Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2002 (06/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 6 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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Que por Resolucion Directoral Nº 109-2000-PE/DNPP del 20 de octubre del 2000 se otorgo a COMPANEX PERU E.I.R.L. licencia para la operacion de su planta de enlatado de productos hidrobiologicos con una capacidad instalada de 480 cajas/turno; asimismo se otorgo autorizacion para incrementar la capacidad instalada de su planta de enlatado y para la instalacion de una planta de harina de pescado residual de caracter accesorio y de uso exclusivo para el procesamiento de residuos de pescado y especies desechadas y/o descartadas provenientes de su actividad de enlatado, en su establecimiento industrial ubicado en Mza. "O", lotes 4 y 5, Lotizacion Industrial MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con las capacidades proyectadas de 480 a 4 800 cajas/turno y 10 t/h, respectivamente; Que mediante los escritos del visto, la recurrente solicita al Ministerio de Pesqueria que se le otorgue la licencia de operacion de su planta de enlatado y la renovacion del plazo de autorizacion para la instalacion de su planta de harina de pescado residual; Que en la inspeccion tecnica efectuada al establecimiento industrial pesquero de COMPANEX PERU E.I.R.L. se ha constatado que en dicho establecimiento tiene instalada una planta de enlatado de productos hidrobiologicos en estado operativo y una planta de harina de pescado residual en MORDAZA de instalacion, con un avance de inversion sustantiva superior al 50% del proyecto aprobado; Que la Direccion Nacional de Medio Ambiente mediante MORDAZA de Verificacion Nº 007-2001-PE/DINAMA del 17 de junio del 2001, senala que COMPANEX PERU E.I.R.L., ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion aprobadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de enlatado, para la ampliacion de la capacidad de su planta a 4 800 cajas/turno, ubicada en el distrito de MORDAZA Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 5942001-PE/DNEPP-Dap, que sustenta la procedencia tecnica de lo solicitado y senala que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los procedimientos Nºs. 26 y 28, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y, con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en los Articulos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca; los Articulos 49º, 52º numeral 52.1, 53º numeral 53.1 y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y del Decreto Supremo Nº 0202001-PE; En uso de las facultades conferidas mediante el Articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a COMPANEX PERU E.I.R.L., licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos para el consumo humano directo, a traves de su planta de enlatado: lineas de cocido y crudo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la esquina del Jr. MORDAZA con Av. Brasil, Mz. "O", Lotes 4 y 5, Lotizacion Industrial MORDAZA MORDAZA, distrito MORDAZA Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con una capacidad total instalada de 3 495 cajas/turno, distribuida en las lineas de produccion de: Linea de cocido : 1 600 cajas/turno Linea de crudo : 1 895 cajas/turno Articulo 2º.- COMPANEX PERU E.I.R.L., debera operar su planta de enlatado con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion de medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como debera poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion de Medio Ambiente, segun se senala en la MORDAZA de Verificacion Nº 007-2001-PE/DINAMA de 17 de MORDAZA del 2001. Articulo 3º.- Renovar por una sola vez y por el termino de un (1) ano calendario, el plazo senalado por el Articulo 4º de la Resolucion Directoral Nº 109-2000-PE/DNPP del 20 de octubre del 2000, contado a partir de la vigencia de

la presente Resolucion, a fin de que COMPANEX PERU E.I.R.L., concluya con la instalacion y equipamiento de su planta de harina de pescado residual, en su establecimiento industrial pesquero senalado en el Articulo Primero. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en los Articulos 2º y 3º sera causal de caducidad de los derechos otorgados o de las sanciones, segun corresponda. Articulo 5º.- Modificar en el extremo referido a su capacidad en el Anexo I, "Plantas de Procesamiento Pesquero Enlatado" de la Resolucion Ministerial Nº 023-2001PE, a la planta de enlatado de la citada empresa. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria de Ancash. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 4380

PROMUDEH
Exoneran de MORDAZA de adjudicacion directa publica la contratacion de servicios de publicidad con motivo de la celebracion del Dia Internacional de la Mujer
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 157-2002-PROMUDEH
MORDAZA, 5 de marzo de 2002 Vistos el Oficio Nº 021-2002-PROMUDEH/GGA-OGC de la Oficina General de Comunicaciones y los Informes Nº 002-2002-PROMUDEH/OGAR-OL y Nº 051-2002-PROMUDEH/OGAJ de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion de Recursos y la Oficina General de Asesoria Juridica respectivamente; CONSIDERANDO: Que es funcion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otras, promover, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las politicas, planes, programas y proyectos con enfoque de genero que permitan habilitar y mejorar la calidad de MORDAZA de las mujeres, en especial de aquellas que se encuentran en situacion de extrema pobreza o vulnerabilidad, encontrandose entre los objetivos planteados el dar a conocer publicamente el compromiso del PROMUDEH en la lucha contra la discriminacion; Que a efectos de asegurar el logro de los objetivos planteados y el impacto en el publico objetivo se ha visto por conveniente la realizacion de un spot publicitario para su difusion a traves de los medios de comunicacion televisiva, radial y escrita con motivo de la celebracion del Dia Internacional de la Mujer a celebrarse el 8 de marzo, resultando necesario en consecuencia la contratacion de los servicios de publicidad necesarios que garanticen un efectivo logro de los objetivos propuestos en forma oportuna; Que conforme a lo dispuesto por el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordado con el Articulo 111º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 071-2001PCM, la Entidad puede exonerar de los procesos de seleccion correspondientes a las contrataciones por Servicios Personalisimos, encontrandose expresamente incluidos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que en consecuencia estando a lo informado por las Oficinas Generales de Comunicaciones y de Asesoria Juridica asi como por la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion de Recursos mediante los documentos de vistos, resulta necesario autorizar la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica con el objeto de contratar los servicios de publicidad necesarios cuyo valor estimado asciende a la canti-

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