Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2003 (11/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Autorizan contratacion de servicios personalisimos de profesionales para prestar servicios como procuradores adjuntos del Procurador Ad Hoc del FONCODES
FONDO NACIONAL DE COMPENSACION Y DESARROLLO SOCIAL RESOLUCION DE LA DIRECCION EJECUTIVA Nº 052-2003-FONCODES/DE
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2003 VISTOS: El Memorando Nº 115-2003-FONCODES/PPAH de fecha 6 de marzo de 2003, Informe Nº 052-2003FONCODES/GPyS de fecha 24 de marzo de 2003 e Informe Legal Nº 079-2003-FONCODES/GAL de fecha 26 de marzo de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que dentro de los tres (3) meses posteriores al vencimiento del plazo contractual, la Entidad podra adquirir o contratar complementariamente con el mismo contratista bienes y servicios, por unica vez y en tanto se realice el MORDAZA de seleccion que corresponda, hasta por un MORDAZA de treinta por ciento (30%) adicional al monto del contrato original, siempre que se trate del mismo bien o servicio y el contratista preserve las condiciones que dieron lugar a la adquisicion o contratacion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 165-2001JUS publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de MORDAZA de 2001, se designo a los doctores MORDAZA Narcizo Chac y MORDAZA MORDAZA Steer Polack como Procuradores Adjuntos del Procurador Ad Hoc de la Institucion designado por Resolucion Suprema Nº 003-2001JUS; Que, mediante Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 056-2002-FONCODES/DE de fecha 5 de marzo de 2002, y en virtud de lo dispuesto en el inciso h) del articulo 19º y el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y articulos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, se aprobo la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion de los servicios personalisimos de los doctores MORDAZA Narcizo Chac y MORDAZA MORDAZA Steer Polack, a efectos brinden sus servicios como Procuradores Adjuntos del Procurador Ad Hoc de FONCODES, por el periodo comprendido del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2002, y por el monto de S/. 62,000.00 por cada uno; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolucion MORDAZA senalada, mediante Contratos de Locacion de Servicios Nºs. 309 y 310-2002-FONCODES, respectivamente, FONCODES contrato los servicios de los doctores MORDAZA Narcizo Chac y MORDAZA MORDAZA Steer Polack, hasta el 31 de diciembre de 2002; Que, mediante Resolucion de la Direccion Ejecutiva Nº 271-2002-FONCODES/DE de fecha 31 de diciembre de 2002, se autorizo las prorrogas de los Contratos indicados en el considerando precedente, hasta el 31 de marzo de 2003, habiendose formalizado la prorroga a traves de los Addendums Nºs. 01 a los Contratos de Locacion de Servicios Nºs. 309 y 310-2002-FONCODES, MORDAZA de fecha 31 de diciembre de 2002, y por la suma de S/. 18,000.00 por cada uno; Que, mediante Memorando Nº 115-2003-FONCODES/PPAH del vistos, se solicita contratar complementariamente los servicios personalisimos de los doctores MORDAZA Narcizo Chac y MORDAZA MORDAZA Steer Polack, por subsistir las razones que dieron lugar a la contratacion original y mientras se realice el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, mediante Informe Nº 052-2003-FONCODES/ GPyS del Vistos, la Gerencia de Planeamiento y Sistemas manifiesta que la disponibilidad presupuestal para la contratacion complementaria de los servicios perso-

nalisimos de los doctores MORDAZA Narcizo Chac y MORDAZA MORDAZA Steer Polack, es por la suma de S/. 18,000.00 por cada uno; Que, mediante Informe Legal Nº 079-2003-FONCODES/GAL del vistos, la Gerencia de Asesoria Legal opina que es procedente desde el punto de vista legal, la contratacion complementaria solicitada; Que, existiendo las razones que merituaron la contratacion de los mencionados profesionales y la necesidad de continuar con los servicios, es procedente autorizar, mediante el mismo acto administrativo, la contratacion complementaria de los servicios personalisimos de los doctores MORDAZA Narcizo Chac y MORDAZA MORDAZA Steer Polack, por el periodo MORDAZA de tres (3) meses, y hasta por el monto MORDAZA de S/. 18,000.00 por cada uno, el mismo que no supera el porcentaje permitido por ley, manteniendose en todo caso las condiciones estipuladas en los referidos Contratos originales; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Sistemas, Gerencia de Asesoria Legal, y Subgerencia de Logistica; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, y literal n) del articulo 24º del Estatuto de FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 05793-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la contratacion complementaria de los servicios personalisimos de los doctores MORDAZA Narcizo Chac y MORDAZA MORDAZA Steer Polack, por el periodo MORDAZA de tres (3) meses, y hasta por el monto MORDAZA de S/. 18,000.00 por cada uno, el mismo que no supera el 30% del monto total de la contratacion original, manteniendose en todo caso las condiciones estipuladas en los referidos Contratos. Articulo 2º.- La contratacion complementaria referida en el articulo primero de la presente Resolucion, se efectuara con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Articulo 3º.- Encargar a la Subgerencia de Logistica de realizar las acciones inmediatas para la formalizacion de la contratacion complementaria a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas a traves de la Subgerencia de Logistica, efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de su emision, y asimismo, remita una MORDAZA de la misma y de los informes que sustentan esta resolucion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su emision, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el articulo 115º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LICERAS Director Ejecutivo 07013

PRODUCE
Declaran improcedente reconsideracion interpuesta por asociacion contra la R.M. Nº 142-2002-PRODUCE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 123-2003-PRODUCE
MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2003 Visto el escrito con Registro Nº 03266003 de fecha 11 de noviembre de 2002, presentado por ASOCIACION SINDICATO UNICO DE EXTRACTORES DE MARISCOS DE LA CALETA MORDAZA GRANDE - MORDAZA, me-

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