Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2003 (18/09/2003)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 18 de setiembre de 2003

Otorgan permiso de operacion a persona juridica para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga general en la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE ACUATICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 277-2003-MTC/13
MORDAZA, 28 de agosto de 2003 Vista la solicitud, Expediente Nº 016130-2003, presentada por la empresa DISTRIBUIDORA Y TRANSPORTE JOSEFIMAR EIRL., mediante la cual solicita Permiso de Operacion para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga general entre los puertos fluviales de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las personas naturales o empresas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, la empresa DISTRIBUIDORA Y TRANSPORTE JOSEFIMAR EIRL. ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga general entre puertos fluviales de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje; Que, la empresa DISTRIBUIDORA Y TRANSPORTE JOSEFIMAR EIRL. se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20350937375; Que, mediante Informe Nº 214-2003-MTC/13.02 de la Direccion de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal, asi como del Informe Nº 265-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legislativo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC;

Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de la empresa DISTRIBUIDORA Y TRANSPORTE JOSEFIMAR EIRL. para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga general en toda la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje, en la forma siguiente: TRAFICO : Nacional o cabotaje. SERVICIO : Irregular; en toda la hoya amazonica. TRANSPORTE : Carga general. Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con la embarcacion de su propiedad denominada M/F "Mydori" con matricula PA-20936-MF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el articulo 1º, tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano; la renovacion debera ser solicitada por la empresa recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado, implica la obligacion por parte de la empresa de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a las Capitanias de Puerto de Pucallpa e Iquitos y a las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Ucayali, para su conocimiento y fines. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General 16868

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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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