante los informes Nºs. 5002001-PE/Dap y 011-2002-PE/Dap, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a PESQUERA MORDAZA S.R.L autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de la embarcacion siniestrada "LIVIA I" con matricula cancelada Nº CE-4084-PM, para la construccion de una embarcacion pesquera de 110.94 m3 de volumen de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada por la presente Resolucion tendra vigencia por un plazo de dieciocho (18) meses, debiendo solicitarse dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses de vencido este el permiso de pesca respectivo. Vencidos cualquiera de los plazos indicados la autorizacion caducara de pleno derecho en caso de no haberse ejecutado o solicitado el permiso de pesca correspondiente, sin que sea necesario para ello el pronunciamiento o la notificacion por parte del Ministerio de Pesqueria. Asimismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion excediendo la capacidad de bodega autorizada o con caracteristicas diferentes a las que la sustentaron. Articulo 3º.- Dejar sin efecto el permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 163-95-PE, modificada en su titularidad por Resolucion Ministerial Nº 42096-PE, para operar la embarcacion "LIVIA I" (ex "SAMASA 4") con matricula cancelada Nº CE-4084-PM. Articulo 4º.- Excluir a la embarcacion pesquera "LIVIA I" (ex "SAMASA 4") con matricula cancelada Nº CE-4084PM. del literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 339-2001-PE y del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 340-2001-PE Articulo 5º.- Incluir la presente autorizacion de incremento de flota en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 339-2001-PE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero. 4375

MORDAZA, 21 de febrero del 2002 Visto los escritos con Registro Nº CE-00044002 del 8 y 12 de febrero del 2001, presentados por MORDAZA MORDAZA CORP S.A.C, PESQUERA MORDAZA S.A. y CORPORACION MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con la autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria, en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos, y tratandose de embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, solo se otorgara siempre que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente; Que por Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE del 23 de setiembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otros, a MORDAZA MORDAZA BIANCHI de QUEIROLO e hijos, para operar la embarcacion pesquera denominada "CAMANA" con matricula Nº CO-3975-CM, de 103.12 m3 de volumen de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 503-97-PE del 3 de octubre de 1997 se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA QUEREVALU ZETA, para operar la embarcacion pesquera denominada "LOURDES I ", de matricula Nº PS-5035-PM, con 110.67 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que por Resolucion Ministerial Nº 650-97-PE del 27 de octubre de 1997 se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a don MORDAZA MORDAZA VERGARAY MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera denominada "MARIA DEL MORDAZA I " con matricula Nº CE0249-BM, con 35.75 m3 de volumen de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que por Resolucion Ministerial Nº 280-2000-PE, del 24 de octubre del 2000, el Ministerio de Pesqueria publico los saldos de capacidad de bodega, con acceso a los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, correspondientes a 61.41 m3, los cuales fueron reservados a favor de CORPORACION MORDAZA S.A. por las Resoluciones Ministeriales Nºs 336-99-PE, 232-98-PE y 255-98-PE y la Resolucion Directoral Nº 388-98-PE/DNE; Que mediante los escritos del visto, MORDAZA MORDAZA CORP S.A.C. en su condicion de asociante en el contrato de Asociacion en Participacion celebrado con los asociados PESQUERA MORDAZA S.A. y CORPORACION MORDAZA S.A., solicita autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de las embarcaciones pesqueras operativas "CAMANA", con matricula Nº CO-3975-CM de 103.12 m3 de capacidad de bodega y "MARIA DEL MORDAZA I" con matricula Nº CE-0249-BM, de 35.75 m3 de capacidad de bodega, asimismo, de la embarcacion pesquera "LOURDES I", de matricula Nº PS-54035-PM, con 110.67 m3 de capacidad de bodega, siniestrada con perdida total y de los saldos de capacidad de bodega publicados por la Resolucion Ministerial Nº 280-2000-PE y reservados a favor de CORPORACION MORDAZA S.A. correspondientes a 61.41 m3, para construir tres (3) embarcaciones pesqueras una de 110.95 m3 y dos de 100.00 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion a bordo CSW cada una, con acceso a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano directo e indirecto; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente administrativo se ha determinado, que MORDAZA MORDAZA CORP S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos previstos en el Procedimiento Nº 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE, asi como, la recurrente ha presentado para ser materia de sustitucion tres (3) embarcaciones pesqueras, cada una con derecho a sustitucion y con permiso de pesca para operar en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto y 61.41 m3 de saldos de capacidad de bodega, con acceso

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