Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2004 (26/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 26 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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sa y la parte baja del anexo de Capilla Orco; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma oportuna rapida y eficaz resulta atendible la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24) del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el Informe de fojas 90 a 92, sin la intervencion del senor Presidente de este Organo de Gobierno por asistir a un evento oficial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de MORDAZA Pampa-Chopcca, distrito de Yauli, provincia, departamento y Distrito Judicial de Huancavelica, con competencia ademas en los anexos de Limaccahuarina, MORDAZA Pata, Quichcas MORDAZA y la parte baja del anexo de Capilla Orco. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 07978

un evento oficial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Huayllaspanca, distrito de Sapallanga, provincia de Huancayo, departamento y Distrito Judicial de Junin. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 07979

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 060-2004-CE-PJ
MORDAZA, 31 de marzo del 2004 VISTOS: El Oficio Nº 0216-2002-P-CSJHU/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica y el Informe Nº 114-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Condorhuachana, distrito de Yauli, provincia, departamento y Distrito Judicial de Huancavelica, atendiendo al pedido del MORDAZA Gobernador del mencionado centro poblado; Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 700 habitantes y en la necesidad de contar con autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas cercano se encuentra en el Centro Poblado Menor de Ccasapata situado aproximadamente a 20 kilometros de distancia lo que representa para los pobladores transitar a pie por MORDAZA de herradura que en epoca de lluvia se torna intransitable, demorando un promedio de 3 horas; por cuya razon no tienen acceso oportuno y eficaz servicio de administracion de justicia; Que, el Informe Nº 114-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Condorhuachana; Que, por el numero de habitantes que beneficiaria el Juzgado de Paz, quienes se encuentran en una MORDAZA de extrema pobreza, entre los que se presentan conflictos de naturaleza Civil: pago de soles; Penal: danos, hurto, robo de ganado, violacion sexual; Familia: violencia familiar, alimentos, divorcio; Laboral: incumplimiento de faenas, incumplimiento de trabajos comunales; Notarial: legalizacion de documentos; y otros: levantamientos de cadaver; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma oportuna rapida y eficaz; resulta atendible la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24) del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el Informe de fojas 91 a 94, sin la intervencion del senor Presidente de este Organo de Gobierno por asistir a un evento oficial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Condorhuachana, distrito de Yauli, provincia, departamento y Distrito Judicial de Huancavelica.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 059-2004-CE-PJ
MORDAZA, 31 de marzo del 2004. VISTOS: El Oficio Nº 0728-2002-P-CSJJU/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 1502002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Huayllaspanca, distrito de Sapallanga, provincia de Huancayo, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, solicitado por el MORDAZA del referido centro poblado; Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1272 habitantes y en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas cercano se encuentra situado aproximadamente a 7 kilometros de distancia, lo que representa para los pobladores una hora de viaje en vehiculo; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de administracion de justicia; Que, el Informe Nº 152-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Huayllaspanca; Que, por el numero de habitantes que beneficiaria el Juzgado de Paz entre los que se presentan conflictos de naturaleza Civil: pago de soles; Penal: faltas contra el patrimonio, lesiones; Familia: violencia familiar, y Notarial: legalizacion de documentos; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma oportuna rapida y eficaz, resulta atendible la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24) del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el Informe de fojas 67 a 69, sin la intervencion del senor Presidente de este Organo de Gobierno por asistir a

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