Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2005 (11/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 11 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, Vistos y Oidos, el Informe Nº 032-04-MDSJM/GDH/MOCCOMUL del Coordinador General del Modulo de Orientacion y Consejeria de San MORDAZA de Miraflores con Vº Bº del Gerente de Desarrollo Humano; Informe Nº 216804-MDSJM/GM/OAJ de fecha 29.12.2004 de la Oficina de Asesoria Juridica, referentes al Comite Multisectorial de Prevencion de Consumo de Drogas y Violencia COMUL del distrito de San MORDAZA de Miraflores; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son gobiernos locales y entidades basicas de la organizacion territorial del estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos; asimismo, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, representan al vecindario, buscando el desarrollo integral, sostenible y armonico de su jurisdiccion; y, la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA Sin drogas ­DEVIDA, es un organismo publico descentralizado adscrito al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivos principales disenar y conducir la politica nacional de lucha contra el trafico ilicito de drogas, del consumo ilegal de drogas toxicas prevenir el consumo de drogas en el Peru y contribuir a la creacion y fortalecimiento de programas de rehabilitacion de drogadictos; Que, bajo esas prerrogativas, con fecha 24 de noviembre de 1999 se MORDAZA el "Convenio de Fortalecimiento Institucional para una Comunidad Sin Drogas Ni Violencia, CONTRADROGAS -PNUFID -Comite Distrital Preventivo contra el Abuso de Drogas y Violencia de San MORDAZA de Miraflores"; el cual tenia dentro de sus objetivos el elaborar y ejecutar programas de prevencion del consumo indebido de drogas y violencia, destinados a la comunidad en su conjunto, con especial incidencia en ninos, adolescentes y jovenes; incentivar la participacion de la comunidad en las acciones de prevencion, mediante la formacion de lideres juveniles, mediadores sociales y animadores culturales, que les den sostenibilidad a los programas; coordinar la participacion de especialistas, en los programas de prevencion, para que los mismos puedan ser replicados exitosamente por lideres, animadores y mediadores; y crear las condiciones necesarias para que el Comite pueda desarrollar acciones de manera eficaz; Que, la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, vigente al momento de suscribirse el Convenio establecia que, eran funciones de las Municipalidades en materia de poblacion, salud y saneamiento ambiental, entre otras, la de realizar programas de prevencion y de educacion sanitaria y profilaxia local; Que, por Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM, se modifica el Decreto Legislativo Nº 824, que creaba la Oficina de CONTRADROGAS cambiandola por la nueva denominacion DEVIDA -Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas- y aprueba asimismo su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, la Ley Organica de Municipalidades vigente, Ley Nº 27972 publicada el 27 de MORDAZA del 2003 en su articulo 73º inciso 7) establece que, las Municipalidades, tomando en cuenta su condicion de municipalidad provincial o Distrital, asumen las competencias y ejercen funciones especificas, con caracter exclusivo o compartido en las siguientes materias, Prevencion y Rehabilitacion y Lucha contra el consumo de drogas; en consecuencia, promueve programas de prevencion y rehabilitacion en los casos de consumo de drogas y alcoholismo; asimismo, a iniciativa de la municipalidad se podran organizar Comites Multisectorial de prevencion del consumo de drogas, con la participacion de los vecinos con la finalidad de disenar, monitorear, supervisar, coordinar y ejecutar programas o proyectos de prevencion del consumo de drogas y de conductas de riesgo en el ambito local, pudiendo para ello contar con la asistencia tecnica de la Comision Nacional Para El Desarrollo y MORDAZA Sin Drogas - DEVIDA; Que por Decreto Supremo Nº 004-2004 PCM del 28 de enero del 2004 y publicado al dia siguiente en el Diario

Oficial El Peruano, se aprueba la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2002-2007,senalando en el referido dispositivo el caracter Multisectorial de la MORDAZA y que el financiamiento para su implementacion se efectuara a traves de todos los estamentos del Gobierno Nacional, de acuerdo a los ambitos de su competencia, recursos y programas de accion, coordinados por DEVIDA y complementados con los recursos de la cooperacion internaciona. La Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, a traves del Comite Multisectorial, forma parte de esta estrategia y se inserta en el Programa de Prevencion del consumo de Drogas y Rehabilitacion del Drogodependiente; Que, el Comite Multisectorial de Prevencion para el Consumo de Drogas y Violencia, por decision de la actual gestion municipal, fue reactivado con fecha 13 de febrero de 2004, debido a la trascendencia y gravedad del problema de drogas y violencia de la poblacion en el distrito; asimismo, se establecio que la Institucion Municipal era el espacio ideal para concertar esfuerzos, establecer diversos programas y actividades de prevencion y la atencion para combatir las drogas y la violencia de acuerdo a nuestra realidad, recursos propios, y al financiamiento externo al que podamos acudir, todo ello integrado a planes generales de desarrollo del distrito; Que, en ese sentido y a efectos de buscar materializar los objetivos buscados por la Comision Multisectorial es necesario reconocer y conformar el Comite Multisectorial de prevencion de consumo de drogas y violencia - COMUL del distrito de San MORDAZA de Miraflores, hecho que redundara en beneficio de los vecinos y especialmente de los jovenes del distrito; Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, debatido en el Pleno del Concejo, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, y con el MORDAZA Unanime; ACUERDA: Articulo Primero.- Reconocer al Comite Multisectorial de prevencion de consumo de drogas y violencia ­ COMUL del distrito de San MORDAZA de Miraflores, como un ente de concertacion entre la Sociedad Civil, Instituciones Publicas y Privadas, y el Gobierno Local, que se encarga de coordinar y ejecutar acciones y proyectos orientados a la prevencion de consumo de drogas y violencia. Articulo Segundo.- Conformar el Comite Multisectorial del distrito de San MORDAZA de Miraflores con las entidades siguientes: 1.- Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores Gerencia de Desarrollo Humano Gerencia de Seguridad Ciudadana DEMUNA Administracion de Lucha Contra la Pobreza 2.- Red de Servicios de Salud SJM-VMT. Microred de Salud de San MORDAZA de Miraflores Hospital MORDAZA Infantil "Manuel Barreto" Centro de Salud de San MORDAZA de Miraflores Centro de Salud MORDAZA MORDAZA 3.- Hospital MORDAZA Auxiliadora 4.- Ministerio del Interior Comisaria Comisaria Comisaria Comisaria Comisaria Comisaria "San MORDAZA De Miraflores" "Laderas De Villa" "Pamplona I" "Pamplona II" "Mateo Pumacahua " "San MORDAZA De Miraflores MORDAZA A"

Centro Preventivo de San MORDAZA de Miraflores 5.- UGEL 01 Instituciones Educativas Nacionales de San MORDAZA de Miraflores

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