Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2005 (12/05/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 292433

treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Articulo Octavo.- La EMPRESA CAPLINA DE TRANSPORTES TURISTICOS INTERNACIONALES S.R.LTDA., iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Noveno.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Registros y Autorizaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA P. ALLEMANT F. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 08895 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 266-2005-MTC/02 Mediante Oficio Nº 603-2005-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 2662005-MTC/02, publicada en la edicion del 6 de MORDAZA de 2005. En el tercer considerando: DICE: Que, con fecha 22 de diciembre del 2005, ... DEBE DECIR: Que con fecha 22 de diciembre del 2004, ... 08885

De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - Ley Nº 27792; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del MORDAZA Texto Unico Ordenado Apruebase el MORDAZA Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, el mismo que consta de cuatro capitulos y veintinueve articulos, cuyo texto forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Derogatoria Derogase el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento TEXTO UNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE HABILITACIONES URBANAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Terminologia Cuando en el presente Reglamento se mencione el termino "Ley" se entendera que se refiere a la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, y su modificatoria, la Ley Nº 27135. Cuando se mencione el termino "Planes de Desarrollo Urbano", se entendera que se refiere a los aprobados por las Municipalidades Provinciales. Articulo 2º.- Procedimientos El presente Reglamento regula los procedimientos administrativos de: a) Aprobacion de Habilitaciones Urbanas Nuevas; y, b) Regularizacion de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas. Compete conocer los procedimientos mencionados a las Municipalidades Distritales y, solo tratandose de terrenos ubicados en el area del Cercado, le compete conocer de los mismos a la Municipalidad Provincial. Articulo 3º.- Organos municipales competentes Los organos municipales competentes para la tramitacion de los procedimientos de habilitacion MORDAZA son los establecidos por las propias Municipalidades y recibiran las solicitudes y expedientes tecnicos de Aprobacion de Habilitacion MORDAZA Nueva y de Regularizacion de Habilitaciones Ejecutadas para calificarlos y remitirlos a la Comision Tecnica. La fiscalizacion del cumplimiento de las disposiciones de la Ley y del Reglamento corresponde a las Municipalidades Distritales y a las Provinciales dentro del ambito del area del Cercado. Articulo 4º.- Comisiones Tecnicas Las Comisiones Tecnicas tienen como funcion la de pronunciarse, mediante dictamenes, sobre el cum-

VIVIENDA
Aprueban MORDAZA Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas
DECRETO SUPREMO Nº 010-2005-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-98-MTC se aprobo el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, el cual MORDAZA los procedimientos administrativos para la Aprobacion de Habilitaciones Urbanas Nuevas y para la Regularizacion de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas; Que, de conformidad con la nueva Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se hace indispensable realizar precisiones en el Texto Unico Ordenado del Reglamento referido en el considerando precedente; Que, de conformidad con el articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, corresponde al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, disenar, normar y ejecutar la politica nacional de acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento, asi como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento urbano;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.