Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2003 (18/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 18 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Otorgan permiso de operacion a Transportes H.M.S. EIRL para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga general, en trafico nacional o cabotaje
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE ACUATICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 284-2003-MTC/13
MORDAZA, 8 de setiembre de 2003 Vista la solicitud, expediente Nº 016946-2003, presentada por la empresa naviera TRANSPORTES H.M.S. EIRL., mediante la cual solicita Permiso de Operacion para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga general entre los puertos fluviales de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO:

porte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, lo dispuesto por la presente Resolucion Directoral. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a las Capitanias de Puerto de Pucallpa e Iquitos y a las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Ucayali, para su conocimiento y fines. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAMBURU GARDENER Director General 17022

Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las personas naturales o empresas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, la empresa naviera TRANSPORTES H.M.S. EIRL. ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga general entre puertos fluviales de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje; Que, la empresa naviera TRANSPORTES H.M.S. EIRL. se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20493242947; Que, mediante Informe Nº 223-2003-MTC/13.02 de la Direccion de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal, asi como del Informe Nº 273-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legislativo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 0412002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de la empresa naviera TRANSPORTES H.M.S. EIRL. para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga general entre puertos fluviales de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje, en la forma siguiente: TRAFICO SERVICIO : Nacional o cabotaje. : Irregular; entre puertos fluviales de la hoya amazonica. TRANSPORTE : Carga general.

PODER JUDICIAL
Aprueban contratacion de personal reincorporado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA bajo el regimen del D. Leg. Nº 728
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 796-2003-GG-PJ MORDAZA, 16 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27803, se implementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas para las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las entidades del Sector Publico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2002-TR, se dictan las reglas generadas de la Ley Nº 27803, para la implementacion de las recomendaciones de las Comisiones Especiales creadas por las Leyes Nºs. 27452 y 27586; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 20º del referido dispositivo legal; los ex servidores cesados en forma irregular se reincorporaran en plazas presupuestadas y vacantes que se generen con posterioridad al 28 de setiembre de 2002; Que, mediante Oficio Nº 278-2003-GPEJ-GG/PJ de fecha 22 de MORDAZA de 2003 y Oficio Circular Nº 015-2003GPEJ-GG/PJ de fecha 21 de agosto de 2003, se establecen los criterios a aplicarse para el MORDAZA de reincorporacion de los ex servidores cesados irregularmente en las respectivas Cortes Superiores de Justicia de la Republica; Que por Oficio Nº 3124-2003-P-CSJLA/PJ de fecha 5 de setiembre del ano en curso, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite la relacion del personal reincorporado por cese irregular, a fin de que sea considerado en las plazas vacantes presupuestadas de dicha Corte; De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4) del Articulo 76º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por la Ley Nº 27465; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar a partir de la fecha la contratacion sujeto a modalidad bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 728, al personal reincorporado de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA que se detalla en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Comunicar la decision contenida en el Articulo Primero de la presente Resolucion, al Minis-

Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con la embarcacion de su propiedad denominada: A/F "Nancita" con matricula IQ-8643-AF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el Articulo 1º, tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. La renovacion debera ser solicitada por la empresa naviera recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado, implica la obligacion por parte de la empresa naviera, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el trans-

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