Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2006 (22/12/2006)
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TEXTO DE LA PÁGINA 54
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, viernes 22 de diciembre de 2006
Familiar Habitacional BFH, aprobado por el presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Apoyo del Fondo MIVIVIENDA SA El Fondo MIVIVIENDA S.A., elaborara el material informativo, los formatos y los documentos que MORDAZA necesarios para la adecuada aplicacion, del presente Reglamento. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los veintiun dias del mes de diciembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
REGLAMENTO DEL MORDAZA FAMILIAR HABITACIONAL CAPITULO I AMBITO DE APLICACION Y DEFINICIONES
2.15 Registros de Predios.- Registro administrado por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos en que se inscribe y da publicidad a los actos y contratos sobre bienes inmuebles. 2.16 Reglamento del BFH.- El presente Reglamento. 2.17 Reglamento Operativo.Reglamento complementario al Reglamento de BFH aprobado mediante Resolucion Ministerial. 2.18 SUNARP.- Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. 2.19 VIVIENDA.- Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. 2.20 VMVU.- Viceministerio de Vivienda y Urbanismo. 2.21 VIS.- Vivienda de Interes Social es la solucion habitacional cuyo valor MORDAZA es de 12,000 Dolares Americanos, o su equivalente en Nuevos Soles. Debe estar conformada por un nucleo basico constituido por un ambiente multiuso, un bano con lavabo, ducha e inodoro, y construida sobre un terreno o aires independizados y que cuenten con habilitacion urbana. Los terminos y definiciones en mayusculas que no se encuentren definidos, tendran el significado que se les atribuye en los articulos del Reglamento del BFH.
CAPITULO II DEL MORDAZA FAMILIAR HABITACIONAL SUBCAPITULO I GENERALIDADES
Articulo 1.- Ambito de aplicacion El presente Reglamento establece las normas a las que deben cenirse los participantes en el Programa Techo Propio para el acceso al MORDAZA Familiar Habitacional por parte del Grupo Familiar en el ambito nacional. Articulo 2.- Terminos y Definiciones 2.1 Ahorro para vivienda.- Es el esfuerzo del grupo familiar que complementa el valor de la vivienda y que se acredita al momento de solicitar la asignacion del BFH. 2.2 BFH.- MORDAZA Familiar Habitacional. 2.3 Centro Autorizado.- Banco de Materiales S.A.C. y demas locales de inscripcion del Programa autorizados por el FMV. 2.4 Comision de Transparencia y Fiscalizacion.Organo encargado de velar por la transparente asignacion del BFH, cuyos integrantes son designados mediante Resolucion Ministerial de VIVIENDA. Esta Comision velara por la objetividad en la asignacion y transparencia en la seleccion de GFB del BFH, evaluando y resolviendo las observaciones y reparos de las personas que se sientan afectadas en sus derechos de postulacion, calificacion y/o prelacion. 2.5 Comite Ejecutivo.- Es el organo que tiene a su cargo el Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, en las modalidades de Vivienda Nueva y Construccion en Sitio Propio - postulacion colectiva. 2.6 Financiamiento Complementario.- Es el credito que se destinara como complemento del ahorro y BFH, aplicable tanto a un bien terminado, como, a un bien futuro. Este financiamiento podra obtenerse simultanea o posteriormente al otorgamiento del BFH. 2.7 FMV.- Fondo MIVIVIENDA S.A. 2.8 GF.- Grupo constituido como minimo por una persona y al menos un familiar que se inscribe en el Registro de Grupo Familiar. 2.9 GFB.- Grupo Familiar a quien se ha asignado el MORDAZA Familiar Habitacional. 2.10 IFI.- Institucion Financiera Intermediaria que opera bajo la supervision de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradora de Fondos Privados de Pensiones. 2.11 Programa.- Programa Techo Propio. 2.12 Proyecto.- Proyecto inscrito ante el Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio para aplicar al BFH. 2.13 Registro.- El Registro de Grupos Familiares. 2.14 Registro de Proyectos.- Registro de Proyectos de Vivienda del Programa a cargo del VMVU.
Articulo 3.- Definicion El BFH es una ayuda economica directa, otorgada por el Estado por unica vez al GFB, como complemento a su ahorro y esfuerzo constructor, exclusivamente para facilitarles la Adquisicion de Vivienda Nueva, Construccion en Sitio Propio o Mejoramiento de una VIS. Articulo 4.- Caracteristicas a. No reembolsable ni transferible por el GFB; b. Tiene una vigencia determinada; c. Es para uso exclusivo de acuerdo a la modalidad de Aplicacion; y, d. El valor nominal del BFH es expresado en Nuevos Soles. Articulo 5.- Aplicacion del MORDAZA Familiar Habitacional El BFH se puede aplicar en tres modalidades: Adquisicion de Vivienda Nueva, Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. Articulo 6.- Postulacion y Asignacion Para acceder al BFH, el Grupo Familiar debe solicitar la Postulacion al Programa, asi como la Asignacion al BFH. El MORDAZA de Postulacion y Asignacion pueden ser simultaneos, siempre que cumpla con los requisitos. Articulo 7.- Vigencia El plazo de vigencia del BFH es de veinticuatro (24) meses contados desde el dia de publicacion de los GFB, pudiendo ser MORDAZA por la Comision de Transparencia y Fiscalizacion hasta por un periodo igual.
SUBCAPITULO II DE LAS MODALIDADES DE POSTULACION, APLICACION Y VALOR DEL MORDAZA FAMILIAR HABITACIONAL
Articulo 8.- Postulacion del MORDAZA Familiar Habitacional Las modalidades de Postulacion al BFH son: Postulacion Individual y Postulacion Colectiva; MORDAZA son excluyentes para un mismo Grupo Familiar. La Postulacion Colectiva es la realizada a traves de la Organizacion, la misma que definira colectivamente un Proyecto en el cual solo pueden participar los