Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2005 (19/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 19 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue la comision de servicios del citado funcionario, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores debiendo el citado funcionario rendir cuenta documentada en un plazo no mayor a quince (15) dias al termino de la referida comision, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombre y Apellidos Pasajes US$ MORDAZA MORDAZA MORDAZA 701.47 Viaticos por dia US$ 200.00 Numero de dias 24+1 Total Tarifa Viaticos Aeropuerto US$ US$ 5,000.00 28.24

Basicas en Poblaciones Excluidas y Dispersas", cuyo contenido forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Direccion Ejecutiva de Atencion Integral de Salud, es la responsable de la difusion, supervision y evaluacion del cumplimiento de la MORDAZA Tecnica que se aprueba por la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 19535

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida comision el citado funcionario debera presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia Ministro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 19751

Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital Dos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 883-2005/MINSA MORDAZA, 17 de noviembre del 2005

SALUD
Aprueban MORDAZA Tecnica "Atenciones Odontologicas Basicas en Poblaciones Excluidas y Dispersas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 882-2005/MINSA MORDAZA, 17 de noviembre del 2005 Visto el Expediente Nº R061394-05, promovido por la Direccion General de Salud de las Personas, sobre aprobacion de la MORDAZA Tecnica relativa a las "Atenciones Odontologicas Basicas en Poblaciones Excluidas y Dispersas"; CONSIDERANDO: Que, entre los Lineamientos de Politica Sectorial para el periodo 2002-2012 y los Principios Fundamentales para el Plan Estrategico Sectorial del Quinquenio Agosto 2001 - MORDAZA 2006, aprobados por Resolucion Suprema Nº 014-2002-SA, se ha previsto la Atencion Integral de Salud, mediante la extension y universalizacion del aseguramiento de salud; Que, en el MORDAZA de dichas politicas se ha editado la MORDAZA Tecnica "Atencion Integral de Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas", aprobada con Resolucion Ministerial Nº 437-2005/MINSA, que regula un conjunto de procesos para la atencion a las poblaciones con inaccesibilidad geografica, pobre y de extrema pobreza, con el objeto de reducir las barreras de acceso a los servicios de salud y garantizar a estas poblaciones una atencion oportuna, integral y de calidad, de acuerdo al Modelo de Atencion Integral; Que, en concordancia con la mencionada MORDAZA Tecnica, es necesario aprobar la correspondiente normatividad que oriente especificamente el desarrollo de atenciones odontologicas basicas a cargo de los Equipos Itinerantes de Atencion Integral de Salud a favor de las indicadas poblaciones; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Despacho Viceministerial; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la NT Nº 036-MINSA/DG SPV.01: MORDAZA Tecnica "Atenciones Odontologicas

Visto el Expediente Nº R005060-05; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 312-2001-SA/DM, de fecha 5 de junio del 2001, se aprobo el Convenio de Cooperacion en Materia de Salud a suscribirse entre el Ministerio de Salud de la Republica del Peru y la Peruvian American Medical Society, Inc. de los Estados Unidos de MORDAZA (PAMS), para establecer un Programa de Cirugia de Torax y Cardiovascular en el Hospital Dos de Mayo; Que, por Resolucion Ministerial Nº 823-2003-SA/DM, del 11 de MORDAZA del 2003, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital Dos de Mayo; Que, es necesario modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital, a fin de implementar el funcionamiento del Programa de Cirugia de Torax y Cardiovascular, en la actual organizacion del Hospital Dos de Mayo; Que, asimismo es necesario modificar la denominacion del Servicio de Apoyo Obstetrico, asi como los objetivos funcionales asignados, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27853 - Ley del Trabajo de la Obstetriz; Con las visaciones de la Direccion General de Salud de las Personas, Oficina General de Planeamiento Estrategico y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; Con la visacion del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal (l) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud y su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital Dos de MORDAZA, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 823-2003-SA/DM, en la siguiente forma: a) Incluir en el Titulo VIII una Disposicion Complementaria, con el siguiente texto: OCTAVA.- El Programa de Cirugia de Torax y Cardiovascular, autorizado por el Convenio de Cooperacion en materia de Salud entre el Ministerio de Salud de la Republica del Peru y Peruvian American Medical Society, Inc de los Estados Unidos de MORDAZA (PAMS), funcionara con dependencia directa de la Direccion General del Hospital Dos de Mayo.

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