Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2003 (18/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, jueves 18 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban Beneficio de Regularizacion de Declaraciones Juradas de Autovaluo en el distrito
ORDENANZA Nº 100/MDS
Surquillo, 12 de setiembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo en Sesion Extraordinaria del viernes 12 de setiembre del 2003, CON EL MORDAZA UNANIME DE SUS MIEMBROS, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, ha aprobado la siguiente Ordenanza: BENEFICIO DE REGULARIZACION DE DECLARACIONES JURADAS DE AUTOAVALUO EN EL DISTRITO DE SURQUILLO Articulo Primero.- CREACION DEL BENEFICIO Crease el Beneficio Tributario aplicable a los contribuyentes del distrito de Surquillo, por sus obligaciones tributarias formales generadas hasta la fecha de vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ALCANCE DEL BENEFICIO El beneficio creado comprende a las Declaraciones Juradas de Autoavaluo generadas a la fecha, sobre las cuales no se MORDAZA ejercido medidas cautelares o de embargo. Para tal efecto, se acogen al Beneficio previsto en la presente Ordenanza, la MORDAZA de Declaraciones Juradas de Autoavaluos por transferencias de inmuebles (registro de ingreso y baja), por aumento de valor del predio, por ampliaciones de construccion, modificaciones, cambios de uso y otros supuestos que determine la Gerencia de Rentas. Articulo Tercero.- VIGENCIA DEL BENEFICIO El periodo de acogimiento al presente beneficio sera del 12 de setiembre al 31 de diciembre de 2003. Articulo Cuarto.- CONDONACION DE MULTAS El Beneficio consiste en la condonacion de las multas tributarias que se hubieren generado por la omision en la MORDAZA oportuna de la Declaracion Jurada, en los casos indicados en el Articulo 2º. Articulo Quinto.- FACULTAD AL MORDAZA Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto amplie la vigencia de la presente Ordenanza. Encarguese al senor MORDAZA la respectiva promulgacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17118

Que, el numeral 5 del Art. 2º de la Constitucion Politica del Peru estipula el derecho fundamental al acceso a la informacion publica al establecer que toda persona o ciudadano tiene derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal y con el costo que amerite este pedido; Que, con la finalidad de promover la transparencia de los actos de Estado y regular el derecho fundamental constitucional MORDAZA indicado, se ha promulgado la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, con la cual se cautela y promueve la transparencia de las actividades de todas las entidades de la Administracion Publica estando entre ellas los Gobiernos Locales; Que, el ultimo parrafo del Art. 3º en concordancia con el MORDAZA parrafo del articulo 8º de la referida Ley, se establece que la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada en virtud de la misma ley. La obligatoriedad de dicha designacion debe cumplirse bajo responsabilidad del MORDAZA representante de dicha entidad siendo en este caso al MORDAZA Distrital, motivo por el cual es necesario que se efectue dicha designacion; Que, la indicada designacion no exime ni atenua a las demas areas de la entidad publica edilicia en este caso, ya sea que produzcan o posean la informacion que se solicite, de su obligacion y responsabilidad en proporcionarla en el termino legal y en las condiciones que MORDAZA posible su cumplimiento; Que, en el literal b del Art. 3º de la mencionada ley, en el caso de la Municipalidad Distrital de Surquillo, el MORDAZA tiene la obligacion de designar al funcionario responsable de brindar informacion de acceso al publico; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27806; Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, y en el uso de las facultades contenidas en el inciso 6) del Art. 20º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Secretario General de la Municipalidad Distrital de Surquillo, como responsable de la entrega de la informacion solicitada por cualquier ciudadano, en virtud por lo dispuesto por la Ley Nº 27806 precitada. Articulo Segundo.- DESIGNAR al Gerente de la Oficina de Estadistica e Informatica, como responsable de las informaciones contenidas en la pagina Web de la Municipalidad Distrital de Surquillo, cuyas siglas son www.munsurquillo.gob.pe, debiendo mantenerla actualizada bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- DISPONER que los Gerentes y Subgerentes de las demas Areas que integran el Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Surquillo; proporcionen y faciliten a dichos funcionarios bajo responsabilidad toda informacion que sea requerida, dentro de los terminos legales en las condiciones que MORDAZA posible su cumplimiento, a fin de que se cumpla con la funcion encomendada. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17120

Designan responsables de entregar informacion solicitada por la ciudadania y de la informacion contenida en la pagina web de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1768-03/SG-MDS
Surquillo, 5 de septiembre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, de fecha 7 de agosto del 2003, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica.

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Regulan regimen tributario de gradualidad de sanciones para deudores tributarios
ORDENANZA Nº 012-2003-MDB
Bellavista, 5 de setiembre del 2003

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