Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2005 (12/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2005

Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 08907

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP), aprobado mediante Resolucion Nº 232-98-EF/SAFP y sus modificatorias, contempla la regulacion de las prestaciones que se otorgan en el SPP; Que, mediante Circular Nº AFP-53-2004, se ha establecido las condiciones operativas para el funcionamiento de la Plataforma del MORDAZA Electronico de Retiros y Rentas (MELER), como un sistema informatico para el envio, recepcion y procesamiento automatizado de las solicitudes de cotizaciones de pension, asi como para la eleccion del producto previsional correspondiente, medio bajo el cual se operara de forma obligatoria los procesos de contratacion de retiros programados y rentas vitalicias por parte de los afiliados que soliciten una pension de jubilacion, invalidez y sobrevivencia al interior del SPP; Que, mediante Circular Nº AFP-59-2005, se han establecido precisiones a dichas condiciones operativas, a efectos de que los modelos de las pantallas de visualizacion de la Plataforma MELER, contemplen los nuevos disenos de los formatos de las secciones III (Solicitud de Cotizaciones de Pension), IV (Acta de MORDAZA de Cotizaciones) y V (Modalidad elegida), correspondientes a los Anexos I (Pension de Jubilacion), VII (Pension de Invalidez) y VIII (Pension de Sobrevivencia) del Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, en los aspectos relativos a las Solicitudes de Pension de Jubilacion, Invalidez y Sobrevivencia, respectivamente; Que, en tal sentido, resulta necesario establecer dichas modificaciones en las secciones correspondientes de los anexos del precitado Titulo VII, a fin de asegurar un MORDAZA de informacion adecuado para los afiliados y/o beneficiarios que soliciten pensiones de jubilacion, invalidez o sobrevivencia en el SPP, segun el caso, bajo los alcances de la Plataforma MELER, de modo obligatorio; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones (SPP), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-97-EF y sus modificatorias, la Tercera Disposicion Final y Transitoria de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-98-EF y sus modificatorias, y en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 695-2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Sustituir las secciones III (Solicitud de Cotizaciones de Pension), IV (Acta de MORDAZA de cotizaciones) y V (Producto Previsional elegido) de los Anexos 1 (Pension de Jubilacion), 7 (Pension de Invalidez) y 8 (Pension de Sobrevivencia) del Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Prestaciones, aprobado mediante Resolucion Nº 232-98-EF/ SAFP y sus modificatorias, por las que se publican como Anexos de la presente resolucion, y que se visualizan en los modelos de pantallas correspondientes del sistema MELER. Articulo Segundo.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dieciseis de MORDAZA del presente ano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.)

SBS
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 694-2005 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA Ugarte MORDAZA para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de MORDAZA del 2004, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA Ugarte MORDAZA con matricula Nº N-3738 en el Registro del Sistema de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.Corredores de Seguros Generales y de MORDAZA, que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 08881

Sustituyen diversas secciones del Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP referido a Prestaciones ,
RESOLUCION SBS Nº 734-2005 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2005

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