Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2003 (18/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 18 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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vos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes contra el Capitan Medico Asimilado PNP (C) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por el Residentado Medico que realizo en la Especialidad de Patologia, desde el 1.JUN.95 hasta el 31.MAY.98, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, los antecedentes y actuados del caso para los fines a que se contrae el articulo anterior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 07788

Nº 43-2002-DIRLOG-PNP/DIVINFRA-OAJ de 18 de octubre de 2002; Lo propuesto por el General Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado inicie las acciones judiciales que correspondan contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA a efectos de lograr la recuperacion del area de tres mil metros cuadrados (3,000.00 m2), conformante del terreno de mayor extension de cien hectareas (100.00 Has), ubicado en el Kilometro 971-973 de la carretera Panamericana Sur, distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, todos los actuados para los fines a que se contrae el articulo anterior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 07762

Autorizan a procurador interponer acciones legales para recuperar terreno ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0549-2003-IN/PNP
MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2003 VISTO, el expediente administrativo relacionado con la denuncia por presento delito de Usurpacion cometido por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en agravio del Estado-PNP, al haberse apropiado ilicitamente de un area aproximada de tres mil metros cuadrados (3,000.00 m2), de un terreno que forma parte de otro de mayor extension de cien hectareas (100.00 Has) de propiedad del Estado-Policia Nacional del Peru; CONSIDERANDO: Que, mediante R.S. Nº 019-84-VI-5600 de 26 de enero de 1984, el Estado Peruano afecto en uso a favor de la ex MORDAZA Republicana del Peru, hoy Policia Nacional del Peru, un terreno de cien hectareas (100.00 Has), ubicado entre los Kilometros 971-973 de la carretera Panamericana Sur, distrito de La Joya, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Registral Nº 11343 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, destinado a la creacion de un Centro de Remonta para atender el abastecimiento de los diferentes destacamentos policiales de MORDAZA, MORDAZA y Tacna; Que, mediante Atestado Nº 288-2002-XI-RPNP/DIVSEG-SASIE de 16 de MORDAZA de 2002, la Division de Asuntos Sociales e Investigaciones Especiales de la XI-RPNP-AREQUIPA, denuncio ante la Fiscalia Provincial en lo Penal de MORDAZA, por el presunto delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpacion en agravio del Estado, a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber ocupado ilicitamente un area aproximada de tres mil metros cuadrados (3,000.00 m2) del terreno de mayor extension descrito en el considerando anterior, desde aproximadamente el 1991, fecha en que supuestamente tomo posesion del terreno y realizo la construccion de galpones de material noble para la cria de cerdos, aves de corral y viviendas, asimismo la habilitacion para plantaciones de arboles frutales y otros; Que, teniendose como fecha probable que la ocupacion del area de 3,000.00 m2, por parte de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ocurrio en el ano 1991, el delito de Usurpacion ha dejado de ser tipificable a la indicada persona, considerando que de conformidad al Codigo Penal la Usurpacion es un hecho delictuoso de comision instantanea; siendo necesario en el presente caso, se interponga las acciones civiles que correspondan para lograr la recuperacion del terreno materia de la presente resolucion; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos y conforme al Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, que prescribe que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, sera necesario la expedicion de la respectiva Resolucion Ministerial, salvo las excepciones que expresamente contemplan las leyes de caracter especial; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Division de Infraestructura DIRLOG-PNP con Dictamen

Dejan sin efecto R.M. Nº 2419-2002IN/PNP y aceptan donacion de helicoptero efectuada por CORPAC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1006-2003-IN/PNP
MORDAZA, 16 de junio del 2003 Visto, la Hoja de Estudio y Opinion Nº 339-2003-DIRGEN-PNP/COAS-A8 de MAY.2003 e Informe Nº 25-2003DIRAVPOL-PNP/SEC del 12.MAY.2003, mediante la cual el MORDAZA Director de Aviacion Policial de la Policia Nacional del Peru, solicita se deje sin efecto la R.M. Nº 24192002-IN/PNP, de 31.DIC.2002 y aceptar donacion de UN (1) helicoptero por parte de CORPAC S.A. a la Direccion de Aviacion Policial; CONSIDERANDO: Que, la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. (CORPAC S.A.), mediante documento GG-374-2003/07 del 2.ABR.2003, comunica oficialmente la donacion a la Policia Nacional del Peru de los helicopteros MORDAZA 47G-2 y MORDAZA R-22 MORDAZA II; Que, en la R.M. Nº 2419-2002-IN/PNP del 31.DIC.2002, no se ha consignado el valor ni el numero de matricula de los DOS (2) helicopteros donados por CORPAC a la DIRAVPOL-PNP, tal como lo estipula el Art. 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por D.S. Nº 154-2001EF. Ademas, se consigno en forma equivocada los anos de fabricacion de MORDAZA aeronaves; Que, debido a restricciones presupuestarias existentes en la Policia Nacional del Peru, situacion que afecta ostensiblemente a la Aviacion Policial, imposibilita y hace inviable poder contar con los recursos economicos y logisticos necesarios para la reparacion y mantenimiento del Helicoptero MORDAZA 47G-2, tal como se habia programado; y todos los esfuerzos presupuestarios, se encuentran orientados hacia el helicoptero ROB INSON R-22 MORDAZA II a fin de mantenerlo operativo y en condiciones optimas para volar; Que, el Comite de Asesoramiento de la Direccion General PNP en su Hoja de Estudio y Opinion Nº 285-2003DIRGEN-PNP/COAS-A8 remitido con Oficio Nº 471-2003DIRGEN-PNP/COAS-A8 del 6.MAY.2003, opina que se desestime la propuesta de donacion del helicoptero MORDAZA 47G2 ano de fabricacion 1956; Que, mediante Carta Nº 37-2003-DIRAVPOL-PNP/SEC del 12.MAY.2003, se solicito a CORPAC S.A. solo la entrega en donacion del helicoptero MORDAZA R-22 MORDAZA II, por las consideraciones MORDAZA expuestas; Lo prescrito en el articulo 50º de la Ley Organica de la Policia Nacional del Peru y articulo 172º del Reglamento

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