Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2006 (26/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano lunes 26 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

322563

SE RESUELVE: 1.APROBAR la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion del servicio de soporte tecnico y actualizacion de 03 Licencias por Procesador Oracle Database Enterprise Edition por el periodo de 12 meses, contados desde el 27 de agosto del 2006 al 26 de agosto del 2007, por un valor referencial total de US$ 31,416.00 (Treinta y un mil cuatrocientos dieciseis con 00/100 Dolares Americanos) incluido impuestos, o su equivalente en Nuevos Soles calculado al MORDAZA de cambio del dia de pago, con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones apruebe las Bases y se encargue de realizar la contratacion, de acuerdo a lo dispuesto en el 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones se encargue de la publicacion de la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. 4. DISPONER que la Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 5. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolucion. 6. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo EsSalud 11214

Estudios Nacionales (CAEN), para cuyo efecto debe expedirse el Acto Administrativo respectivo; y De conformidad con lo establecido en las Leyes Nº 27619, 27867 modificada por la Ley Nº 27902, Decreto Legislativo Nº 276 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia Regional; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASTORGA, Administrador Tecnico del Distrito de Riego Chili, de la Direccion Regional de Agricultura, del Gobierno Regional de MORDAZA, para que viaje en comision de Servicio a las ciudades de MORDAZA MORDAZA (Bolivia) y Brasil del 12 al 16 de junio del ano en curso, a efecto de asistir al evento de capacitacion, a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- DETERMINAR que el Gobierno Regional de MORDAZA, no asumira pago alguno por concepto de viaticos y tasas, dejandose expresa MORDAZA que la presente Resolucion no da derecho a ningun MORDAZA de exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Dada en la Sede Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, a los nueve dias, del mes de junio, del ano dos mil seis. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON Presidente 11206

GOBIERNO REGIONAL DE ICA GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Establecen MORDAZA normativo en materia de politica juvenil y constituyen el Consejo Regional de la Juventud
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de Ica mediante Oficio Nº 10512006-GORE-ICA/GGR.SG, recibido el 23 de junio de 2006) ORDENANZA REGIONAL Nº 0008-2003-GORE-ICA EL CONSEJO REGIONAL DE ICA: Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: El Consejo Regional de Ica, en Sesion Ordinaria del 24 de MORDAZA del 2003; ha aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional, que constituye el Consejo Regional de "La Juventud en la Region Ica". CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su Art. 4º consagra que la comunidad y el Estado protegen al adolescente (joven); Que, la Ley Nº 27337 contiene el CODIGO DE LOS NINOS Y ADOLESCENTES, donde existen disposiciones que protegen a la juventud, estipulan sus derechos y obligaciones, y obligan al Estado y a la Comunidad a respetar sus derechos, y en el Art. 73º estipula que los Gobiernos Regionales y Locales dictaran las normas complementarias a dicha Ley, "establece disposiciones y sanciones administrativas adecuadas a las peculiaridades y especificidades de los ninos y adolescentes de su region y localidad"; Que, la LEY DEL CONSEJO NACIONAL DE LA JUVENTUD - LEY Nº 27802 en el Art. 1º del Titulo

Autorizan viaje de Administrador Tecnico del Distrito de Riego Chili a Bolivia y Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 184-2006-GRA/PR VISTOS: El oficio Nº 1203-2006-GRA/PR-DRAG de 7 de junio de 2006, de la Direccion Regional de Agricultura, mediante el cual se solicita y acredita la participacion de un funcionario del Gobierno Regional de MORDAZA, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASTORGA, Administrador Tecnico del Distrito de Riego Chili, en el Curso programado de Especializacion en el Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN), a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA (Bolivia) y en el Brasil durante la semana del 12 al 16 de junio del ano en curso. CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27619 modificada por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y normatividad conexa, es necesario conferir la autorizacion correspondiente para la asistencia de un funcionario a un evento de alta especializacion, organizado por el Centro de Altos

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