Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2004 (20/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, lunes 20 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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tantes de las instituciones relacionadas con el sistema de imparticion de justicia. La Secretaria Tecnica estara cargo de la Defensoria del Pueblo, en el MORDAZA del convenio suscrito con el Consorcio Justicia Viva. Cuarto.- Encargar a la Defensoria Adjunta en Asuntos Constitucionales el seguimiento del cumplimiento de la presente Resolucion. Quinto.- Poner la presente Resolucion en conocimiento del Presidente de la Corte Suprema de la Republica, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Presidente de la Comision de Justicia del Congreso de la Republica, la Fiscal de la Nacion, el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, la Presidenta de la Academia de la Magistratura y el Ministro de Justicia. Sexto.- Disponer que la presente Resolucion se incluya en el Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso de la Republica, de conformidad con el articulo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo en Funciones 23093

gidos por la sentencia y se cancelen sus antecedentes penales, judiciales y policiales (fojas 200); e, impugnada dicha resolucion, el citado Juzgado la declaro improcedente; Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Altez carece de legitimidad para solicitar la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cuanto dejo de ser vecino de la provincia de Acobamba, conforme se advierte de la consulta en linea del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, toda vez que el 19 de febrero de 2004 realizo su cambio de domicilio a la MORDAZA de MORDAZA, careciendo del requisito exigido por el MORDAZA parrafo del articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Altez; en consecuencia, confirmar el Acuerdo de Concejo Nº 040-2004/CMPA expedido por el Concejo Provincial de Acobamba, departamento de Huancavelica. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA continua en el ejercicio del cargo de Regidor del Concejo Provincial de Acobamba, departamento de Huancavelica, por el periodo 2003 - 2006, para el cual fue elegido. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 23001 RESOLUCION Nº 331-2004-JNE Exp. Nº 649-2004 MORDAZA, 9 de diciembre de 2004 VISTA la solicitud de convocatoria de candidato suplente formulada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Pilluana, provincia de Picota, departamento de San MORDAZA, ante la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de don Lincer Chu MORDAZA por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; CONSIDERANDO: Que en sesion privada del 17 de setiembre de 2004, este Supremo Organo Electoral acordo solicitar al Concejo Distrital de Pilluana, cumpla con remitir determinada documentacion, necesaria para resolver lo solicitado; bajo apercibimiento de resolverse sin esta; y habiendo remitido documentacion insuficiente, con Oficio Nº 28372004-SG/JNE del 22 de octubre de 2004, se le requirio el cumplimiento de la misma; sin que hasta la fecha se MORDAZA subsanado dicha omision; por lo que haciendose efectivo el apercibimiento dispuesto, se debe resolver los autos conforme se hallan; Que en sesion extraordinaria Nº 19 del 31 de marzo de 2004, el Concejo Distrital de Pilluana acordo declarar la vacancia del cargo de Regidor de don Lincer Chu MORDAZA por la causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias de concejo, prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Nº 27972, segun consta a fojas 19 y 20; Que los cargos de los oficios multiples que obran a fojas 30, 31, y 32, por los que se notifica a los regidores para que asistan a las sesiones de concejo, se constata que las mismas no fueron suscritas por el Regidor Lincer Chu MORDAZA, por tanto, no tuvo conocimiento de las

JNE
Declaran que regidores de los Concejos Provincial de Acobamba y Distrital de Pilluana continuan en el ejercicio de sus cargos
RESOLUCION Nº 330-2004-JNE Exp. Nº 479-2004 MORDAZA, 9 de diciembre de 2004 VISTO en Audiencia Publica del 11 de noviembre de 2004, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Altez contra el Acuerdo de Concejo Nº 040-2004/CMPA que declaro fundado el recurso de reconsideracion formulado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, restituyendose en el cargo de Regidor que ostenta en el Concejo Provincial de Acobamba, departamento de Huancavelica; CONSIDERANDO: Que el Concejo Provincial de Acobamba en sesion extraordinaria de fecha 21 de MORDAZA de 2004, por mayoria, acordo declarar la vacancia del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitada por el impugnante (fojas 181 a 183), expidiendose el Acuerdo de Concejo Nº 028-2004/ CMPA de fecha 4 de MORDAZA de 2004; interponiendo el citado regidor recurso de reconsideracion, segun consta a fojas 100, el que fue declarado fundado, expidiendose el Acuerdo de Concejo Nº 040-2004/CMPA del 28 de MORDAZA de 2004 materia de apelacion, disponiendose la reasuncion de su cargo de Regidor en el citado concejo; Que de autos se observa que el Juzgado Mixto de Acobamba por sentencia del 28 de febrero de 2003, condeno a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la comision del delito contra el patrimonio en la modalidad de abigeato en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Altez, a la pena privativa de la MORDAZA de dos anos, suspendida en su ejecucion, senalandose como periodo de prueba el plazo de un ano; y posteriormente, la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica por sentencia de vista del 24 de octubre de 2003 confirmo la sentencia, revocandola en el extremo de la pena impuesta, reformandola le impusieron un ano de pena privativa de la MORDAZA con ejecucion suspendida de la pena, que cumplio el 27 de febrero de 2004; segun consta de fojas 191 a 199; Que por resolucion de 28 de MORDAZA de 2004 el Juzgado Mixto de Acobamba, resolvio rehabilitar al citado regidor, ordenando se le restituyan todos sus derechos restrin-

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