Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2006 (26/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 26 de junio de 2006

Visto, el Memorandum Nº M.031.2006/PP.GAF de fecha 23 de junio de 2006 de la Gerencia de Administracion y Finanzas de PromPeru y la Carta C.394.2006/PP.GG de fecha 23 de junio de 2006 de la Gerencia General de PromPeru; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, contiene disposiciones aplicables a las entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, el cual establece en su articulo 10° que las actividades comerciales suponen la venta o alquiler de bienes o servicios que no son suministrados en exclusividad por las entidades del Sector Publico, independientemente de que MORDAZA o no producidos por la misma Entidad y que generalmente se brindan en condiciones de competencia con el sector privado; Que, de conformidad con el inciso k) del articulo 38° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision de Promocion del Peru - PromPeru, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR, una de las funciones de dicha Comision, ejecutada a traves de su Gerencia de Marketing e Imagen, es generar y distribuir publicaciones especializadas y material promocional de indole turistico y establecer criterios eficientes de distribucion. Asimismo, de conformidad con el literal a) del inciso 56.2 del articulo 56° del Reglamento referido, son recursos de PromPeru, entre otros, los ingresos que provengan de la realizacion de las publicaciones, a fin de recuperar el gasto o la inversion efectuada; Que, en el MORDAZA de un plan de promocion gastronomica a nivel nacional e internacional, PromPeru ha venido desarrollando publicaciones exclusivas que rescatan y difunden el patrimonio cultural gastronomico de nuestro MORDAZA, las que han sido desarrolladas con el objetivo de promover el Peru como destino de primer nivel para el turismo receptivo e interno; Que, la gastronomia peruana es el resultado de la influencia culinaria de diversas tradiciones. De esta influencia ha resultado una abundante y variada tradicion gastronomica, que incluye desde la cocina tradicional cotidiana, hasta la alta cocina internacional; Que, el libro "Peru, mucho gusto" es una publicacion desarrollada por PromPeru con el objetivo de difundir la gastronomia peruana como elemento de promocion turistica a nivel receptivo e interno; Que, en el ambito del turismo receptivo, el objetivo es la consolidacion de la imagen de la gastronomia peruana en el exterior mejorando el posicionamiento del destino Peru en el MORDAZA, reforzando la identificacion de nuestro MORDAZA como destino de turismo con identidad; Que, en el ambito del turismo interno, el objetivo es la promocion de la gastronomia como parte generica y sustancial de los diferentes productos turisticos, y la creacion de un turismo especificamente gastronomico; Que, conforme a lo expuesto, se considera conveniente, la realizacion de la publicacion "Peru, mucho gusto" tanto a nivel nacional como internacional, permitiendo acercar esta valiosa informacion al publico en el ambito nacional e internacional; Que, al difundir la publicacion referida, PromPeru solo recuperara la inversion efectuada para su produccion, por lo que esta labor de difusion es de caracter temporal y no supone competir con el sector privado MORDAZA por tratarse ademas de un proyecto editorial particular editado exprofesamente con el fin de promover el turismo y la imagen del Peru, sin fin lucrativo y que ademas por tratarse de una obra de propiedad intelectual, por tanto de naturaleza unica, se trata de un producto exclusivo que no representa competencia para el sector privado, no estando sujeta por tanto a la exigencia establecida en el articulo 1° del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; Que, el valor de realizacion del libro "Peru, mucho gusto", de conformidad con el Memorandum Nº M.031.2006/PP.GAF de fecha 23 de junio de 2006 de la Gerencia de Administracion y Finanzas de PromPeru, segun la estructura de costos indica que asciende a S/. 175.13, por unidad, equivalentes a 0,05151 de la UIT; De conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision de Promocion del Peru -

PromPeru, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2003MINCETUR y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el valor de realizacion del libro "Peru, mucho gusto", que difundira la Comision de Promocion del Peru - PromPeru -, segun anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2.- Disponer la publicacion del valor de realizacion que se aprueba, en el MORDAZA de la entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo
ANEXO DE LA RESOLUCION MINISTERIAL N° 213-2006-MINCETUR/DM
Denominacion del bien Requisitos Monto Recibe y aprueba el tramite en primera instancia Dependencia que resuelve en MORDAZA instancia Gerencia de Marketing e Imagen

Publicacion Cultural "Peru, mucho gusto"

Comprobante 0,05151 de la Subgerencia de pago UIT de Comunicaciones

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Autorizan y registran modelo de maquina tragamonedas solicitada por Universal de Desarrollos Electronicos S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 497-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 9 de junio de 2006 Visto, el Expediente Nº 000846-2006-MINCETUR, de fecha 16.5.2006, presentado por la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A., en el que solicita autorizacion y registro de un (1) modelo de maquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, senala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento Nº 200605-01, de fecha 2.5.2006, expedido por el Laboratorio de Certificacion de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, y verificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion

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