Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2003 (11/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2003

Convocan a concurso publico para seleccionar profesionales que desempenaran cargos de Directores Regionales Sectoriales
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 000268-2003/REGION-TUMBES-P Tumbes, 28 de marzo del 2003 VISTO; la necesidad perentoria de convocar, en coordinacion con el Gobierno Nacional, al Concurso de Seleccion para designar a los nuevos Directores Regionales Sectoriales de la Region Tumbes; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Directores Regionales son responsables de la implementacion y ejecucion de las politicas nacionales sectoriales y de las politicas regionales sectoriales en el ambito regional. Estan bajo la Direccion del Sector y de la Gerencia Regional correspondiente, respectivamente, y su seleccion se MORDAZA previo Concurso Publico convocado por los Gobiernos Regionales en coordinacion con el Gobierno Nacional, de acuerdo a los lineamientos generales elaborados por el Consejo Nacional de Descentralizacion, a efectos de garantizar la neutralidad del procedimiento y la seleccion tecnica del personal, asi como mecanismos de supervision y evaluacion permanente que debera aplicar el Gobierno Regional al Director Regional Sectorial en el desempeno de la funcion; Que, con fecha 27 de febrero del 2003, el Consejo Nacional de Descentralizacion, modifico los numerales 5.3.1 y 5.3.2 de la Directiva Nº 001-CND-P-2003 - "Lineamientos Generales para el Concurso Publico de Seleccion de Directores Regionales Sectoriales", aprobada mediante Resolucion Presidencial Nº 012-CND-P-2003 publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 31 de enero de 2003; Que, el dispositivo MORDAZA glosado modifica el numeral 5.3.1. de la Directiva Nº 001-CND-P-2003, establece que el Concurso Publico de Seleccion de Directores Regionales Sectoriales, es convocado por los Gobiernos Regionales en coordinacion con el Gobierno Nacional, y que la convocatoria se efectuara dentro de los sesenta (60) dias habiles siguientes a la publicacion de dicha Directiva efectuada el 27 de febrero del 2003, y que se convocara por Resolucion Ejecutiva Regional publicada, por lo menos, en un diario de circulacion regional, pudiendo, de considerarse conveniente, emplearse cualquier otro medio; Que, la Gerencia General Regional, ha elaborado el texto de la Convocatoria y el Reglamento o Bases del Concurso de Seleccion Nº 002-2003-GGR-P-GOBIERNO REGIONAL TUMBES, para seleccionar a los Directores Regionales mencionados en el articulo precedente, que de conformidad con los principios rectores de las politicas y la gestion regional, de participacion, transparencia, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, concordancia, especializacion, competitividad e integracion, a que se refiere el articulo 8º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, deben aprobarse; Que, en ese orden de cosas, y con el Visto MORDAZA de la Gerencia General Regional, Direccion General de Asesoria Juridica, Direccion General de Administracion y Secretaria General Regional; RESUELVE: Articulo Primero.- CONVOCAR, en coordinacion con el Gobierno Nacional, al Concurso Publico de Seleccion Nº 002-2003-GGR-P-GOBIERNO REGIONAL TUMBES, para seleccionar a los profesionales que se desempenaran en los cargos de Directores Regionales Sectoriales de Comercio Exterior y Turismo, Educacion, Vivienda, Construccion y Saneamiento, Agricultura, Transportes y Comunicaciones, Trabajo y Promocion del Empleo, Ener-

gia y Minas, Produccion y Salud, del Gobierno Regional de Tumbes. Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento o Bases del Concurso Publico de Seleccion Nº 002-2003GGR-P-GOBIERNO REGIONAL TUMBES, para seleccionar a los profesionales que se desempenaran en los cargos de Directores Regionales Sectoriales de Comercio Exterior y Turismo, Educacion, Vivienda, Construccion y Saneamiento, Agricultura, Transportes y Comunicaciones, Trabajo y Promocion del Empleo, Energia y Minas, Produccion, y Salud del Gobierno Regional de Tumbes, que forman parte de la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 07110

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican resolucion de la Municipalidad Distrital de Ate que da por cumplida la etapa de habilitacion MORDAZA nueva del "Programa de Vivienda MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Clara"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 19611 MORDAZA, 19 de diciembre de 2002 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA VISTOS; los Expedientes Nºs. 405896-94 y 60992996 y el Codificado Nº 55231-2002, mediante el cual, la Municipalidad Distrital de Ate solicita la ratificacion de la Resolucion de Alcaldia Nº 1169, expedida con fecha 16 de noviembre de 2001, en el tramite promovido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA FRANCIA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1169, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate, con fecha 16 de noviembre de 2001, resuelve dar por cumplida la Etapa de Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", de conformidad con el Plano signado con el Nº 013-01-UTHU-SDACRyHU-DGU/MDA del "PROGRAMA DE VIVIENDA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA CLARA", constituido por el terreno de 24,630.00 m², ubicado en el lote 83-C de la lotizacion del fundo "La Estrella", ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, con Informes Nºs. 222 y 245-2002-MMLDMDU-DHU-DRD, de fecha 20 de setiembre y 10 de octubre de 2002, respectivamente, se senala que el Certificado de Zonificacion y Vias Nº 45-2000-MMLDMDU-OPDM, del 7 de MORDAZA de 2000, califica al referido terreno con zonificacion Residencial de Densidad Media "R-4" y Area de Estructuracion MORDAZA I - Area de Caracteristicas Especiales; asimismo, se indica que el mismo se encuentra afecto solo por la avenida MORDAZA A. MORDAZA calificada como Via Local; coincidiendo con el Proyecto propuesto; Que, con Informe Nº 260-2002-MML-DMDU-DHUAL, de fecha 14 de octubre de 2001, se establece que en el caso de autos es de aplicacion, en lo que respecta a los aportes reglamentarios, el Reglamento Nacional de Construcciones, por haberse iniciado el procedimiento principal con anterioridad a la vigencia de la Ordenanza Nº 292; Que, mediante Acuerdo Nº 02, tomado en Sesion Nº 022-2002, de fecha 21 de octubre de 2002, la Comi-

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