Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2006 (26/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano lunes 26 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

322541

DIFERENCIADO EN HOSPITALES E INSTITUTOS ESPECIALIZADOS DE LA RED ASISTENCIAL DEL MINISTERIO DE SALUD". Articulo 2º.- Derogar la Resolucion Ministerial Nº 07190-SA/DM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11189

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dictan disposiciones para regular el diligenciamiento de cedulas de notificacion de Juzgados Penales a traves de la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Justicia del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 95-2006-P-CSJCL/PJ Callao, 20 de junio del 2006 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO Y CONSIDERANDO

Designan Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Danos no Trasmisibles de la Direccion General de Salud de las Personas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 587-2006/MINSA MORDAZA, 22 de junio del 2006 Visto el Expediente 06-049742-001, que contiene el MEMORANDUM Nº 1985-2006-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 771-2004/MINSA, de fecha 27 de MORDAZA de 2004, se establecio, entre otras, la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Danos No Trasmisibles de la Direccion General de Salud de las Personas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 009-2005/ MINSA, de fecha 6 de enero de 2005, se nomino como Coordinadora Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Danos No Trasmisibles de la Direccion General de Salud de las Personas, a la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Garcia; Que, la citada profesional ha formulado renuncia a su nominacion como Coordinadora Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Danos No Trasmisibles de la Direccion General de Salud de las Personas; Con la visacion de la Direccion General de Salud de las Personas y de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia de la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Coordinadora Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Danos No Trasmisibles de la Direccion General de Salud de las Personas, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Nominar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chumioque, Director de Servicios de Salud de la Direccion General de Salud de las Personas, como Coordinador Nacional de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevencion y Control de Danos no Trasmisibles de la Direccion General de Salud de las Personas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11190

Que, es politica de la presente Gestion mejorar cada vez mas el servicio de Justicia en este Distrito Judicial. Que, al respecto, la Central de Notificaciones de esta Corte Superior de Justicia cuenta con el Sistema de recepcion y diligenciamiento de las notificaciones que se elaboran en los Juzgados de Paz Letrados, Mixtos, y Especializados en lo Civil, Familia y Laboral del Callao. Que, luego de haberse evaluado los resultados del sistema piloto de notificacion de las cedulas emitidas por el Decimo y Decimo Primer Juzgado Penal del Callao a traves de la Central de Notificaciones y habiendose perfeccionado el Sistema Informatico implantado en dicha dependencia, se tiene que se presentan las condiciones para que pueda asistir con el diligenciamiento de las cedulas de notificacion que emanan de los procesos tramitados por los demas Juzgados de dicha especialidad, de forma que se tenga un control rapido y eficaz de dicho acto procesal. Que, siendo ello asi debe adoptarse las disposiciones necesarias que regulen el sistema de recepcion y diligenciamiento de cedulas de notificacion elaboradas en los Juzgados Penales a traves de la Central de Notificaciones de esta Corte Superior, siempre que no colisionen con la MORDAZA penal adjetiva vigente. Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que a partir del 26 de junio del 2006, los Juzgados Especializados en lo Penal del Callao, remitan a la Central de Notificaciones de esta Corte Superior, las cedulas de notificaciones que emanen de los procesos judiciales tramitados por dichos organos jurisdiccionales, con excepcion de los siguientes: - Habeas Corpus. - Querellas. - Medidas Excepcionales. - Citacion de comparecencia, la que debera efectuarse conforme a lo establecido en el articulo 80º del Codigo de Procedimientos Penales. - Incidentes de MORDAZA Provisional. Articulo Segundo.- DISPONER que para efectos de lo previsto en el articulo primero, los auxiliares jurisdiccionales del area penal deberan cumplir en forma obligatoria con las siguientes funciones:

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