Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2006 (26/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano lunes 26 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

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y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de Turismo acceda a la autorizacion y registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 1022006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR-YGP y Legal Nº 497-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/ SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Universal de Desarrollos Electronicos S.A., el modelo de maquina tragamonedas fabricada por la empresa Universal de Desarrollos Electronicos UNIDESA (Espana). Nº de Registro B0000268 Codigo del Modelo CIRSA S400 VIDEO IA Descripcion Maquina tragamonedas de video vertical con tapa superior sobre la cual puede instalarse una lampara de senales luminosas. En la parte central tiene un MORDAZA de tacto de diecisiete (19") pulgadas. Como medios de juego cuenta con un aceptador de monedas y un aceptador de billetes. Como medios de pago puede contar con un hopper. Este modelo no cuenta con palanca lateral ni con un sistema de carrusel. Dimensiones del Modelo Alto : 125.00 cm Largo : 51.00 cm Ancho : 54.00 cm

tragamonedas y memorias de solo lectura se requiere previamente de la evaluacion tecnica de los modelos de maquinas tragamonedas y/o memorias de solo lectura efectuada por un Laboratorio de Certificacion autorizado por la Direccion Nacional de Turismo; Que, por su parte el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR/VMT/DNT, establece que los modelos de maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura requieren para su autorizacion y registro de un examen tecnico ante una entidad autorizada para expedir Certificados de Cumplimiento; Que, el articulo 22º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº27796, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece los requisitos que los solicitantes deben cumplir para acceder a la autorizacion MORDAZA indicada; Que, mediante Oficio Nº 731-2006-MINCETUR/VMT/ DNT-DJCMT, de fecha 3.5.2006, se comunico las observaciones tecnicas efectuadas a la solicitud presentada; Que, mediante Expediente Nº 008720-2006MINCETUR, de fecha 18.5.2006, la empresa cumplio con presentar la informacion tecnica requerida en el Oficio MORDAZA indicado, segun consta en el Informe Tecnico Nº 099-2006-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT-SDAR-YGP, de fecha 31.5.2006; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR y la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", estando a lo opinado en los Informes Tecnicos Nros. 074 y 099-2006-MINCETUR/ VMT/DNT-DJCMT-SDAR-YGP y Legal Nº 502-2006MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-SDAR; SE RESUELVE: Articulo 1º- Renovar la calificacion como entidad autorizada para expedir los Certificados de Cumplimiento de maquinas tragamonedas y/o memorias de solo lectura concedida a la empresa L.G.A.I. Technological Center S.A., la misma que le fuera concedida mediante Resolucion Directoral Nº 027-2004-MINCETUR/VMT/ DNT, segun el siguiente detalle: Registro L004 Laboratorio autorizado L.G.A.I. Technological Center S.A. Representante MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reppeto Personas autorizadas Centro de Tecnologias de Juego: a suscribir los MORDAZA Deler, MORDAZA Daude. Certificados de Centro EMC: MORDAZA Marginet, MORDAZA Cumplimiento Gorchs, MORDAZA MORDAZA Ema y MORDAZA Ortiz. MORDAZA de origen Espana Articulo 2º.- La entidad autorizada debera observar las obligaciones establecidas en el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones administrativas correspondientes. Articulo 3º.- De conformidad con lo establecido en el numeral 1.16 del articulo IV de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", en aplicacion de los Principios de Veracidad y de Privilegio de Controles Posteriores, la Direccion Nacional de Turismo se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la informacion y/o documentacion presentada. Articulo 4º.- De acuerdo con lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, el plazo de vigencia de la calificacion otorgada por la Direccion Nacional de Turismo es de dos (2) anos contados a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 11181

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 11180

Renuevan a L.G.A.I. Technological Center S.A. la calificacion como entidad autorizada para expedir Certificados de Cumplimiento de maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 502-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 9 de junio de 2006 Visto, el Expediente Nº 000467-2006-MINCETUR, de fecha 14.3.2006, presentado por la empresa L.G.A.I. Technological Center S.A., en el que solicita la renovacion de la calificacion como entidad autorizada para expedir Certificados de Cumplimiento de maquinas tragamonedas y/o memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se regula la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais; Que, de acuerdo con lo establecido en el articulo 11.2 de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, para la autorizacion y registro de modelos de maquinas

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