Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2004 (20/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, lunes 20 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, cabe senalar que la Ordenanza materia de ratificacion se encuentra adecuada a la normatividad vigente establecida en el Decreto Legislativo Nº 776 y a los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001006-00000001 del SAT. Que, la Cuarta Disposicion Final de la Ley de Tributacion Municipal establece que las Municipalidades que brinden el servicio de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y de Recibos de Pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, se encuentran facultadas a cobrar por dichos conceptos un derecho cuyo monto MORDAZA no debe superar el 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ano. Que, en el presente caso, el articulo 2º de la Ordenanza Nº 292-MSB establece en S/. 10.00 (Diez Nuevos Soles y 00/100), el Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion y Distribucion del Impuesto Predial para el ejercicio 2004, por concepto de los gastos administrativos incurridos en su emision y distribucion. Que, es preciso senalar que el monto proyectado por el concepto de Emision Mecanizada de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para dicho periodo no supera el limite legal de 0.4% de la UIT (S/. 12.40) establecido en la Cuarta Disposicion Final de la Ley de Tributacion Municipal, por lo que la misma fue establecida de conformidad con la normativa sobre la materia. Que, el articulo 69-A de la Ley de Tributacion Municipal establecia la obligacion de las Municipalidades de publicar hasta el 30 de MORDAZA de cada ejercicio las Ordenanzas que aprueben el monto de los arbitrios. Que, en el presente caso, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA ha publicado las Ordenanzas Nº 291-MSB y Nº 292-MSB en el Diario Oficial El Peruano el 15 de febrero de 2004. Que, no obstante lo anterior, debera tenerse presente que en aplicacion del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia. Que, en atencion a lo expuesto en los parrafos precedentes, se concluye que las Ordenanzas Nº 291-MSB y Nº 292-MSB, se encuentran conformes a la normatividad vigente contenida en la Ley Organica de Municipalidades, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y la Ley de Tributacion Municipal. Que, a traves de la Ordenanza Nº 291, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA indica que para determinar los arbitrios del periodo 2004 se ha aplicado al monto de los arbitrios del ano 2003 el factor de actualizacion del 1.5%; adicional a lo anterior, con la Ordenanza Nº 292 se establecen los vencimientos y derechos de emision mecanizada. Que, el SAT, verifico que para la provision de los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, dicha Municipalidad incurre efectivamente en costos de mano de obra, materiales, depreciacion, entre otros derivados de la gestion y ejecucion del servicio de recoleccion domiciliaria de residuos solidos, barrido de calles, recojo de maleza, transporte y disposicion final de residuos, organizacion, gestion y ejecucion del servicio de mejora y mantenimiento de las areas verdes de uso publico y organizacion, gestion y ejecucion del servicio de vigilancia, control de actividades para la prevencion del delito, accidentes y proteccion de la poblacion del distrito. Que, de acuerdo a la informacion proporcionada por la Municipalidad Distrital, el costo total anual del servicio de Limpieza Publica asciende para el ejercicio fiscal 2004, a S/. 11,087,904.57; el de Parques y Jardines a S/. 6,434,944.65 y el de Seguridad Ciudadana a S/. 6,975,508.70; tal como se muestra en los Anexos Nºs. 1; 2; y 3 del informe del SAT. Que, para verificar el financiamiento de dichos costos, se ha tomado la estimacion de los ingresos enviados por la Municipalidad por cada arbitrio, de acuerdo a ello se observa que para determinar los montos del arbitrio de Limpieza Publica y Parques y Jardines se esta considerando los criterios del autoavaluo del predio y el uso del predio. Sin embargo, para el arbitrio de Seguri-

dad Ciudadana se usan los criterios de tasa sobre la UIT y uso del predio. Que, de este modo, el ingreso anual estimado por el Arbitrio de Limpieza asciende a S/. 10,835,054.26, tal como se muestra en el Anexo Nº 4; por el arbitrio de parques y jardines se estima un ingreso anual de S/. 6,434,944.65, segun se observa en el Anexo Nº 5 y por el arbitrio de Seguridad Ciudadana se estima un ingreso anual de S/. 6,975,508.70; Que, de ello se determina que la recaudacion potencial por el Arbitrio de Limpieza Publica, permitira a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, de financiar para el ejercicio 2004, el 97.7% de los costos incurridos en la prestacion de dicho servicio. Asimismo, la recaudacion potencial por el Arbitrio de Parques y Jardines, permitira financiar el 97.8% de los costos incurridos en la prestacion de este servicio. Finalmente, la recaudacion potencial por el arbitrio de Seguridad Ciudadana permitira financiar el 95.7% de los costos incurridos en la prestacion de los servicios, segun se aprecia en el Anexo 7 del informe del SAT. Que, por otro lado, la Ordenanza Nº 292 aprueba el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de Emision Mecanizada sera de S/. 10.00; siendo este monto anual menor al monto permitido de 0.4% de la UIT vigente, de acuerdo a la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, cumpliendo con los requisitos tecnicos. El ingreso anual por este pago cubre el 96.0% de los costos, ver Anexo Nº 8 del informe del SAT. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 201-2004-MML/CMAEDO. ACORDARON: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 291MSB, mediante la cual Aprueban el Regimen Tributario de Arbitrios por prestacion de servicios publicos del ano 2004 y la Ordenanza Nº 292-MSB por la que establecen fechas de vencimiento y derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion del Impuesto Predial para el ejercicio 2004 a aplicarse en la jurisdiccion del distrito de San Borja. Articulo Segundo.- Invocar a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que para la aprobacion y ratificacion de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2005, debera tomar en cuenta los parametros y criterios de la estructura de costos y distribucion que ha establecido la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves del Servicio de Administracion Tributaria - SAT mediante la Directiva Nº 001-006-00000001 "Sobre determinacion de costos de los servicios y procedimientos administrativos que dan origen a tributos para efectos de ratificacion de Ordenanzas Distritales" en cumplimiento de la Ordenanza Nº 607, que "Regula el Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Distritales para la provincia de Lima". Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 23069

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Cancelan MORDAZA de seleccion convocado para la adquisicion de materiales de procesamiento automatico de datos y fotocopiado, Items Nºs. 3 y 4
RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 189-2004-GM/MM Miraflores, 16 de diciembre de 2004

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