Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2005 (19/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de noviembre de 2005

construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos pesqueros destinados al consumo humano directo; Que mediante los escritos del visto, la empresa AGROEMPAQUE NORPERU S.A., solicita autorizacion para la instalacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos con una capacidad proyectada de 30 t/dia, a ubicarse en la Mz. I, Lotes Nºs. 7, 8, 9, 10 y 11, MORDAZA Industrial I, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; Que la Direccion Nacional de Medio Ambiente, mediante Certificado Ambiental Nº 018-PRODUCE/ DINAMA, de fecha 2 de junio del 2005 senala que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa recurrente ha merecido calificacion favorable; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos previstos en la normatividad pesquera vigente y con los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 1552005-PRODUCE/DNEPP-Dch del 6 de junio del 2005 y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el inciso b) numeral 4 del articulo 43º, los articulos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, los articulos 49º y 52º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE; y el procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a AGROEMPAQUE NORPERU S.A., autorizacion para instalacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, a ubicarse en su establecimiento industrial situado en Mz. I, Lotes Nºs 7, 8, 9, 10 y 11, MORDAZA Industrial I, distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad proyectada: Congelado : 30 t/dia Articulo 2º.- La empresa AGROEMPAQUE NORPERU S.A., debera implementar, equipar e instalar su planta de congelado de productos hidrobiologicos, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorable por la Direccion Nacional de Medio Ambiente, segun el Certificado Ambiental Nº 018-2005 - PRODUCE/DINAMA de fecha 2 de junio del 2005; Articulo 3º.- Otorgar a AGROEMPAQUE NORPERU S.A., el plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha de notificada la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, siempre que acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado, para que la interesada concluya con la instalacion de la planta de congelado

de productos hidrobiologicos. La licencia de operacion correspondiente debera solicitarse dentro de un plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de autorizacion o de ser el caso, de la fecha de vencimiento del plazo de su renovacion. Articulo 4º.- La autorizacion de instalacion de la planta de congelado de productos hidrobiologicos senalado en el articulo 1º, caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion de dicha planta, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2º y 3º de la presente resolucion seran causales de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 19596

Aprueban cambio de titular de licencia de operacion para procesamiento pesquero de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 307-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 27 de octubre del 2005. Visto los escritos con registro Nº CE-01999003 de fechas 8 de marzo y 7 de MORDAZA de 2005; Nº 00006001 de fecha 22 de junio de 2005 y N° 00016697 de fecha 10 de agosto del 2005, presentados por la EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C.; CONSIDERANDO : Que el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 679-95-PE, de fecha 19 de diciembre de 1995, se otorgo a I.B.C. CORPORACION DE NEGOCIOS S.A. licencia de operacion para que opere la planta de congelado de productos hidrobiologicos, con una capacidad de 35 t/dia, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA industrial II, Mz. E. Lote Nº 1 del distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que mediante los escritos del visto, EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. solicita el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada a I.B.C. CORPORACION DE NEGOCIOS S.A. por Resolucion Ministerial Nº 679-95-PE, en virtud del contrato de arrendamiento financiero celebrado el 19 de MORDAZA del 2002 entre el BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS y EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C., mediante el cual esta MORDAZA adquiere la propiedad y posesion del establecimiento industrial; Que respecto al cambio de titular solicitado por la recurrente, debe manifestarse que el Informe Nº 1192005-PRODUCE/DNEPP-Dch, de fecha 22 de MORDAZA de

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