Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2004 (06/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
e) f) g) h)

MORDAZA, sabado 6 de marzo de 2004

Que, las municipalidades distritales son organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competente para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial, conforme lo establecen los articulos 194º y 195º numeral 6) de la Constitucion Politica del Peru; Que, conforme al procedimiento para la aprobacion del Plan MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA establecido mediante Ordenanza Nº 148-MSS, por mandato del Acuerdo de Concejo Nº 101-2003-ACSS, se llevo a cabo la exhibicion y consulta por 30 dias de la Propuesta de Actualizacion del Plan MORDAZA Distrital, la que fuera prorrogada, mediante Acuerdo de Concejo Nº 130-2003ACSS, por 30 dias adicionales, en merito del interes vecinal por participar en ella. Concluida esta etapa se procedio al analisis de los aportes, sugerencias y comentarios recibidos, la que concluyo con la incorporacion de algunas de las recomendaciones a la propuesta; Que, la Tercera Disposicion Transitoria del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA - Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, incorporada mediante Decreto Supremo Nº 032-2003-VIVIENDA, dispone que los Planes Urbanos que se encuentren en MORDAZA de aprobacion, a la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, podran continuar de manera excepcional hasta su aprobacion, al MORDAZA del procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 007-85-VC; supuesto que es de aplicacion en el presente caso; Estando a los Informes Nºs. 065-2004-GDU-GCDL-MSS y 047-2004-GM-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Oficina de Asesoria Juridica respectivamente; contando con opinion favorable segun Dictamen Conjunto Nº 0012004-CDL-CAJ/MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º numeral 8), 39º, 40º y 79º numeral 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por unanimidad aprobo la siguiente Ordenanza: PLAN MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA DE MORDAZA 2004-2010 Articulo 1º.- Aprobar el Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA 2004-2010, el mismo que constituye el principal instrumento tecnico normativo urbanistico que rige y orienta el desarrollo MORDAZA del distrito, en MORDAZA con el Plan de Desarrollo Integral de MORDAZA de MORDAZA "Surcando el Futuro" aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 73-2002-ACSS, de fecha 4OCT2002. El Plan MORDAZA que se aprueba prevalece respecto de otras normas urbanisticas en la jurisdiccion distrital de MORDAZA de Surco. Articulo 2º.- El Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA 2004-2010, esta constituido por los Reglamentos que conforman el Volumen C y 4 Planos, que forman parte de la presente Ordenanza: a) Reglamentacion del Sistema Vial Distrital b) Reglamentacion de la Zonificacion MORDAZA, conformada por las siguientes normas: - Normas Tecnicas Urbanisticas de Usos del Suelo, con excepcion del numeral 1.7.4, uso del techo, azotea y sus aires del Capitulo I. - Indice para la Ubicacion de Actividades Urbanas para MORDAZA de Surco. - Reglamentacion Especial para la Provision de Estacionamientos en el distrito de MORDAZA de Surco. c) Reglamentacion del Ordenamiento Ambiental y Desarrollo Sostenible. d) Reglamentacion Especial: - Reglamento Especial de las Laderas de los Cerros de MORDAZA y Club Golf Los Incas - Sector IV del distrito de MORDAZA de Surco. - Reglamento Especial de la MORDAZA Monumental y del Area y Zonas de Tratamiento de Renovacion MORDAZA del distrito de MORDAZA de Surco.

Plano de Areas de Estructuracion Urbana. Plano de Zonificacion. Plano de Alturas. Plano del Sistema Vial.

Articulo 3º.- El Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA 2004-2010, aprobado por la presente Ordenanza es de cumplimiento obligatorio por las autoridades y funcionarios municipales, los vecinos, los organismos y dependencias publicas, las instituciones y colegios profesionales y las personas naturales o juridicas que desarrollen intervenciones, proyectos y/o realicen actividades en la jurisdiccion de MORDAZA de Surco. Articulo 4º.- Remitir a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA el presente Plan MORDAZA, para su Registro e inclusion dentro del Plan MORDAZA Provincial. Igualmente, remitir MORDAZA del mismo al Archivo Nacional de Planes Urbanos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Establezcase un regimen especial para la regularizacion de las edificaciones, efectuadas hasta el 31ENE2004, que en aplicacion de las disposiciones del presente Plan MORDAZA, y a partir de su entrada en vigencia, devengan en reglamentarias conforme a los nuevos parametros urbanisticos y edificatorios que se fijan. Para acogerse a este regimen, los propietarios de predios ubicados en MORDAZA de MORDAZA deberan iniciar el procedimiento de regularizacion conforme lo dispone el Capitulo IV del Titulo III, Seccion MORDAZA del Decreto Supremo Nº 008-2000MTC, hasta el 31MAY2004 inclusive. Los que se acojan al presente regimen gozaran de los siguientes beneficios: 1. No se aplicaran multas ni otras sanciones al procedimiento de regularizacion. 2. Se condonaran las sanciones aplicadas, relacionadas a edificaciones que inicien el procedimiento de regularizacion, incluidas las costas y gastos en caso de haberse iniciado el MORDAZA de ejecucion coactiva. 3. La Comision Tecnica Calificadora de Proyectos aplicara una tolerancia de hasta el 20% en los parametros edificatorios y urbanisticos y de 3 metros sobre las alturas, que se aprueban con la presente Ordenanza, para la calificacion de los expedientes de regularizacion. Segunda.- Los Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios emitidos con anterioridad a la vigencia del presente Plan MORDAZA, deberan adecuarse a la normatividad que se aprueba con la presente Ordenanza. Los Certificados de Parametros Edificatorios y Urbanisticos vigentes podran ser actualizados gratuitamente. Tercera.- Los expedientes de solicitud de Licencia de Obra, en cualquiera de sus modalidades, y Declaratoria de Fabrica presentados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza, se concluiran conforme a las normas bajo cuya vigencia se iniciaron. Los anteproyectos en consulta presentados o aprobados con anterioridad a la vigencia del este Plan MORDAZA, a efecto de presentar el proyecto definitivo para la obtencion de la Licencia de Obra, deberan concordarse con la normatividad que se aprueba con la presente Ordenanza. Cuarta.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA la ampliacion del estudio sobre uso del techo, azotea y sus aires, numeral 1.7.4 del Capitulo I de las Normas Tecnicas urbanisticas de usos del suelo para el distrito de MORDAZA de MORDAZA, debiendo proponer la reglamentacion pertinente en el termino de 15 dias, contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deroguese y dejese sin efecto legal alguno toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 04743

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